STSJ Comunidad de Madrid 651/2016, 21 de Julio de 2016

PonenteMARIA LUZ GARCIA PAREDES
ECLIES:TSJM:2016:10109
Número de Recurso419/2016
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución651/2016
Fecha de Resolución21 de Julio de 2016
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 4 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 3 - 28010

Teléfono: 914931953

Fax: 914931959

34002650

NIG : 28.079.00.4-2014/0034606

Procedimiento Recurso de Suplicación 419/2016

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 21 de Madrid 805/2014

Materia : Despido

J.S.

Sentencia número: 651/2016

Ilmas. Sras:

Dña. MARÍA LUZ GARCÍA PAREDES

Dña. MARÍA DEL CARMEN PRIETO FERNÁNDEZ

Dña. CONCEPCIÓN R. URESTE GARCÍA

En Madrid, a veintiuno de julio de dos mil dieciséis, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 4ª de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por las Ilmas. Sras. citadas, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 419/2016, formalizado por el Sr. Letrado D. Gabriel Vázquez Durán en nombre y representación de Dª Azucena, asimismo formalizado por el Sr. Letrado D. Jorge Puente Fernández en nombre y representación de la mercantil INTEGRA MANTENIMIENTO, GESTIÓN Y SERVICIOS INTEGRADOS S.L. y por último formalizado también por la Sra. Procuradora Dª María Isabel Torres Ruiz en nombre y representación de la empresa municipal AUXILIAR DE SERVICIOS DE PINTO S.A. (ASERPINTO), contra la sentencia de fecha doce de junio de dos mil quince, dictada por el Juzgado de lo Social nº 21 de Madrid, en sus autos número 805/2014, seguidos a instancia de Dª Azucena frente a AUXILIAR DE SERVICIOS DE PINTO S.A. (ASERPINTO), CONSERVACIONES PROINDE S.L., AYUNTAMIENTO DE PINTO, FUNDACIÓN AMAS EMPLEO, INTEGRA MANTENIMIENTO, GESTIÓN Y SERVICIOS INTEGRADOS S.L., UTE VALORIZA-GESTYONA integrada por las empresas VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.A. y GESTYONA RECURSOS Y PROYECTOS S.L., GENERAL PLASTIC PRODUCT S.L., FONDO DE GARANTIA SALARIAL y MINISTERIO FISCAL, sobre Despido, ha sido Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dña. MARÍA LUZ GARCÍA PAREDES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO. Sobre las circunstancias laborales de la trabajadora:

  1. La actora ha venido prestando servicios para las empresas que a continuación se indican y con las siguientes circunstancias laborales:

    CONSERVACIONES PROINDE, S.L.: Categoría profesional de limpiadora y antigüedad de 20.10.1997, en virtud de un contrato a tiempo parcial de 7,8 horas diarias dos días a la semana (sábado y domingo) para obra o servicio determinado (realización de trabajos afin) suscrito el 20.10.1997, seguido, sin solución de continuidad, de tres más de relación especial de minusválidos en centro especial de empleo para obra o servicio determinado y jornada de 39 horas semanales, suscritos el 10.02.1998, 11.05.1998 y 05.11.1998 y un cuarto, a tiempo completo (35 horas semanales) y duración indefinida suscrito el 19.02.2001. El 17.05.2002, se comunicó a la TGSS (folio 199 ramo de la Fundación) una modificación de la modalidad del contrato (código 200: indefinido a tiempo parcial ordinario) y la jornada (71,4% de la ordinaria). Dicho contrato se extinguió el

    30.06.2013, comunicándole la empresa a la trabajadora que, a partir del día 01.07.2013, se subrogaría en su contrato FUNDACIÓN AMAS EMPLEO.

    FUNDACIÓN AMAS: Se subroga en el contrato de la actora y cursa su alta en la seguridad social con efectos del día 01.07.2013 mediante un contrato indefinido a tiempo parcial (71,4% de la jornada ordinaria: 25 horas semanales) y salario de 800,91 euros mensuales (26,33 euros diarios), con prorrata de pagas extraordinarias incluida.

  2. Las labores que tenía encomendadas y llevaba a cabo la actora, por cuenta de las anteriores empresas, era la limpieza de aseos y vestuarios de las instalaciones deportivas del Parque Juan Carlos I de Pinto (testifical).

  3. La actora no ha ostentado la condición de representante de los trabajadores.

SEGUNDO

Salario:

  1. El salario que percibía la actora en Conservaciones Proinde, S.L., en octubre del 2012, ascendía a 889,90 euros mensuales, con prorrata de pagas extraordinarias incluida (jornada del 71,4% de la ordinaria). El equivalente a un salario a jornada completa de 1.246,36 euros mensuales

  2. Con fecha 23.10.2012, Conservaciones Proinde, S.L. le comunicó una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo, consistente en la reducción del 10% de su salario, que pasa a ser de 800,91 euros mensuales, con efectos del día 30.11.2012. Impugnada esa medida en vía judicial, por la actora y otros trabajadores, el Juzgado de lo Social nº 18 de los de Madrid dicta sentencia, en fecha 30.04.2013, que desestima la demanda.

