STSJ Aragón 5/2017, 16 de Enero de 2017

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAR:2017:11
Número de Recurso824/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución5/2017
Fecha de Resolución16 de Enero de 2017
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00005/2017

-CALLE COSO Nº 1

Tfno: 976208361

Fax: 976208405

NIG: 50297 34 4 2016 0104902

Equipo/usuario: ACA

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000824 /2016

Procedimiento origen: P.OFICIO AUTORIDAD LABORAL 0000110 /2016

Sobre: OTROS DCHOS. LABORALES

RECURRENTE/S D/ña THAERGA LA FIGUERA S.A.

ABOGADO/A: DIEGO PASCUAL BELTRÁN

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: T G S S, Severino

ABOGADO/A:

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

Rollo número 824/2016

Sentencia número 5/2017

A

MAGISTRADOS ILMOS. Sres:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO

D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE

En Zaragoza, a dieciséis de enero de dos mil diecisiete La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación núm. 824 de 2016 (procedimiento de oficio núm. 110/2016), interpuesto por TAHERGA LA FIGUERA, S.A., siendo partes la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y D. Severino, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Huesca, de fecha diecisiete de octubre de dos mil dieciséis, sobre existencia de relación laboral. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda de oficio por la Tesorería General de la Seguridad Social contra Taherga La Figuera S.A. y otro ya nombrado sobre existencia relación laboral, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social de Huesca, de fecha diecisiete de octubre de dos mil dieciséis, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"ESTIMO la demanda interpuesta por la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la empresa TAHERGA LA FIGUERA S.A, y D. Severino, y DEBO DECLARAR Y DECLARO que la relación de prestación de servicios entre la empresa TAHERGA LA FIGUERA S.A y el trabajador D. Severino, fue una relación laboral por cuenta ajena y bajo la dirección y dependencia de la empresa, que se extendió desde el 1 febrero 2011 a 30 junio 2015, condenando a todas las partes a estar y pasar por dicha declaración. .

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

" 1º .- Con ocasión de la actividad inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y con objeto de comprobar el cumplimiento de la normativa en materia de alta y cotización en la Seguridad Social y riesgos laborales y prevención, el 18 de marzo de 2015 se realizó visita a la empresa TAHERGA LA FIGUERA S.A.

Tras las comprobaciones realizadas por el inspector actuante en el lugar, y de la documentación aportada por los demandados (nóminas, contrato mercantil de obra o servicio y facturas al Sr. Severino, evaluación de equipos de trabajo, escrituras de constitución, nombramiento de administradores...), y tras el examen llevado a cabo, se levantó, el 14 de diciembre de 2015, acta de Liquidación por falta de alta del trabajador D. Severino .

Dicha acta obra en el expediente administrativo y se da por reproducida.

La empresa TAHERGA LA FIGUERA S.A presentó escrito de alegaciones negando los hechos consignados en las actas levantadas, y afirmando que el trabajador está correctamente encuadrado.

  1. .- TAHERGA LA FIGUERA SA se dedica a la fabricación de estructuras metálicas, ubicada en Ctra. Esplús km 1.5 de Binéfar.

    Se constituyó el 12-02-2001, siendo los socios fundadores, D. Arcadio, D. Cipriano y D. Eutimio .

    El 19-07-2006, se eleva a pública la compraventa de acciones de D. Cipriano a Dª Celsa, casada con D. Severino . El 27- 04-2006 el sistema de administración de la sociedad pasa de tres administradores solidarios a dos, D. Eutimio y Dª Celsa . El porcentaje de participación de Dª Celsa es de 33,33%.

  2. .- El matrimonio entre Dª Celsa y D. Severino se mantuvo del 19-05-1990 al 17-06-2015, fruto del cual tuvieron dos hijos. El régimen económico fue el régimen matrimonial de Aragón.

    El matrimonio tuvo su domicilio en calle TRAVESIA000 nº NUM000, NUM001 de Binefar. Los otros socios, el padre y hermano de la Sra. Celsa tiene domicilios distintos.

  3. .- D. Severino, prestaba servicios para la empresa TAHERGA LA FIGUERA SA, con la categoría de Oficial 1ª, desde el 1-07-2003 hasta el 30-06- 2015.

    La empresa ha sancionado al Sr. Severino por faltas graves o muy graves hasta en cuatro ocasiones, con fecha 19-11-2013, 27-11-2013, 18-09-2014, 12-01-2015, con sanciones de suspensión de empleo y sueldo.

    La empresa indicaba al Sr. Severino, a través del Sr. Torcuato (encargado de producción), la actividad a realizar diariamente. El Sr. Severino además elaboraba los partes de trabajo de la misma forma que el resto de los trabajadores de la mercantil. El 30-06-2015 se extingue la relación por despido, tal y como consta en el acta de conciliación realizado en este Juzgado en el seno de los autos 246/2015 con remisión al contenido del mismo.

  4. .- D. Severino estuvo en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos desde el 1 de abril de 1990 hasta el 31 de octubre de 2015.

    En el período de 1 febrero 2011 a 30 junio 2015 el Sr. Severino no tenía organización o infraestructura empresarial propia, ni material ni...

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