STSJ Galicia 1398/2017, 9 de Marzo de 2017

PonentePILAR YEBRA-PIMENTEL VILAR
ECLIES:TSJGAL:2017:1473
Número de Recurso2626/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1398/2017
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2017
EmisorSala de lo Social

TSJ SALA DO SOCIAL A CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax: 881881133 /981184853

NIG: 36057 44 4 2015 0002968

Equipo/usuario: MR

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0002626 /2016 MRA

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000582 /2015

Sobre: OTROS DCHOS. SEG.SOCIAL

RECURRENTE/S D/ña INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA GALLEGA DE ACCIDENTES DE TRABAJO, FREMAP, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES Nº 61, FAMOGA SL, TALLERES UNAVAL SL

ABOGADO/A: TESORERIA GRAL.SEGURIDAD SOCIAL, LUIS ESTEBAN LEYENDA MARTINEZ, MARIA ARACELI MARTINEZ ARAUJO,,

PROCURADOR:,,,,

GRADUADO/A SOCIAL:,,,,

ILMA SRª D. ROSA Mª RODRIGUEZ RODRIGUEZ

ILMO SRº D. EMILIO FERNANDEZ DE MATA

ILMA SRª Dª YEBRA PIMENTEL VILAR

En A CORUÑA, a nueve de marzo de dos mil diecisiete.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0002626/2016, formalizado por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia número 164/2016 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 2 de VIGO en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000582/2015, seguidos a instancia de FREMAP, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES Nº 61 frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA GALLEGA DE ACCIDENTES DE TRABAJO, FAMOGA SL, TALLERES UNAVAL SL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/ a Sr/Sra D/Dª YEBRA PIMENTEL VILAR.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª FREMAP, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES Nº 61 presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA GALLEGA DE ACCIDENTES DE TRABAJO, FAMOGA SL, TALLERES UNAVAL SL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia 164/2016, de fecha veintinueve de marzo de dos mil dieciséis

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: PRIMERO.- Don Luis Andrés fue declarado afecto a incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo con efectos del 25-8-2004, estableciéndose un porcentaje de responsabilidad del 62'96% sobre la MUTUA FREMAP y del 37'04% sobre la MUTUA GALLEGA./ SEGUNDO.- Mediante resolución administrativa del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 24-2-2015 se le reconoció al beneficiario el incremento del 20% en la prestación, con efectos de 19-9-2014, procediendo ambas mutuas al ingreso del capital coste de este incremento en e1 porcentaje correspondiente./TERCERO.-El beneficiario fue declarado afecto a incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común el 20-4-2015./CUARTO.- Ha sido agotada la vía administrativa previa.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: Que estimando la demanda principal interpuesta por la MUTUA FREMAP y la demanda acumulada de la MUTUA GALLEGA, debo declarar y declaro el derecho de ambas al reintegro en la cuantía no consumida del porcentaje correspondiente del capital coste del 20 del incremento de la prestación de incapacidad permanente total reconocida a Don Luis Andrés hasta la declaración de incapacidad permanente absoluta, condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General de la Seguridad Social en el ámbito de sus respectivas responsabilidades al cumplimiento del mismo, con absolución de Don Luis Andrés y de las empresas FAMOGA SL y TALLERES UNAVAL SL.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL formalizándolo posteriormente. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL en fecha 13-6-2016.

SEXTO

Admitido a trámite el recurso se señaló el día 9-3-2017 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que estimando la demanda interpuesta por la Mutua Fremap y la acumulada de la Mutua gallega y declaró el derecho de ambas al reintegro en la cuantía no consumida del porcentaje correspondiente del capital coste del 20% del incremento de la prestación de incapacidad permanente total reconocida a Dº Luis Andrés hasta la declaración de incapacidad permanente absoluta, condenando al INSS y a la TGSS en el ámbito de sus respectivas responsabilidades al cumplimiento del mismos, con absolución de los restantes...

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