STSJ Comunidad Valenciana 573/2016, 8 de Marzo de 2016

PonenteTERESA PILAR BLANCO PERTEGAZ
ECLIES:TSJCV:2016:2789
Número de Recurso135/2016
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución573/2016
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2016
EmisorSala de lo Social

1 Recurso c/s nº 135/16

RECURSO SUPLICACION - 000135/2016

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Francisco José Pérez Navarro

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Teresa Pilar Blanco Pertegaz

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Ascensión Olmeda Fernández

En Valencia, a ocho de marzo de dos mil dieciséis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 573/2016

En el RECURSO SUPLICACION - 000135/2016, interpuesto contra la sentencia de fecha 29 de septiembre de 2015, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 14 DE VALENCIA, en los autos 000855/2014, seguidos sobre despido, a instancia de Dª. Crescencia, asistida por la Letrada Dª. Gisela Fornes Angeles contra VAERSA (VALENCIANA DE APROVECHAMIENTO ENERGETICO DE RESIDUOS SA), CONSELLERIA DE INFRAESTRUCTURAS TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE DE LA G.V. y CORPORACION PUBLICA EMPRESARIAL VALENCIANA, y en los que es recurrente Dª. Crescencia, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. Dº./Dª. Teresa Pilar Blanco Pertegaz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que desestimando la demanda de despido interpuesta por la Letrada Dña. Gisela Fornes Ángeles, en nombre y representación de Dña. Crescencia, contra la empresa "Valenciana de Aprovechamiento Energético de Residuos, S.A.", interviniendo como legal representante Dña. María Aleixandre Aranegui y asistida por el Letrado de la Generalitat Valenciana, D. Juan Carlos Bretones Gómez, la "Corporación Pública Empresarial Valenciana" y la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medioambiente de la Generalitat Valenciana, representadas y asistidas por el Letrado de la Generalitat Valenciana, D. Juan Carlos Bretones Gómez, se absuelve a las codemandadas de las pretensiones deducidas de contrario.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: PRIMERO.- La actora, Dña. Crescencia, con D.N.I. nº NUM000, ha venido prestando servicios para la empresa "Valenciana de Aprovechamiento Energético de Residuos, S.A.", con antigüedad de 20 de diciembre de 2.001, categoría profesional de Técnico medio educación medioambiental, jornada completa y salario de 1.964,40 € mensuales, con inclusión de la parte proporcional de pagas extra, abonado mensualmente mediante transferencia bancaria. SEGUNDO.- El día 28 de diciembre de 2.012, la empresa "Valenciana de Aprovechamiento Energético de Residuos, S.A." notificó a Dña. Crescencia carta de despido, de la citada fecha, obrante en las actuaciones, dándose íntegramente por reproducida, comunicándole la extinción de su relación laboral, con efectos de día 31 de diciembre de 2.012, por la concurrencia de causas organizativas y de producción, invocándose en la misma que dicho despido se produce "en el marco del procedimiento de Despido Colectivo de Vaersa, Valenciana de Aprovechamiento Energético de Residuos, S.A.... Dicho

