STSJ Andalucía 1672/2014, 20 de Noviembre de 2014

PonenteFRANCISCO JAVIER VELA TORRES
ECLIES:TSJAND:2014:15156
Número de Recurso1351/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1672/2014
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2014
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA

Avda. Manuel Agustín Heredía n° 16

D./Dª. Mª DEL CARMEN ORTEGA UGENA, Letrado/a de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

CERTIFICO: Que en el recurso de Recurso Casación Unificación Doctrina 1351/2014, se ha dictado resolución del siguiente contenido literal:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA

NIG. 2906744S20130008135

Negociado: VE

Recurso: Recursos de Suplicación 1351/2014

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL N°5 DE MALAGA

Procedimiento origen: Despido Objetivo individual 660/2013

Recurrente: Yolanda, Cecilia, Julia, Sara, Azucena, VISABREN SERVICIOS GENERALES

S.L., UTE TRABLISA- VISABREN S.L. y TRANSPORTES BLINDADOS S.A.

Representante: VÍCTOR J. RAMOS MUÑOZ DE TORO y CARLOS EGEA JOVER

Recurrido: SERVIMAX SERVICIOS GENERALES S.A., PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD S.A., UTE SERVIMAX SERVICIOS GENERALES S.A.-PROSEGUR CÍA DE SEGURIDAD S.A. y MINISTERIO FISCAL

Representante: JOSE CHECA SAENZ

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE,

ILTMO. SR. D. JOSÉ LUIS BARRAGAN MORALES,

ILTMO. SR. D. MANUEL MARTIN HERNÁNDEZ CARRILLO

En la ciudad de Málaga a veinte de noviembre de dos mil catorce.

La Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE BEL REY

ha dictado la siguiente:

SENTENCIA 1672/14 En el recurso de Suplicación interpuesto por Yolanda, Cecilia, Julia, Sara, Azucena, Visabren Servicios Generales S.L., UTE Trablisa- Visabren S.L. y Transportes Blindados S.A. contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número cinco de Málaga, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Yolanda, Cecilia, Julia, Sara y Azucena despido siendo demandado Visabren Servicios Generales S.L., UTE Trablisa- Visabren S.L., Transportes Blindados S.A., Servimax Servicios Generales S.A., Prosegur Compañía de Seguridad S.A., UTE Servimax Servicios Generales S.A.-PROSEGUR Cia de Seguridad S.A., y parte el Ministerio Fiscal habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 31 de marzo de 2014 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. -Las actoras han venido prestando servicios en el aeropuerto de Málaga con la categoría de auxiliares de control y con la siguiente antigüedad y un salario diario incluida prorrata de pagas extra: Dª Yolanda, desde el 1.07.07,20,64 euros. Dª Azucena desde el 8.05.08,22,16 euros, Dª Sara desde el 15.12.06, 30,45 euros. Dª Julia desde el 21.07,06, 30,95 euros y Dª Cecilia desde el 19.01.06,29,83 euros.

  2. -Las actoras suscribieron contratos con SERVIMAX el 15.05.010, con anterioridad la prestación de servicios auxiliares en el aeropuerto de Málaga en virtud de contratos suscritos con Aena, lo fueron por Consorcio de Servicios SA hasta el 14.05.08 y a partir de dicha fecha por CLECE S.A.

  3. - Dª Yolanda suscribió con SERVIMAX un contrato temporal con fecha 15.05.010 reconociéndole una antigüedad desde el 1.12.08, la actora había suscrito con CLECE SA el 1.12.08 un contrato de duración determinada para la prestación de servicios auxiliares en el aeropuerto de Malaga, con anterioridad prestó servicios para la citada empresa en virtud de contratos temporales desde el 25.05.08 y con Consorcio de Servicios SA desde el 1.07.07 al 14.05.08

  4. - Dª Azucena suscribió con SERVIMAX un contrato temporal con fecha 15.05.010 reconociéndole una antigüedad desde el 16.02.09, que fue convertido en indefinido el 14.07.011. El 16.02.09 suscribió un contrato temporal con CLECE SA para la prestación de servicios auxiliares en el aeropuerto de Málaga en virtud de contrato firmado el 27.03.08 con Aena, con anterioridad prestó servicios para dicha empresa desde el 18.05.08 y con Consorcio de Servicios S.A desde el 8.05.08 al 14.05.08.

  5. - Dª Sara suscribió con SERVIMAX un contrato indefinido el día 15.05.2010 reconociéndole una antigüedad desde el 15.12.06.

  6. - Dª Julia suscribió con SERVIMAX un contrato indefinido el día 15.05.2010 reconociéndole una antigüedad desde el 21.07.06.

  7. - Dª Cecilia suscribió con SERVIMAX un contrato indefinido el día 15.05.2010 reconociéndole una antigüedad desde el 19.01.06.

  8. - Que por AENA se tramitó el expediente NUM000 " Servicios de Seguridad en el Aeropuerto de Málaga " resultando adjudicataria UTE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD S.A, SERVIMAX Servicios Generales S.A (UTE PROSEGUR - SERVIMAX Aeropuerto de Málaga ) suscribiéndose un contrato el 10.12.09 por un precio de 9.066789, siendo el objeto del contrato la prestación de un servicio de vigilancia y protección con un plazo de un año acordándose prorrogar el contrato por un plazo más de doce meses, por un importe de 8.683.953,52 euros y con después por otro año y 1.238 días con un precio de 9.084.963,61.

