STSJ Cantabria 1086/2016, 16 de Diciembre de 2016

PonenteMARIA DE LAS MERCEDES SANCHA SAIZ
ECLIES:TSJCANT:2016:1035
Número de Recurso904/2016
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución1086/2016
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2016
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº 001086/2016

En Santander, a 16 de diciembre del 2016.

PRESIDENTA

Ilma. Sra. Dª. MERCEDES SANCHA SAIZ (Ponente)

MAGISTRADAS

Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García

Ilma. Sra. Dª. Elena Pérez Pérez

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por las Ilmas. Sras. citadas al margen, ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Domingo, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. MERCEDES SANCHA SAIZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por D. Domingo, siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre incapacidad permanente, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 19 de septiembre de 2016, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El actor, nacido el día NUM000 de 1960, se encuentra afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM001, reúne el periodo de cotización suficiente y su profesión habitual es encofrador.

  2. - Por resolución de 27 de abril de 2016, el Instituto Nacional de la Seguridad Social deniega al actor el derecho a una incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, por no alcanzar las lesiones que padece grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutiva de una incapacidad permanente.

  3. - La base reguladora para la incapacidad permanente total por enfermedad común es de 1.056,46 euros mensuales con efectos económicos de 26 de abril de 2016.

  4. - De acuerdo con el informe de valoración médica, de fecha 21 de abril de 2016, que se da por reproducido, el actor presenta el siguiente cuadro clínico:

    1. Exploración por aparatos: Rodilla en flexo de al menos 10º que mantiene en bipedestación, flexión pasa de 90 pero no completa.

    2. Deficiencias más significativas: Gonartrosis derecha. Consumo perjudicial de alcohol.

    3. Tratamiento efectuado: Analgésicos o antiinflamatorios. 4. Evolución: Crónica.

    4. Posibilidades terapéuticas y rehabilitadoras: Según evolución, prótesis.

    5. Limitaciones orgánicas y funcionales: Derivadas de las deficiencias antes señaladas.

    6. Conclusiones: Grado funcional: 2-3 locomotor: Cuadro radiológico moderado y clínico significativo. Limitado para bipedestación prolongada o deambulación sobre todo por terreno irregular o posturas forzadas, cuclillas.

  5. - Se ha agotado la vía administrativa previa.

TERCERO

En dicha sentencia se dictó el siguiente fallo o parte dispositiva: "Se desestima la demanda formulada por Don Domingo contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y contra la Tesorería General de la Seguridad Social, absolviéndose a los Organismos demandados de las pretensiones deducidas en su contra".

CUARTO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos a la ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Objeto del recurso.

En la demanda origen del pleito, D. Domingo, nacido en 1960, afiliado al Régimen General de la Seguridad Social y de profesión habitual encofrador, pretendía la declaración de estar afectado de incapacidad permanente total para su profesión habitual, derivada de enfermedad común.

La sentencia del Juzgado de lo Social núm. 4 de Santander, de fecha 19 de septiembre de 2016, desestima la demanda formulada, al considerar que el cuadro clínico del actor no justifica el...

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