AAP Málaga 229/2016, 27 de Junio de 2016

PonenteMARIA TERESA SAEZ MARTINEZ
ECLIES:APMA:2016:32A
Número de Recurso767/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución229/2016
Fecha de Resolución27 de Junio de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 5ª

A U T O Nº 229

AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA

SECCION QUINTA

PRESIDENTE ILMO. SR.

D. HIPOLITO HERNANDEZ BAREA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

Dª. INMACULADA MELERO CLAUDIO

Dª. Mª TERESA SAEZ MARTINEZ

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: 1ª INSTANCIA Nº 2 DE FUENGIROLA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 767/15

JUICIO Nº 366/13

En Málaga a 27 de junio de 2.016.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los autos de Ejecución Hipotecaria nº 36/13; pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por CAIXABANK, S.A. contra la resolución dictada en el citado juicio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Fuengirola dictó Auto de fecha 01/06/15, cuya parte dispositiva dice así:

"SE ACUERDA el archivo de las presentes actuaciones."

SEGUNDO

Contra la expresada resolución interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación CAIXABANK, S.A., el cual fue admitido a trámite dándose traslado del escrito en el que constan los motivos y razonamientos del mismo a la otra parte para que en su vista alegase lo que le conviniese. Cumplido el trámite de audiencia se elevaron los autos a esta Audiencia, y tras su registro se turnaron a ponencia quedando pendientes de deliberación y de resolver.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente la Iltma. Sra. Dña. Mª TERESA SAEZ MARTINEZ. Habiendo tenido lugar la deliberación previa a esta resolución el día 24 de junio de 2.016.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por la entidad Caixabank, S.A. se formuló demanda de ejecución dineraria en reclamación del saldo deudor del crédito hipotecario garantizado, contra la mercantil Autos Gilmar, S.L., como deudor hipotecario, recayendo en la instancia auto por el que se inadmitía a trámite la ejecución interesada, interpuesto recurso de apelación por la entidad actora y estimado el mismo por esta Sala, se acordó admitir a tramite la demanda de ejecución hipotecaria entablada. Recibidos los autos en la instancia, se requirió a la actora para que aportase documentación acreditativa del tipo de subasta de cada finca garantizada, y entendiéndose no cumplido tal requisito se dictó auto por el que se acordaba el archivo de las actuaciones. Por la representación procesal de la entidad Caixabank, S.A. se interpone el presente recurso de apelación contra la mencionada resolución alegando que su petición inicial reúne los requisitos necesarios para su oportuno trámite.

SEGUNDO

La entidad Caixabank, S.A. interpone demanda de ejecución hipotecaria contra la mercantil Autos Gilmar, S.L., señalando que con fecha 29 de julio de 2004 se otorgó escritura pública de crédito con garantía hipotecaria a favor de la entidad Cerro Jabalcuz, S.L., como prestataria e hipotecante, sobre la finca

6.782 del Registro de la Propiedad nº 2 de Mijas, respondiendo la finca hasta la cantidad de 468.050 euros, desglosados en hasta 370.000 euros, en concepto de límite del crédito, 14.800 euros, en concepto de intereses ordinarios durante los seis últimos meses y hasta 83.250 euros en concepto de intereses de demora de los últimos dieciocho meses y de la cantidad de 74.000 euros en concepto de costas y gastos. A la finca, con arreglo a la normativa del Mercado Hipotecario se le atribuyó un valor de 616.620 euros, tasando las partes la finca hipotecada, a efectos de subasta, en el importe del valor de tasación antes reseñado. Con fecha 12 de julio de 2005 las partes otorgaron nueva escritura pública de ampliación de hipoteca en la que se hizo constar que según escritura pública de obra Nueva y División Horizontal, la finca hipotecada se compone de: Finca número Uno .- Local Duplex número 1 de las plantas sótano y bajo del edificio sito en el termino de Mijas, calle San Juan número 33 con una superficie total construida de 140 metros y 25 decímetros cuadrados, de los cuales 42,85 metros cuadrados corresponden al sótano y 97,40 metros cuadrados a la planta baja;y Finca número Siete.- Vivienda Letra B, de la planta segunda en altura del edificio sito en termino de Mijas, calle San Juan número 33, con un superficie construida de 36 metros, 40 decímetros cuadrados. Ambas fincas pendientes de inscripción. Las fincas descritas fueron valoradas, con arreglo a la normativa del Mercado Hipotecario, atribuyendo a cada una de ellas, una vez terminada su construcción, el valor que se indicaba en el Anexo número uno, que se incorporaba a la escritura, tasando las fincas hipotecadas, a efectos de subasta, en el importe del valor que se hacía constar para cada una de ellas en el Anexo número Uno de la escritura. Con fecha 4 de octubre de 2007 se otorgó escritura de compraventa y subrogación hipotecaria, en virtud del cual, la entidad Cerro Jabalcuz, S.L. vendía a la mercantil Autos Gilmar, S.L. las anteriores fincas ya inscritas como finca 81.813 del Registro de la Propiedad nº2 de Mijas la descrita como Finca número Uno .-Local Duplex número 1 de las plantas sótano y bajo del edificio sito en el termino de Mijas, calle San Juan número 33 y la finca 81.825 del Registro de la Propiedad nº2 de Mijas la descrita como Finca número Siete.-Vivienda Letra B, de la planta segunda en altura del edificio sito en termino de Mijas, calle San Juan número 33, gravadas ambas con la hipoteca antes reseñada, respondiendo la primera de ellas por una cantidad de 114.000 euros en concepto de principal, 4.493,31 euros para intereses ordinarios, 25.650 euros de intereses de demora y 22.800 euros para costas y gastos. Respondiendo la segunda finca por la suma de 110.000 euros en concepto de principal, 4.335,65 euros para intereses ordinarios, 24.750 euros de intereses de demora y

22.000 euros para costas y gastos. Subrogándose la compradora en la hipoteca que gravaba ambas fincas, se sometía expresamente a todo lo en ella pactado y que le sea de aplicación. Por la actora se ejercita la presente acción de ejecución hipotecaria por importe de 208.842 euros, adeudado...

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