STSJ Comunidad de Madrid 157/2017, 20 de Febrero de 2017

PonenteLUIS LACAMBRA MORERA
ECLIES:TSJM:2017:2124
Número de Recurso1045/2016
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución157/2017
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2017
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 06 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta Baja - 28010

Teléfono: 914931967

Fax: 914931961

34002650

NIG : 28.079.00.4-2015/0028749

Procedimiento Recurso de Suplicación 1045/2016

MATERIA: DESPIDO

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 40 de MADRID

Autos de Origen: DEMANDA 664/15

RECURRENTE/S: Dª Sagrario

RECURRIDO/S: Dª Carmela

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En Madrid, a veinte de febrero de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON LUIS LACAMBRA MORERA, DOÑA Mª JOSÉ HERNÁNDEZ VITORIA, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº 157

En el recurso de suplicación nº 1045/16 interpuesto por el Letrado D. JOSÉ ÁNGEL LÓPEZ CABEZAS en nombre y representación de Dª Sagrario, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 40 de los de MADRID, de fecha 12 DE SEPTIEMBRE DE 2016, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS LACAMBRA MORERA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 664/15 del Juzgado de lo Social nº 40 de los de Madrid, se presentó demanda por Dª Carmela contra, Dª Sagrario en reclamación de DESPIDO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en 12 DE SEPTIEMBRE DE 2016 cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Desestimo la demanda de despido interpuesta por DѪ Carmela contra DѪ Sagrario en sustitución procesal de la empleadora DѪ Remedios, y declaro procedente el despido efectuado el día 30-04-2015. Estimo parcialmente la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por DѪ Carmela contra DѪ Sagrario en sustitución procesal de la empleadora DѪ Remedios y condeno a la parte demanda a abonar a la demandante la cantidad de 2.560,13 euros, más el interés por mora del 10% anual devengado desde el 17 de junio de 2015 ."

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La demandante DѪ Carmela ha prestado servicios por cuenta y dependencia de DѪ Remedios desde el 01-02-2012 como empleada de hogar interna, percibiendo un salario anual de 9.080,40 euros incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias (folios 50, 57)

La demandante consta que fue dada de alta en seguridad social el 20 de marzo de 2012 (folio 54)

La demandante prestaba servicios de lunes a viernes y los fines de semana el servicio lo prestaban otras dos empleadas que acompañaban a DѪ Remedios .

SEGUNDO

La empleadora en fecha 30 de abril de 2015 entregó a la demandante carta de despido disciplinario haciendo constar los siguientes motivos:

Trasgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en el desempeño del trabajo, por los hechos denunciados en el atestado nº NUM000 el 29 de abril de 2015, en la comisaría de Madrid-Retiro, sita en la calle Huertas y que, de inmediato, provocaron su detención por la policía en la calle Téllez nº 18 de Madrid (folio 8)

En esa misma fecha se entregó a la demandante un documento de liquidación y finiquito por los siguientes importes:

Salario mes de abril 2015: 700,00 euros

Vacaciones 2015: 233,33 euros

Parte proporcional paga verano: 226,80 euros

Parte proporcional paga navidad: 0,00 euros

Total: 1.160,13 euros

La demandante firmó la recepción de la carta de despido "no conforme"; y firmó la recepción del documento de finiquito haciendo constar lo siguiente: "lo firmo no conforme y la cantidad de 1.160,13 euros deberá de ser ingresada en la cuenta NUM001 " (folios 56 y 57)

TERCERO

El día 29 de abril de 2015 sobre las 14:23 horas la empleadora DѪ Remedios acompañada en su hija Sagrario interpuso denuncia ante la policía, denunciando que la demandante Carmela que es empleada de hogar interna, y que desde el mes de diciembre de 2014 saca dinero habitualmente con la tarjeta de la denunciante y sin su autorización, denuncia que se da íntegramente por reproducida y que ha dado lugar a la incoación de las diligencias previas de procedimiento abreviado 2399/2015 del Juzgado de Instrucción nº 10 de Madrid (folios 58, 59, 60, 87, 88)

Por auto de 10 de diciembre de 2015 del Juzgado de Instrucción nº 10 de Madrid se ha decretado la apertura del juicio oral formulada por el Ministerio Fiscal y la acusación particular contra Dñª Carmela (folios 162, 163)

CUARTO

La demandante como consecuencia de la denuncia interpuesta fue detenida por la policía el día 29 de abril de 2015 sobre las 16:15 horas cuando se encontraba frente al número 18 de la calle Téllez, siendo informada de los motivos de su detención(folios 71 a 73)

QUINTO

La empleadora DѪ Remedios estuvo acudiendo a recibir tratamiento de rehabilitación en la clínica Téllez sita en la calle Téllez nº 18 de Madrid desde el 09-02-2015 hasta el 29-04-2015 en horario de 16:20 a 17:00 horas.

