STSJ Castilla y León , 2 de Marzo de 2017
Ponente | SUSANA MARIA MOLINA GUTIERREZ |
ECLI | ES:TSJCL:2017:641 |
Número de Recurso | 2174/2016 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Fecha de Resolución | 2 de Marzo de 2017 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL
VALLADOLID
SENTENCIA: 00401/2017
C/ANGUSTIAS S/N (PALACIO DE JUSTICIA) 47003.VALLADOLID
Tfno: 983458462-463
Fax: 983.25.42.04
NIG: 49275 44 4 2016 0000408
Equipo/usuario: SPG
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0002174 /2016 -S
Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000173 /2016
Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE
RECURRENTE/S D/ña Carlos Daniel
ABOGADO/A: MIGUEL ANGEL CAMPELO GONZALEZ
PROCURADOR: GRADUADO/A SOCIAL:
RECURRIDO/S D/ña: INSS TGSS
ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
Iltmos. Sres.:
D. Gabriel Coullaut Ariño
Presidente de la Sala
D. Manuel Mª Benito López
Dª. Susana Mª Molina Gutiérrez /
En Valladolid a dos de Marzo de dos mil diecisiete.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A En el Recurso de Suplicación núm.2174/16, interpuesto por Carlos Daniel, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Nºº1 de ZAMORA, de fecha 12/9/2016, (Autos núm.173/2016), dictada a virtud de demanda promovida por Carlos Daniel, contra INSS, sobre INCAPACIDAD.
Ha actuado como Ponente la Iltma. Sra. DOÑA Susana Mª Molina Gutiérrez.
Con fecha 17/5/2016 se presentó en el Juzgado de lo Social nº de demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia en los términos en los que consta en su parte dispositiva.
En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:
El actor, Carlos Daniel, con DNI nº NUM000, nacido el NUM001 /1951, afiliado a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, con número de afiliación NUM002, y cuya profesión habitual es dependiente propietario de tienda, fue declarado afecto de incapacidad permanente total para la profesión habitual mediante sentencia de fecha 30 de junio de 2006 dictada en autos nº 138/2006 seguidos ante el Juzgado de lo Social nº 1 de Zamora, con derecho al percibo de la correspondiente prestación del 55% sobra una base reguladora de 1.119,40 euros, siendo la contingencia enfermedad común. A efectos de declaración de la referida incapacidad permanente, se estimaron como deficiencias más significativas lumbalgia mecánica, RNM lumbar: severa degeneración discal de L3 a S1, pequeña hernia discal en L3-L4 y L4-L5, hipertrofia de facetas articulares que condiciona forámenes de conjunción; dolor cervical crónico; RNM cervical: severa cervicoartrosis de C4 a C7, inversión de lordosis en C4-05, con hernia discal, pies talos varos bilaterales secuela de poliomielitis, RX barra calcánea astragalina en ambos bies, artrosis mediotarsiana en grado IV.
Presentada por el actor solicitud de revisión de su estado incapacitante, e iniciándose el correspondiente expediente en el INSS, en el curso del mismo se emitió informe de valoración médica en fecha 20/01/2016, y posterior de fecha 4/4/2016, en el que como deficiencias más significativas del actor, que son las que se estiman concurren a efectos de la incapacidad que se pretende, se hacen constar "Prótesis valvular aórtica más sustitución de aorta ascendente en febrero/2009. Cardioversión eléctrica en 03/09. Bloqueo A-V 12 grado. Marcapasos en 0/15. Lumbalgia mecánica. Multiscopatía degenerativa cervical y dorsal con H. discalesmúltiples. Pies talos-valgos bilateral (secuela de polio), artrosis mediotarsiana grado IV"; como limitaciones orgánicas y funcionales "Cardiología: portador de VÁLVULA PROTÉSICA AÓRTICA sin disfunción valvular; y de prótesis aorta ascendente, con evolución favorable, que presenta síntomas al realizar esfuerzos moderados (GF II de discapacidad). Traumatología: Pies talos-valgos con artrosis avanzada y multidiscopatía cervical y lumbar, que ocasiona dolor crónico y dificultad para deambulación/bipedestación prolongada"; y como conclusiones "Limitación para trabajos que requieran esfuerzos físicos moderados/ severos".
Emitido dictamen propuesta del EVI de fecha 26/1/2016 proponiendo la declaración de que el actor sigue afecto de incapacidad permanente en grado de total, se dictó resolución de fecha 29/1/2016 de la Dirección Provincial del INSS declarando que el actor continua afecto de incapacidad permanente total al no haberse producido variación en el estado de sus lesiones. Presentada por el demandante reclamación previa de fecha 4/3/2016 frente a la citada resolución, fue desestimada mediante resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 7/4/2016.
El actor inició ante el INSS expediente de revisión del grado de la incapacidad que tenía reconocida, que finalizó mediante resolución desestimatoria de su solicitud, siendo impugnada en autos nº 113/2011 seguidos ante este Juzgado, en los que recayó sentencia de fecha 6 de marzo de 2012, estimatoria de la solicitud del demandante, siendo revocada por sentencia de fecha 20 de junio de 2012 dictada en suplicación por la Sala de lo Social del TSJ de Castilla y León. El tenor literal de ambas sentencias consta en autos y se da expresa e...
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ATS, 15 de Noviembre de 2017
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