STSJ Galicia 4498/2016, 12 de Julio de 2016
Ponente | ISABEL OLMOS PARES |
ECLI | ES:TSJGAL:2016:4600 |
Número de Recurso | 4650/2015 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 4498/2016 |
Fecha de Resolución | 12 de Julio de 2016 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA
PLAZA DE GALICIA
Tfno: 981184 845/959/939
Fax: 881881133 /981184853
NIG: 15030 44 4 2013 0005093
402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0004650 /2015 . BC
Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0001007 /2013
Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE
RECURRENTE/S D/ña Valeriano
ABOGADO/A: ALFONSO IGLESIAS FERNANDEZ
RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL
ILTMOS. SRS. MAGISTRADOS
D. MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ
Dª. MARÍA ANTONIA REY EIBE
Dª. ISABEL OLMOS PARÉS
En A CORUÑA, a doce de Julio de dos mil dieciséis.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NO MBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0004650/2015, formalizado por el LETRADO D. ALFONSO IGLESIAS FERNÁNDEZ, en nombre y representación de Valeriano, contra la sentencia número 255/2015 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 3 de A CORUÑA en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0001007/2013, seguidos a instancia de Valeriano frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª ISABEL OLMOS PARÉS.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Valeriano presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 255/2015, de fecha once de Junio de dos mil quince .
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
-
- La parte demandante nación el día NUM000 de 1948 y está afiliada a la Seguridad social con el número NUM001 en el Régimen General y con última profesión habitual de inspector médico. 2º. En resolución del INSS con fecha de salida de 11-6-13 -con fundamento en dictamen propuesta del EVI de 7 de junio de 2013 - se acordó denegar a la parte actora la incapacidad permanente "por no alcanzar, las lesiones que padece, un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral, para ser constitutivas de una incapacidad permanente..." En dicho momento la parte demandante presentaba como cuadro clínico residual: "asma bronquial. Cardiopatía isquémica. Cirugía de revascularización en 2005 y 2006. FEVI normal" 3º.- La parte actora presentó reclamación administrativa previa contra la resolución antes indicada, desestimada por resolución expresa con fecha de salida de 6 de agosto de 2013, acompañada con la demanda.
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
FALLO
DESESTIMO la demanda sobre reconocimiento de Incapacidad permanente formulada por D. Alfonso Iglesias Fernández frete al INSS.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
Interpone recurso la representación procesal del demandante contra la sentencia de instancia que desestimó la pretensión deducida en la demanda, en la que se postulaba el reconocimiento de incapacidad permanente en el grado de absoluta derivada de enfermedad común para su profesión habitual de inspector médico.
Se pretende en el primer motivo, y en primer lugar, la revisión del hecho probado segundo para añadir, al final, "enfisema centrilobulillar (folio 44); defecto ventilatorio mixto, restrictivo y obstructivo en la actualidad no reversible (folio 47): EPOC: enfermedad pulmonar obstructiva crónica (folio 9, 45); adenoma de próstata (folio 47)".
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