DECRETO 37/1986, de 14 de marzo, por el que se modifica el Decreto 65 /l 985, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento que regula la estructura de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca y distribuye funciones entre los Organos de la misma.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Ganadería y Pesca
Rango de LeyDecreto

La asignación a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca de nuevas funciones v servicios a virtud de los siguientes Decreto.,,:

- Decreto 581,1985, de 15 de marzo. por el que se asignan las funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de semillas y plantas de vivero.

- Decreto 222/1985, de 1 de julio, por el que se asignan funciones Y servicios en materia de laboratorios agrarios y de sanidad Y producción animal.

- Decreto 141@1986, de 24 de enero, por el que se asignan a las Consejerías de Política Territorial Y Agricultura, Ganadería Y Pesca, las funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Canaria.,-, en materia de conservación de la naturaleza,

Hace preciso dictar una nueva disposición que atiende a la necesidad de racionalizar la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería v Pesca, aún con carácter provisional, a fin de lograr una adecuada distribución de competencias entre los Organos Superiores de la misma.

Por todo ello Y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.3 v 20. @i, de la Ley l/1983, de 14 de abril, del Gobierno @ de la Administración Pública de Canarias, se procede por este Decreto a adoptar la estructura básica de la Consejeria de Agricultura, Ganadería y Pesca, a fin de hacer más operativos los servicios v funciones que tiene actualmente atribuidos y el ejercicio de las funciones administrativas derivadas de la asunción de las nuevas competencias.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería , Pesca. y previa deliberación del Gobierno en. sesión celebrada el día 14 de marzo de 1 986,

D S P 0 N G O:

Artículo l'.- Son órganos superiores de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, los siguientes:

1 --- Secretaría general Técnica.

2.- Dirección General de Investigación y Extensión Agrarias. 3.- Dirección General de Estructuras y Comercialización Agrarias. 4.- Dirección General de Producción Agraria. 5.- Dirección General de Pesca. 6.- Direcciones Territoriales.

Artículo 2'.- La Dirección General de Investigación¿)n y Extensión Agraria ejercerá las funciones asignadas a la antigua Dirección General de Investigación, Formación Profesional y Asistencia Técnica Agrarias en el articulo 7 del Decreto 65/1985 y, además, las funciones y servicios traspasados en materia de laboratorios agrarios.

Se crea, dentro de la Dirección General de Investigación y Extensión...

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