    9- El objeto del contrato integraba los siguientes componentes: 1.-Acceso a zonas restringidas de seguridad (ZRS) .2.-Seguridad de Terminales y Zonas de Acceso Controladas (ZAC).3.-Inspección de equipajes de bodega (IEB).4.- Vigilancia Perimetral (VP).5 Control de seguridad (CS) 5.1 Centro de Control Remoto y 5.2 Servicios Asociados.

    El acceso a zonas restringidas de seguridad (ZRS) incluía la inspección en los puntos de acceso a zonas restringidas de seguridad establecidas en el Aeropuerto con actividades servicio de seguridad y servicio auxiliar, este último consistía en; Comprobar que el usuario dispone de documentación que le autoriza el acceso a la zona restringida, informar a los pasajeros de las restricciones aplicables por la normativa, instruir sobre utilización de bandejas recoger y realimentar las bandejas y coordinar la zona de filtros (gestión y solución de colas ). La Seguridad de Terminales y Zonas de Acceso Controladas (ZAC) incluía la vigilancia y control de accesos a zonas para cuyo acceso se requiere identificación, con actividades servicio de seguridad y servicio auxiliar este último consistía en emitir tarjetas provisionales fuera de horario de oficina, recepción de objetos perdidos, entregar objetos a los propietarios, enviar periódicamente los objetos perdidos a la oficina del Ayuntamiento, gestión y custodia de llaves del recinto entregadas al efecto y realizar servicios de información y atención al Público,

  9. - Que por AENA Aeropuertos S.A se tramitó el expediente NUM001 " Servicios de Seguridad en los aeropuertos de más de 500.000 pasajeros, resultando adjudicataria del servicio lote 14 Aeropuerto de Málaga, Transportes Blindados S.A y VISAGREN Servicios Generales S.L Unión Temporal de Empresas, (UTE TRABLISA ), firmándose un contrato el 21.05.013 por un precio de 7.295.007,39 siendo el objeto del contrato la prestación de un servicio de vigilancia y protección con un plazo de un año, que comenzó el día

    31.05.013. El objeto del contrato se integraba por los mismos componentes que el anterior contrato y con las mismas actividades de servicios auxiliares tanto en el control de accesos a zonas restringidas (Comprobar que el usuario dispone de documentación que le autoriza el acceso a la zona restringida, informar a los pasajeros de las restricciones aplicables por la normativa, instruir sobre utilización de bandejas recoger y realimentar las bandejas y coordinar la zona de filtros, gestión y solución de colas) como en la seguridad de terminales y acceso a zonas controladas (emitir tarjetas provisionales fuera de horario de oficina, recepción de objetos perdidos, entregar objetos a los propietarios, enviar periódicamente los objetos perdidos a la oficina del Ayuntamiento, gestión y custodia de llaves del recinto entregadas al efecto y realizar servicios de información y atención al Público)

  10. -PROSEGUR Compañía de Seguridad S.A y SERVIMAX Servicios Generales SA constituyeron por escritura pública de fecha 17.11.09 inscrita en el registro, una unión temporal de empresas cuyo objeto es la vigilancia y servicios complementarios para las instalaciones pertenecientes al aeropuerto de Málaga ". PROSEGUR está inscrita en el Registro de Empresas de Seguridad, SERVIMAX Servicios Generales S.A tiene por objeto social la limpieza de edificios, instalaciones y otros servicios auxiliares y tiene convenio propio. PROSEGUR es administradora mancomunada de SERVIMAX.

  11. -Transportes Blindados S.A (TRABLISA) está inscrita en el Registro de Empresas de Seguridad y VISAGREN Servicios Generales S.L tiene por objeto social la limpieza de edificios, instalaciones y otros servicios auxiliares. Transportes Blindados S.A y VISAGREN Servicios Generales S.L constituyeron el 13 de mayo de 2013 una Unión Temporal de Empresas siendo su objeto la prestación del servicio de seguridad en los aeropuertos de más de 500.000 pasajeros, lote aeropuerto de Ibiza, aeropuerto de Málaga, Menorca, Palma de Mallorca y Sevilla.

  12. - El Servicio de Seguridad en el Aeropuerto de Málaga era prestado por vigilantes de seguridad que pertenecían a la plantilla de PROSEGUR, aproximadamente 250 y por auxiliares de control un total de 33 como las actoras, la mayoría mujeres que formaban parte de la plantilla de SERVIMAX, existía un único coordinador del servicio que era vigilante de seguridad. Las funciones que realizaban las actoras eran; Comprobar que el usuario dispone de documentación que le autoriza el acceso a la zona restringida, informar a los pasajeros de las restricciones aplicables por la normativa, instruir sobre utilización de bandejas recoger y realimentar las bandejas y coordinar la zona de filtros (gestión y solución de colas ), emitir tarjetas provisionales fuera de horario de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 29 de Marzo de 2016
    • España
    • 29 Marzo 2016
    ...del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga de fecha 20 de noviembre de 2014, en el recurso de suplicación número 1351/14 , interpuesto por Dª Santiaga , Dª Belen , Dª Dulce , Dª Gloria y Dª Mariola ; TRANSPORTES BLINDADOS, S.A. (TRABLISA) y VISABREN SERVICIOS GENERALE......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR