STSJ Comunidad de Madrid 529/2016, 26 de Julio de 2016

PonenteLUIS GASCON VERA
ECLIES:TSJM:2016:9230
Número de Recurso61/2016
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución529/2016
Fecha de Resolución26 de Julio de 2016
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 03 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 3 - 28010

Teléfono: 914931930

Fax: 914931958

34002650

251658240

NIG : 28.092.00.4-2014/0001787

Procedimiento Recurso de Suplicación 61/2016

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles Procedimiento Ordinario 837/2014 Materia : Reclamación de Cantidad

Sentencia número: 529/2016-CB

Ilmos. Sres

D./Dña. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN

D./Dña. JOSE IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ

D./Dña. LUIS GASCÓN VERA

En Madrid a 26 de julio de dos mil dieciséis habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 3 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 61/2016, formalizado por el/la LETRADO D./Dña. VICENTE MARTIN MANZANERO en nombre y representación de ASOCIACION CIVIL "CLUB LAS ENCINAS DE BOADILLA", contra la sentencia de fecha 26/01/2016 dictada por el Juzgado de lo Social nº 02 de Mostoles en sus autos número Procedimiento Ordinario 837/2014, seguidos a instancia de D./Dña. Lorenza, D./Dña. Tatiana, D./ Dña. Candida, D./Dña. Irene, D./Dña. Abilio, D./Dña. Soledad, D./Dña. Bernarda, D./Dña. David

, D./Dña. Heraclio, D./Dña. Millán, D./Dña. Víctor, D./Dña. Agapito, D./Dña. Cristobal, D./Dña. Hilario, D./Dña. Patricio, D./Dña. Jose Ángel, D./Dña. Alfredo, D./Dña. Donato, D./Dña. Ignacio, D./Dña. Oscar, D./Dña. Jose Enrique, D./Dña. Ambrosio, D./Dña. Eleuterio y D./Dña. Iván frente a ASOCIACION CIVIL "CLUB LAS ENCINAS DE BOADILLA", en reclamación por Reclamación de Cantidad, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dña. LUIS GASCÓN VERA, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO .- Los trabajadores demandantes prestan servicios para ASOCIACION CIVIL CLUB LAS ENCINAS DE BOADILLA con las antigüedades, categorías y salarios que constan en el hecho primero de la demanda y cuyo contenido se da íntegramente por reproducido.

SEGUNDO

La relación laboral entre las partes se rige por el Convenio Colectivo de Empresa ASOCIACION CIVIL CLUB LAS ENCINAS DE BOADILLA.

TERCERO

En el año 2013, los siguientes trabajadores prestaron servicios en días coincidentes con festivos, según el siguiente cuadro:

1

2

3

4

5

6

7

8

TRABAJADOR

Soledad

Tatiana

Candida

Bernarda

David

Heraclio

Millán

Irene

DÍAS FESTIVOS TRABAJADOS

29/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013, 20/05/2013, 15/08/2013, 07/10/2013 y 12/10/2013 07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013, 20/05/2013 y 06/12/2013 07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 06/12/2013

07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 01/05/2013, 29/05/2013, 20/05/2013 Y 06/12/2013 07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 02/05/2013 y 06/12/2013

07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 29/03/2013, 01/05/2013, 20/05/2013, 15/08/2013 y 12/10/2013 07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 02/05/2013, 20/05/2013 y 06/12/2013

18/03/2013, 28/03/2013, 29/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013, 20/05/2013, 12/10/2013 y 01/11/2013 DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD

1

2

3

4

5

6

7

8

TRABAJADOR

Víctor

Agapito

Cristobal

Abilio

Hilario

Patricio

Jose Ángel

Alfredo

DÍAS FESTIVOS TRABAJADOS

20/05/2013

01/01/2013, 07/01/2013, 28/03/2013, 29/03/2013 Y 01/05/2013

01/01/2013, 07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013 Y 02/05/2013

07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 29/03/2013, 01/05/2013 y 20/05/2013

07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013 y 20/05/2013

01/01/2013, 29/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013 y 20/05/2013

18/03/2013, 28/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013 y 20/05/2013

01/01/2013, 07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 29/03/2013

DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO

1

2

3

4

5

TRABAJADOR

Donato

Ignacio

Oscar Jose Enrique

Ambrosio

DÍAS FESTIVOS TRABAJADOS

28/03/2013, 29/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013, 15/08/2013 y 06/12/2013

28/03/2013, 29/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013, 15/08/2013, 12/10/2013, 01/11/2013 y 06/12/2013 07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 29/03/2013, 20/05/2013 y 06/12/2013

07/01/2013, 01/05/2013, 02/05/2013, 15/08/2013, 07/10/2013, 12/10/2013 y 01/11/2013

28/03/2013, 29/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013, 15/08/2013, 12/10/2013, 01/11/2013 y 06/12/2013 SOCORRISTAS ACUÁTICOS

1

TRABAJADOR

Lorenza

DÍAS FESTIVOS TRABAJADOS

07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 29/03/2013, 01/05/2013 y 02/05/2013

OFICINAS

1

TRABAJADOR

Iván

DÍAS FESTIVOS TRABAJADOS

28/03/2013, 29/03/2013, 01/05/2013, y 12/10/2013

CUARTO

La empresa establece un calendario mensual de prestación de servicios para los anteriores trabajadores. En el año 2013 la empresa estableció días de descanso para los trabajadores demandantes en la suma de 118 días, resultante de sumar 52 sábados, 52 domingos y 14 festivos.