procedimiento finalizó sin acuerdo el pasado 10 de diciembre de 2012, procediéndose con este acto a notificar de forma individual la extinción de su contrato en,los términos del artículo 53.1 del E.T . y habiendo transcurrido más de 30 días entre la fecha de la comunicación de la apertura del periodo de consultas a la autoridad laboral, el pasado 9 de noviembre de 2012, y la fecha de efectos de extinción del contrato", siendo el objetivo que se pretende con dicho despido "mantener a Vaersa en una posición de viabilidad económica que permita el mantenimiento de la empresa, asegurando su viabilidad futura", expresando, seguidamente, las causas que motivan la extinción de su contrato de trabajo, manifestándose que "la Generalitat Valenciana se ha visto obligada a adoptar medidas con la máxima celeridad posible para poner en marcha la nueva configuración del Sector Publico Empresarial y Fundacional Valenciana" lo que "ha afectado de manera directa a Vaersa en su funcionamiento ordinario, ya que, entrando en el plano concreto de gestión habitual de la misma, se puede afirmar que la afectación se refleja sobre dos principales acciones: Acciones de reducción del número de encomiendas que se ordenan a los distintos entes instrumentales; Acciones sobre las encomiendas adjudicadas dirigidas a reducir el presupuesto inicialmente determinado para su ejecución, así como a ampliar los plazos de ejecución sin la correspondiente ampliación presupuestaria. Así pues, Vaersa se ha visto directamente afectada por las políticas de austeridad y la necesidad de reducción del déficit público de la Generalitat Valenciana. Las más recientes muestras de ello son las diversas comunicaciones que Vaersa ha recibido por parte de la Dirección General de Medio Natural y la Dirección General de Calidad Ambiental, en un primer momento, y la posterior confirmación de estas comunicaciones por parte de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente que imponen una serie de restricciones presupuestarias a numerosas encomiendas ordenadas a Vaersa y activas, en su gran mayoría, en la actualidad. Así como las negativas previsiones de renovación de encomiendas existentes o nuevas adjudicaciones, que se justifican en la necesidad de reducción del gasto público de la Generalitat Valenciana. Los departamentos de Vaersa que se han visto afectados por las reducciones presupuestarias de encomiendas han sido el Departamento de Infraestructuras de residuos y calidad ambiental; y el Departamento de Infraestructuras Agrarias y Servicios (IAS), el cual alberga las siguientes encomiendas afectadas por dicha reducción: Senda Verde (CNCA 12/20); CEA (CNCA 10/43). Espacios Naturales, bloque formado por las siguientes encomiendas: CNCA 12/10: Promoción, investigación y trabajos técnicos y otras asistencias técnicas en Espacios Naturales (2012), CNCA 12/24: Trabajos técnicos en parques naturales 2012, CNCA 11/35: Trabajos técnicos en espacios protegidos (2011/2012). CNCA 12/5: Obras de conservación y mantenimiento en los Espacios Naturales de la CV (2012). Dado que Ud. viene prestando sus servicios en una de las encomiendas que conforman el bloque de Espacios Naturales, a continuación se expondrán las razones que motivan la amortización de su puesto de trabajo", refiriendo, seguidamente, que "Tras las reuniones mantenidas entre las Direcciones Generales y la Dirección de Vaersa, se recibe en las dependencias de ésta última escrito de fecha 25 de julio de 2012 considerando oportuno la modificación de una parte de los conceptos de la reducción de encomiendas que figuraba en la comunicación inicial de 16 de julio de 2012. Tras ello, finalmente se procede a confirmar por parte de la Consellería de Infraestructuras, territorio y medio ambiente en fecha 7 de septiembre de 2012 los importes de reducción mediante resolución expedida al efecto. Así, las reducciones presupuestarias aplicadas en el bloque de encomiendas que conforman Espacios Naturales asciende a 1.289.899,62 €. La mencionada reducción presupuestaria se traduce en un inesperado cambio en las pautas de demanda establecidas inicialmente en los pliegos de las encomiendas afectadas. En consecuencia, Vaersa se ve obligada a establecer una mejor organización de sus recursos, tanto materiales como humanos, que le permita adaptar la prestación de sus servicios a las nuevas notas definitorias de la demanda en virtud de las reducciones presupuestarias practicadas", así como que "Los ingresos finalmente facturados derivados de la ejecución de estas encomiendas ascienden a 7.589.768 euros (IVA incluido). No obstante, los créditos presupuestarios asignados a estas encomiendas en la formalización de las mismas ascendían a 8.859.668 euros, por lo que se han visto reducidas en 1.289.899 euros, es decir un 14,56 % de los créditos iniciales. Los costes directos e indirectos de ejecución de las citadas encomiendas ascienden a 7.233.063 euros. Como consecuencia de esta situación, el beneficio de explotación se ha reducido en 73 euros. El gasto de personal representa el 79 % del total de los costes de producción de las citadas prestaciones de servicio", expresando, seguidamente, que "la reducción presupuestaria conlleva necesariamente cambios en el servicio prestado, en cuanto a la forma de prestar el servicio y en cuanto al número de trabajadores que prestan el mencionado servicio", relacionando, a continuación, los medios personales que deben ejecutar los trabajos de Espacios Naturales atendiendo a las exigencias de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, así como la creación "de diferentes unidades de gestión encargadas de la gestión conjunta de los distintos espacios con el fin de aumentar la eficiencia de los medios, eliminando la necesidad de que cada uno de los Espacios Naturales cuente con un equipo de trabajo propio", refiriendo, asimismo, que "para hacer posible la mencionada organización de la plantilla con el objetivo de adecuar la prestación de los servicios a las nuevas pautas establecidas por Consellería y en virtud de las restricciones presupuestarias practicadas, la Dirección de Vaersa se ve obligada a proceder a la amortización de un total de 89 puestos de trabajo de este bloque de encomiendas", exponiendo, seguidamente, la "Justificación de amortización" refiriendo que "Debido a las razones anteriormente expuestas, se pone de manifiesto que concurren causas objetivas de naturaleza productiva y organizativa en los términos del artículo 51 ET, que permiten y justifican la amortización de determinados puestos de trabajo relativos al bloque de encomiendas de "Espacios Naturales" para poder adecuar la prestación de sus servicios a las nuevas pautas de la demanda establecidas por Consellería en virtud de las restricciones presupuestarias practicadas. En consecuencia, la Dirección ha adoptado la...

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