  3. El salario que percibía la actora en la fecha del despido era de 800,91 euros mensuales, con prorrata de pagas extraordinarias incluida, equivalente a un salario a jornada completa de 1.121,27 euros mensuales, con prorrateo de pagas extraordinarias incluido.

TERCERO

Reducción jornada: I. El 09.07.2002, la actora y Proinde pactaron que, por razones de guarda legal, la actora realizará su jornada en turno único de mañana durante el periodo comprendido entre el 17.05.2002 al 24.01.2008 (folio 197, ramo de prueba de la Fundación).

  1. La actora tuvo un hijo el día NUM000 .2002 y dos más el NUM001 .2005 (folio 186)

CUARTO

Hechos relativos a las contratas:

  1. Con fecha 05.01.2010 el Ayuntamiento de Pinto renovó las encomiendas a Aserpinto, SA de los servicios de recogida de residuos urbano, limpieza viaria, jardinería, iluminación, mantenimiento de zonas públicas, limpieza de edificios públicos, educación y recogida de enseres en la vía pública hasta el 31.12.2013 (folios 677 y 678).

  2. Con fecha 01.07.2013, la Sociedad Auxiliar de Servicios de Pinto, SA suscribió con la Fundación Amás Empleo un contrato administrativo para la limpieza de los parques e instalaciones de Pinto reservada la participación a Centros Especiales de Empleo. La duración del contrato era de un año, prorrogable por otro mediante acuerdo expreso de las partes. El objeto del contrato era la prestación por parte de la Fundación Amás del servicio de limpieza de jardines y mantenimiento de los parques e instalaciones de Pinto que se detallan en el anexo entre los que figuran en parque Juan Carlos I. Se establece la obligación de subrogación en el personal que venía realizando dicho servicio y en el listado figura una limpiadora con antigüedad de

    10.03.1998 (doc 1 a 26 del ramo de prueba de la Fundación)

  3. Con fecha 19.12.2013 el Ayuntamiento de Pinto renovó las encomiendas a Aserpinto, SA de los servicios de mantenimiento, conservación, reparación y mejoras de las instalaciones eléctricas de los edificios municipales y alumbrado público, mantenimiento, conservación, reparación y mejoras de los edificios municipales, mantenimiento de vías públicas, parques urbanos y zonas verdes así como señalización vertical y horizontal, limpieza de edificios públicos, ordenanzas y auxiliares asistenciales y mantenimiento de la piscina hasta el 31.12.2017 (folios 679 a 680).

  4. Con fecha 01.01.2014, el Ayuntamiento de Pinto y la UTE Valoriza Servicios Medioambientales, SA y Gestyona Recursos y Proyectos, S.L. suscribieron un contrato de gestión mediante concesión administrativa de la limpieza de los espacios públicos, el servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos domésticos y mantenimiento de parques y zonas verdes en el término municipal de Pinto, conforme a los pliegos de cláusulas del anteproyecto de explotación y sus anexos y entrada en vigor del día de la firma y tiene una duración de diez años (doc 2 a 6 ramo de prueba de UTE). El pliego de prescripciones técnicas y el pliego de cláusulas administrativas que rigen el contrato obran en el ramo de prueba del Ayuntamiento y su contenido se tiene por íntegramente reproducido. En lo que interesa destacar, en el capítulo dedicado al Mantenimiento y Conservación de Parques y Zonas Verdes figura que abarcará todas aquellas zonas verdes, parques, jardines u otras superficies asimilables de suelo urbano residencial y el polígono de San José. Se pacta que se pondrá a disposición de la empresa todos los materiales, maquinaria y herramientas adscritas actualmente a la prestación de los servicios objeto de la contratación que serán cedidos a la adjudicataria asumiendo ésta el coste de mantenimiento, que volverán al Ayuntamiento así como los que adquiera la concesionaria para la prestación del servicio al término del contrato. Igualmente, el Ayuntamiento pone a su disposición diversas instalaciones distribuidas por el Municipio. En el capítulo de personal, la adjudicataria se obliga a absorber la totalidad del personal que, en el momento de hacerse cargo del servicio objeto del contrato, figura en la plantilla del contratista actual, conservando éste su antigüedad y derechos económicos, incluyendo un pliego con el listado del personal que está obligada a absorber, con su categoría, antigüedad, salario y horario laboral. En el capítulo contratos suscritos con terceros, se adjudicatario se compromete a subrogarse en los contratos que, de...

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