QUINTO

La jornada anual marcada en Convenio Colectivo es de 1726 horas anuales. Ninguno de los anteriores trabajadores ha realizado 1726 horas de trabajo en 2013, habiendo cumplido el trabajador que más horas ha realizado, 1713 horas en 2013."

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: " Que estimando la demanda interpuesta por DOÑA Soledad, mayor de edad, con D.N.I. número NUM000, DOÑA Tatiana, mayor de edad, con D.N.I. número NUM001, DOÑA Candida, mayor de edad, con D.N.I. número NUM002, DOÑA Bernarda, mayor de edad, con N.I.E. número NUM003, DON David, mayor de edad, con D.N.I. número NUM004, DON Heraclio, mayor de edad, con D.N.I. número NUM005, DON Millán, mayor de edad, con D.N.I. número NUM006, DOÑA Irene, mayor de edad, con D.N.I. número NUM007, DON Víctor, mayor de edad, con D.N.I. número NUM008, DON Agapito, mayor de edad, con N.I.E. número NUM009, DON Cristobal, mayor de edad, con D.N.I. número NUM010, DON Abilio, mayor de edad, con D.N.I. número NUM011, DON Hilario, mayor de edad, con N.I.E. número NUM012, DON Patricio, mayor de edad, con D.N.I. número NUM013, DON Jose Ángel, mayor de edad con D.N.I. número NUM014, DON Alfredo, mayor de edad, con D.N.I. número NUM015, DON Donato, mayor de edad, con D.N.I. número NUM016, DON Ignacio, mayor de edad, con D.N.I. número NUM017, DON Oscar, mayor de edad, con D.N.I. número NUM018, DON Jose Enrique, mayor de edad, con D.N.I. número NUM019, DON Ambrosio, mayor de edad, con D.N.I. número NUM020, DON

, DOÑA Lorenza, mayor de edad, con N.I.E. número NUM021 y DON Iván, mayor de edad, con D.N.I. número NUM022 debo condenar y condeno a ASOCIACION CIVIL CLUB LAS ENCINAS DE BOADILLA a que compense concediendo un día de descanso adicional a cada uno de los 24 trabajadores por cada día festivo trabajado durante el año 2013, o bien, se decida compensarlos económicamente de acuerdo con las siguientes tablas, en las que se recoge trabajador y días a compensar o cantidades a indemnizar:

1 2

3

4

5

6

7

8

TRABAJADOR

Soledad

Tatiana

Candida

Bernarda

David

Heraclio

Millán

Irene

TOTAL DÍAS

07

07

04

07

05

08

06

08

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD 1

2

3

4

5

6

7

8

TRABAJADOR

Víctor

Agapito

Cristobal

Abilio Hilario

Patricio

Jose Ángel

Alfredo

TOTAL DÍAS

01

05

05

06

06

05

05

05

DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO 1

2

3

4

5

TRABAJADOR

Donato

Ignacio

Oscar

Jose Enrique

Ambrosio

TOTAL DÍAS

06

08

06

07

08

SOCORRISTAS ACUÁTICOS

1

TRABAJADOR

Lorenza

TOTAL DÍAS

06

OFICINAS

1 TRABAJADOR

Iván

TOTAL DÍAS 04

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

22

23

TRABAJADOR

Jose Enrique

Soledad

Tatiana

Candida

Bernarda

David

Heraclio

Millán

Irene

Víctor

Agapito Patricio

Donato

Ignacio

Oscar

Ambrosio

Iván

Alfredo

Lorenza

Jose Ángel

Abilio

Cristobal

Hilario

COMPENSACIÓN ECONÓMICA

652,62 €

610,93 €

617,05 €

427,90 €

523,81 €

416,52 €

652,20 €

448,77 €

598,35 €

89,42 €

422,16 €

409,71 €

928,37 €

869,68 €

536,40 €

876,53 €

323,46 €

447,07 €

477,21 €

421,88 €

491,64 €

422,16 €

506,59 €

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte ASOCIACION CIVIL "CLUB LAS ENCINAS DE BOADILLA", formalizándolo posteriormente; tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección en fecha 02/02/2016, dictándose la correspondiente y subsiguiente providencia para su tramitación en forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de los autos al mismo para su conocimiento y estudio, señalándose el día 14 de julio de 2016 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia, interpretando el artículo 24 del Convenio Colectivo de la empresa Asociación Civil "Club Las Encinas de Boadilla", ha estimado la demanda rectora de autos condenando a la empresa demandada a que compense concediendo un día de descanso adicional a cada uno de los 24 trabajadores accionantes por cada día festivo trabajado durante el año...

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