La demandante acompañaba diariamente a DѪ Remedios a la clínica y mientras estaba recibiendo el tratamiento la demandante se quedaba con sus objetos personales, momento que aprovechó para dirigirse en varias ocasiones al cajero automático de Bankia de la sucursal bancaria sita en la Avenida Ciudad de Barcelona nº 138 de Madrid, y sin contar con la autorización de DѪ Remedios utilizó la tarjeta bancaria de ésta para realizar reintegros por importe cada uno de ellos de 300 euros.

Concretamente realizó al menos los siguientes reintegros por importe de 300 euros sin autorización en las siguientes fechas: -17-04-2015 a las 16:37 horas (folios 127, 135)

-21 de abril 2015 a las 16:32 horas (folios 124, 134)

-22-04-2015 a las 16:37 horas (folios 124, 134)

El 28 de abril de 2014 a las 16:43 horas la demandante acudió al cajero para retirar dinero pero la operación fue denegada pues la tarjeta bancaria habías sido anulada a instancias de la hija de DѪ Remedios (folios 126, 134)

SEXTO

La demandante acompañaba habitualmente a la empleadora DѪ Remedios a retirar dinero del cajero automático ayudándola para realizar dicha gestión (folio 121, 58, 92)

SEPTIMO

En el periodo 2 de febrero de 2015 a 28 de abril de 2015 consta que se realizaron reintegros con la tarjeta bancaria de DѪ Remedios en los cajeros automáticos de la sucursal 1813 de Bankia por total de 12.600 euros (folios 134, 135)

OCTAVO

La demandante percibía su salario en efectivo pagándole DѪ Remedios en mano (hecho reconocido por la parte actora y por la parte demandada)

La empleadora igualmente abonada el salario a las empleadas que prestaban servicios los fines de semana en efectivo y en mano (interrogatorio de la demandante)

NOVENO

Se presentó papeleta de conciliación ante el SMAC por despido el 26 de mayo de 2015, celebrándose el acto sin avenencia el día 12 de junio de 2015.

Se presentó papeleta de conciliación ante el SAMC por reclamación de cantidad el 17 de junio de 2015, dándose el acto por intentado sin efecto el 2 de julio de 2015.

La demanda ha sido presentada el 17 de junio de 2015

DECIMO

La empleadora DѪ Remedios nacida el NUM002 de 1923, falleció el día 4 de abril de 2016, habiéndose personado como sucesora procesal su hija DѪ Sagrario (folios 20 a 32)."

TERCERO

Con fecha 27 de septiembre de 2016 se dictó por el Juzgado de lo Social nº 40 Auto de Aclaración de Sentencia, cuya Parte Dispositiva dice textualmente: "Se corrige el error material contenido en la sentencia de fecha doce de septiembre de 2016 dictada en los autos nº 664/2015 en los siguientes términos:

En el fundamento jurídico cuarto donde dice "por importe de 2.560,13 euros" debe decir "por importe de 1.160,13 euros"

La parte dispositiva queda redactada en los siguientes términos:

Desestimo la demanda de despido interpuesta por DѪ Carmela contra DѪ Sagrario en sustitución procesal de la empleadora DѪ Remedios, y declaro procedente el despido efectuado el día 30-04-2015.

Estimo parcialmente la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por DѪ Carmela contra DѪ Sagrario en sustitución procesal de la empleadora DѪ Remedios y condeno a la parte demanda a abonar a la demandante la cantidad de 1.160,13 euros, más el interés por mora del 10% anual devengado desde el 17 de junio de 2015."

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución por la Sala. Habiéndose señalado para votación y fallo el día 15 de febrero de 2017.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación letrada de Dña. Sagrario se formula recurso de suplicación contra la sentencia de instancia, planteando en primer término motivo amparado en el apartado b) del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR