STSJ Comunidad de Madrid 529/2016, 26 de Julio de 2016
Ponente | LUIS GASCON VERA |
ECLI | ES:TSJM:2016:9230 |
Número de Recurso | 61/2016 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 529/2016 |
Fecha de Resolución | 26 de Julio de 2016 |
Emisor | Sala de lo Social |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 03 de lo Social
Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 3 - 28010
Teléfono: 914931930
Fax: 914931958
34002650
251658240
NIG : 28.092.00.4-2014/0001787
Procedimiento Recurso de Suplicación 61/2016
ORIGEN:
Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles Procedimiento Ordinario 837/2014 Materia : Reclamación de Cantidad
Sentencia número: 529/2016-CB
Ilmos. Sres
D./Dña. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN
D./Dña. JOSE IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ
D./Dña. LUIS GASCÓN VERA
En Madrid a 26 de julio de dos mil dieciséis habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 3 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación 61/2016, formalizado por el/la LETRADO D./Dña. VICENTE MARTIN MANZANERO en nombre y representación de ASOCIACION CIVIL "CLUB LAS ENCINAS DE BOADILLA", contra la sentencia de fecha 26/01/2016 dictada por el Juzgado de lo Social nº 02 de Mostoles en sus autos número Procedimiento Ordinario 837/2014, seguidos a instancia de D./Dña. Lorenza, D./Dña. Tatiana, D./ Dña. Candida, D./Dña. Irene, D./Dña. Abilio, D./Dña. Soledad, D./Dña. Bernarda, D./Dña. David
, D./Dña. Heraclio, D./Dña. Millán, D./Dña. Víctor, D./Dña. Agapito, D./Dña. Cristobal, D./Dña. Hilario, D./Dña. Patricio, D./Dña. Jose Ángel, D./Dña. Alfredo, D./Dña. Donato, D./Dña. Ignacio, D./Dña. Oscar, D./Dña. Jose Enrique, D./Dña. Ambrosio, D./Dña. Eleuterio y D./Dña. Iván frente a ASOCIACION CIVIL "CLUB LAS ENCINAS DE BOADILLA", en reclamación por Reclamación de Cantidad, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dña. LUIS GASCÓN VERA, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes
Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.
En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:
"PRIMERO .- Los trabajadores demandantes prestan servicios para ASOCIACION CIVIL CLUB LAS ENCINAS DE BOADILLA con las antigüedades, categorías y salarios que constan en el hecho primero de la demanda y cuyo contenido se da íntegramente por reproducido.
La relación laboral entre las partes se rige por el Convenio Colectivo de Empresa ASOCIACION CIVIL CLUB LAS ENCINAS DE BOADILLA.
En el año 2013, los siguientes trabajadores prestaron servicios en días coincidentes con festivos, según el siguiente cuadro:
1
2
3
4
5
6
7
8
TRABAJADOR
Soledad
Tatiana
Candida
Bernarda
David
Heraclio
Millán
Irene
DÍAS FESTIVOS TRABAJADOS
29/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013, 20/05/2013, 15/08/2013, 07/10/2013 y 12/10/2013 07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013, 20/05/2013 y 06/12/2013 07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 06/12/2013
07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 01/05/2013, 29/05/2013, 20/05/2013 Y 06/12/2013 07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 02/05/2013 y 06/12/2013
07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 29/03/2013, 01/05/2013, 20/05/2013, 15/08/2013 y 12/10/2013 07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 02/05/2013, 20/05/2013 y 06/12/2013
18/03/2013, 28/03/2013, 29/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013, 20/05/2013, 12/10/2013 y 01/11/2013 DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
1
2
3
4
5
6
7
8
TRABAJADOR
Víctor
Agapito
Cristobal
Abilio
Hilario
Patricio
Jose Ángel
Alfredo
DÍAS FESTIVOS TRABAJADOS
20/05/2013
01/01/2013, 07/01/2013, 28/03/2013, 29/03/2013 Y 01/05/2013
01/01/2013, 07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013 Y 02/05/2013
07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 29/03/2013, 01/05/2013 y 20/05/2013
07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013 y 20/05/2013
01/01/2013, 29/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013 y 20/05/2013
18/03/2013, 28/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013 y 20/05/2013
01/01/2013, 07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 29/03/2013
DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO
1
2
3
4
5
TRABAJADOR
Donato
Ignacio
Oscar Jose Enrique
Ambrosio
DÍAS FESTIVOS TRABAJADOS
28/03/2013, 29/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013, 15/08/2013 y 06/12/2013
28/03/2013, 29/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013, 15/08/2013, 12/10/2013, 01/11/2013 y 06/12/2013 07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 29/03/2013, 20/05/2013 y 06/12/2013
07/01/2013, 01/05/2013, 02/05/2013, 15/08/2013, 07/10/2013, 12/10/2013 y 01/11/2013
28/03/2013, 29/03/2013, 01/05/2013, 02/05/2013, 15/08/2013, 12/10/2013, 01/11/2013 y 06/12/2013 SOCORRISTAS ACUÁTICOS
1
TRABAJADOR
Lorenza
DÍAS FESTIVOS TRABAJADOS
07/01/2013, 18/03/2013, 28/03/2013, 29/03/2013, 01/05/2013 y 02/05/2013
OFICINAS
1
TRABAJADOR
Iván
DÍAS FESTIVOS TRABAJADOS
28/03/2013, 29/03/2013, 01/05/2013, y 12/10/2013
La empresa establece un calendario mensual de prestación de servicios para los anteriores trabajadores. En el año 2013 la empresa estableció días de descanso para los trabajadores demandantes en la suma de 118 días, resultante de sumar 52 sábados, 52 domingos y 14 festivos.
La jornada anual marcada en Convenio Colectivo es de 1726 horas anuales. Ninguno de los anteriores trabajadores ha realizado 1726 horas de trabajo en 2013, habiendo cumplido el trabajador que más horas ha realizado, 1713 horas en 2013."
En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: " Que estimando la demanda interpuesta por DOÑA Soledad, mayor de edad, con D.N.I. número NUM000, DOÑA Tatiana, mayor de edad, con D.N.I. número NUM001, DOÑA Candida, mayor de edad, con D.N.I. número NUM002, DOÑA Bernarda, mayor de edad, con N.I.E. número NUM003, DON David, mayor de edad, con D.N.I. número NUM004, DON Heraclio, mayor de edad, con D.N.I. número NUM005, DON Millán, mayor de edad, con D.N.I. número NUM006, DOÑA Irene, mayor de edad, con D.N.I. número NUM007, DON Víctor, mayor de edad, con D.N.I. número NUM008, DON Agapito, mayor de edad, con N.I.E. número NUM009, DON Cristobal, mayor de edad, con D.N.I. número NUM010, DON Abilio, mayor de edad, con D.N.I. número NUM011, DON Hilario, mayor de edad, con N.I.E. número NUM012, DON Patricio, mayor de edad, con D.N.I. número NUM013, DON Jose Ángel, mayor de edad con D.N.I. número NUM014, DON Alfredo, mayor de edad, con D.N.I. número NUM015, DON Donato, mayor de edad, con D.N.I. número NUM016, DON Ignacio, mayor de edad, con D.N.I. número NUM017, DON Oscar, mayor de edad, con D.N.I. número NUM018, DON Jose Enrique, mayor de edad, con D.N.I. número NUM019, DON Ambrosio, mayor de edad, con D.N.I. número NUM020, DON
, DOÑA Lorenza, mayor de edad, con N.I.E. número NUM021 y DON Iván, mayor de edad, con D.N.I. número NUM022 debo condenar y condeno a ASOCIACION CIVIL CLUB LAS ENCINAS DE BOADILLA a que compense concediendo un día de descanso adicional a cada uno de los 24 trabajadores por cada día festivo trabajado durante el año 2013, o bien, se decida compensarlos económicamente de acuerdo con las siguientes tablas, en las que se recoge trabajador y días a compensar o cantidades a indemnizar:
1 2
3
4
5
6
7
8
TRABAJADOR
Soledad
Tatiana
Candida
Bernarda
David
Heraclio
Millán
Irene
TOTAL DÍAS
07
07
04
07
05
08
06
08
DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD 1
2
3
4
5
6
7
8
TRABAJADOR
Víctor
Agapito
Cristobal
Abilio Hilario
Patricio
Jose Ángel
Alfredo
TOTAL DÍAS
01
05
05
06
06
05
05
05
DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO 1
2
3
4
5
TRABAJADOR
Donato
Ignacio
Oscar
Jose Enrique
Ambrosio
TOTAL DÍAS
06
08
06
07
08
SOCORRISTAS ACUÁTICOS
1
TRABAJADOR
Lorenza
TOTAL DÍAS
06
OFICINAS
1 TRABAJADOR
Iván
TOTAL DÍAS 04
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
TRABAJADOR
Jose Enrique
Soledad
Tatiana
Candida
Bernarda
David
Heraclio
Millán
Irene
Víctor
Agapito Patricio
Donato
Ignacio
Oscar
Ambrosio
Iván
Alfredo
Lorenza
Jose Ángel
Abilio
Cristobal
Hilario
COMPENSACIÓN ECONÓMICA
652,62 €
610,93 €
617,05 €
427,90 €
523,81 €
416,52 €
652,20 €
448,77 €
598,35 €
89,42 €
422,16 €
409,71 €
928,37 €
869,68 €
536,40 €
876,53 €
323,46 €
447,07 €
477,21 €
421,88 €
491,64 €
422,16 €
506,59 €
Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte ASOCIACION CIVIL "CLUB LAS ENCINAS DE BOADILLA", formalizándolo posteriormente; tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.
Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección en fecha 02/02/2016, dictándose la correspondiente y subsiguiente providencia para su tramitación en forma.
Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de los autos al mismo para su conocimiento y estudio, señalándose el día 14 de julio de 2016 para los actos de votación y fallo.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes
La sentencia de instancia, interpretando el artículo 24 del Convenio Colectivo de la empresa Asociación Civil "Club Las Encinas de Boadilla", ha estimado la demanda rectora de autos condenando a la empresa demandada a que compense concediendo un día de descanso adicional a cada uno de los 24 trabajadores accionantes por cada día festivo trabajado durante el año...
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ATS, 10 de Octubre de 2017
...estimar procedente la inadmisión del recurso. RAZONAMIENTOS JURIDICOS PRIMERO Recurre la empresa la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 26 de julio de 2016, R. 61/16 , que inadmite el recurso de suplicación contra la sentencia de instancia que la condenó a que compense ......