SAP Madrid 118/2017, 7 de Febrero de 2017

PonenteJESUS EDUARDO GUTIERREZ GOMEZ
ECLIES:APM:2017:1776
Número de Recurso40/2017
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución118/2017
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª

Sección nº 23 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 9 - 28035

Teléfono: 914934646,914934645

Fax: 914934639

GRUPO 2

37051540

N.I.G.: 28.079.00.1-2017/0003069

APELACIÓN SENTENCIAS PROCEDIMIENTO ABREVIADO 40/2017

ORIGEN:JUZGADO DE LO PENAL Nº 34 DE MADRID

PROCEDIMIENTO ABREVIADO 185/2015

Apelante: D./Dña. Lorenzo y D./Dña. MINISTERIO FISCAL

Procurador D./Dña. MARIA BLANCA FERNANDEZ DE LA CRUZ MARTIN

Apelado: D./Dña. Petra

Procurador D./Dña. MARIA TERESA MONCAYOLA MARTIN

SENTENCIA Nº 118/17

ILMOS. SRES.MAGISTRADOS

D. JESUS EDUARDO GUTIERREZ GOMEZ (ponente)

D. CELSO RODRÍGUEZ PADRÓN

D.ALBERTO MOLINARI LÓPEZ RECUERO

En Madrid, a 7 de febrero de 2017.

VISTO, en segunda instancia, ante la Sección 23ª de esta Audiencia Provincial, Procedimiento Abreviado 185/2015, procedente del Juzgado de lo Penal nº 34 de Madrid, seguido por un delito de quebrantamiento de medida cautelar, venido a conocimiento de esta Sección, a virtud de recurso de apelación, interpuesto en tiempo y forma por la Procuradora Dª María Blanca Fernández De la Cruz, en nombre y representación de D. Lorenzo, al que se adhirió el Ministerio Fiscal, contra la sentencia dictada por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del referido Juzgado, de fecha 11 de julio de 2016 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la Sentencia apelada se establecen como HECHOS PROBADOS:

"UNICO.- Se declara probado que " Entre las partes existió matrimonio, poniéndose fin al mismo y constando que el acusado en Sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Alcalá de Henares dictada en el seno del Juicio Rápido 126/09 y que dio lugar a la ejecutoria 493/09 de fecha 24-09-2009, abarcando el cumplimiento de la pena de alejamiento hasta el 29 de septiembre de 2011

Resulta probado asimismo que el día 23 de septiembre de 2011 el Juzgado de Violencia Sobre la Mujer nº 5 de Madrid en sus DPA 509/11 dictó Auto acordando la orden de protección con respecto a su ex mujer, con control telemático del cumplimiento (imposición de pulsera).

Se solicitó comparecencia para agravamiento de medida, en su caso, diligencia que se acumuló al juicio, al venir este señalado.

Resulta acreditado que el día 26 de agosto de 2011 estando en el Bar La Glorieta de Madrid la denunciante con otras personas, el acusado entró en dicho establecimiento, saliendo del mismo, cuando se le avisa por una persona del grupo, sin que se acredite la intención deliberada de dicho encuentro.

Resulta probado y así se declara que tras la orden de protección referida de 23-09-2011, según certificado del centro cometa, que efectuar el control y seguimiento de los dispositivos de seguridad impuestos como medida cautelar, el acusado entró en la zona de exclusión fijada, produciéndose múltiples incidencias entre el 24 de septiembre de 2011 y 25 de diciembre de 2011, algunas de muy poco tiempo, apenas unos segundos, si bien la mayoría transcurre la incidencia durante unos minutos,, en que se toman precauciones llamadas y requerimientos protocolizados en tales situaciones, lo que altera el curso normal de la vida y el ánimo de la víctima como la de fecha 02-09-11 que abarca de 10:46:51 a 10:50:35 la del 15-11-11 que abarca de 14:09:12 a 14:12:23; la de 15-12- 11 que invade la zona de exclusión de 15:02:18 a 15:07:55 y además se destaca una incidencia técnica grave referida a la separación del brazalete em que si puede controlarse la ubicación del dispositivo pero no la del usuario, produciéndose la misma el día 9 de noviembre de 2011 a las 10:19:19 y restaurándose la señal con la misma fecha a las 11:40 horas.

Resulta acreditado que la denunciada fue peritada por la Psicóloga Forense y concluye en su informe: que la peritada describe una cohorte de síntomas clínicos ansiosos-depresivos reactivos a los presuntos hechos denunciados que resultan consistentes y compatibles pericialmente con los mismos"

Y el FALLO es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Lorenzo como autor de un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar con la pena de 57 días de trabajos en beneficio de la comunidad; así como la pena de privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años, y la prohibición de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Orense 225/2021, 14 de Octubre de 2021
    • España
    • 14 Octubre 2021
    ...inexperiencia del recurrente en el manejo del dispositivo así como al descuido. Conviene recordar al respecto lo recogido por la SAP de Madrid, de 7 febrero 2017, donde señala: " La presencia de distintas comunicaciones del Centro de control de la pulsera, no sirven por sí mismas para f‌ija......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR