STSJ Cantabria 514/2016, 20 de Mayo de 2016

PonenteELENA PEREZ PEREZ
ECLIES:TSJCANT:2016:746
Número de Recurso289/2016
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIÓN
Número de Resolución514/2016
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2016
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº 000514/2016

En Santander, a 20 de mayo del 2016.

PRESIDENTA

Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz

MAGISTRADOS

Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

Ilma. Sra. Dª. ELENA PEREZ PEREZ (ponente)

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Modesto, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. seis de Santander, ha sido nombrada ponente la llma. Sra. Dª. ELENA PEREZ PEREZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda en materia de incapacidad por D. Modesto frente a la Mutua Universal Mugenat, el INSS, la TGSS y frente al Ayuntamiento de Santander.

En su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 22 de diciembre de 2015, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El actor, D. Modesto, nacido con fecha de NUM000 de 1957, figura como afiliado al Régimen General de la Seguridad Social, con el nº NUM001, siendo su profesión habitual la de Policía Local.

    El actor presta sus servicios profesionales para el AYUNTAMIENTO DE SANTANDER, que tiene cubierta la contingencia de accidentes de trabajo con la MUTUA UNIVERSAL.

  2. - Iniciado expediente administrativo a instancia de la Mutua UNIVERSAL para la valoración de las secuelas derivadas del accidente de trabajo de fecha 12 de mayo de 2010, previo informe de valoración médica de fecha 3 de noviembre de 2014, por el INSS el 7 de noviembre de 2014 se dictó Resolución por la que se denegó al actor el reconocimiento en situación de incapacidad permanente, por no ser sus lesiones constitutivas de incapacidad permanente en ninguno de los grados establecidos por la ley, ni valorables como lesiones permanentes no invalidantes.

  3. - El actor presenta el siguiente cuadro médico:

    APARATO LOCOMOTOR

    EXPLORACIÓN FÍSICA ACTUAL (3-11-14): COL. CERVICAL: B.A. CONSERVADO. RODILLAS: DERECHA: B.A. CONSERVADO. RODILLA IZQUIERDA (OBJETO DE VALORACIÓN DEL PRESENTE EXPEDIENTE DE VALORACIÓN DE SECUELAS): NO SIGNOS INFLAMATORIOS A LA EXPLORACIÓN FÍSICA, MARCHA AUTÓNOMA, ESTABLE, NO SIGNOS DE INESTABILIDAD ARTICULAR A LA EXPLORACIÓN FÍSICA, BALANCE ARTICULAR DE RODILLA IZQUIERDA CONSERVADO.

    RMN RODILLA IZQUIERDA (14-05-10) (MUTUA UNIVERSAL) (IZDA: CORREGIDO): CONDROMALACIA ROTULIANA GRADO 4.

    DE INFORME DE MUTUA: "CREACIÓN ATÍPICA DEL EPISODIO 2010. ÚLTIMOS DIAGNÓSTICOS: GONALGIA IZQUIERDA. TRABAJADOR QUE SUFRIÓ UN TRASPIÉS EN UNAS ESCALERAS, DURANTE SU TRABAJO, CON DOLOR EN RODILLA IZQUIERDA. NO PRESENTÓ HEMARTROS NI SIGNOS EXTERNOS INFLAMATORIOS, SIENDO PAUTADO TRATAMIENTO MÉDICO SINTOMÁTICO. SE REALIZÓ ESTUDIO POR RES. MAGN. QUE DESCARTÓ PATOLOGÍA AGUDA O TRAUMÁTICA Y SOLO INFORMÓ DE UNA CONDROMALACIA ROTULIANA GRADO IV (ENFERMEDAD YA DIAGNOSTICADA EN 1999 EN LA RODILLA DERECHA). TRAS UNA EVOLUCIÓN FAVORABLE FUE ALTA AL MES. EN LA ACTUALIDAD, ESTANDO DESEMPEÑANDO SU ACTIVIDAD LABORAL, PRESENTA EN RODILLA IZQUIERDA UNA MOVILIDAD COMPLETA, RÓTULA BIEN, SIN SIGNOS

    (SIGUE EN EXPLORACIÓN RADIOGRÁFICA.....)

    EXPLORACIÓN RADIOGRÁFICA

    .../... INFLAMATORIOS LOCALES EXTERNOS Y MARCHA ESTABLE, CON UN PERÍMETRO DEL MUSLO IZQUIERDO SIMILAR AL CONTRALATERAL, PROCEDIENDO AL PRESENTE EXPEDIENTE, A SU SOLICITUD, CON SECUELAS NO VALORABLES".

    Fecha: 03-11-2014. Centro:

    ¿El interesado se ha negado a la realización de las pruebas? (S/N): N

    ¿Existe la imposibilidad o dificultad de conocer exactamente la situación sanitaria del interesado por su negativa a la realización de las pruebas (S/N):

    CONCLUSIONES

    DEFICIENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS

    GONALGIA IZQUIERDA. CONDROMALACEA ROTULIANA GRADO 4 DE RODILLA IZQUIERDA.

    TRATAMIENTO EFECTUADO, CENTRO ASISTENCIA AL ENFERMO

    CONSERVADOR.

    MUTUA UNIVERSAL.

    EVOLUCIÓN

    LA DESCRITA

    POSIBILIDADES TERAPÉUTICAS Y REHABILITADORAS

    LAS DESCRITAS

    LIMITACIONES ORGÁNICAS Y FUNCIONALES

    SIN SECUELAS INDEMNIZABLES.

    CONCLUSIONES

    PROPUESTA MUTUA: SECUELAS NO VALORABLES (SECUELAS DE A.T. DEL 12-05-2010: DOLOR EN RODILLA IZQUIERDA AL BAJAR UNAS ESCALERAS.

    RM: CONDROMALACIA ROTULIANA GRADO IV. ALTA LABORAL DEL 13-06-2010).

  4. - En la resonancia magnética de rodilla derecha practicada al actor con fecha de 13 de enero de 2010 (folio nº 74) se hace constar como Comentario: " Antecedente de meniscectomía parcial interna (a nivel de sus 2/3 anteriores). Condromalacia rotuliana avanzada (grado IV), derrame articular abundante (sinovitis) y bursopatía prepatelar ".

    En la Resonancia magnética de tobillo izquierdo, de fecha 14 de marzo de 2014 (folio nº 78), se hace constar como Impresión Diagnóstica: " Rotura completa crónica del ligamento peroneo-astragalino anterior. Contusión ósea en el proceso anterior del calcáneo " En la ecografía del hombro izquierdo (folio nº 80), de fecha 29 de julio de 2014 se informa: " Tendinitis del subescapular y supraespinoso. Tendones de redondo menor y subescapular de morfología y ecogenicidad normal. Tendón de la porción larga del bíceps correctamente centrado en la corredera bicipital ".

    Constan en las actuaciones y se dan por reproducidos la relación de episodios relativos al actor elaborados por la Mutua UNIVERSAL y Mutua MONTAÑESA, así como el informe elaborado por el perito Dr. Anselmo .

  5. - La Base Reguladora de la incapacidad permanente total, por accidente de trabajo, es de 3.198 € anuales, y derivada de enfermedad común, 2.777,24 €, con efectos económicos al cese de la actividad que da lugar a la prestación.

  6. - Consta en las actuaciones y se da por reproducido el informe sobre las tareas que realizada el actor, elaborado por el Ayuntamiento de Santander, de fecha 31 de octubre de 2014.

  7. - Se ha agotado la vía administrativa previa.

TERCERO

En dicha sentencia se dictó el siguiente fallo o parte dispositiva: "Desestimo la demanda formulada por D. Modesto frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA UNIVERSAL y el AYUNTAMIENTO DE SANTANDER, y en consecuencia, debo declarar y declaro que el actor no se encuentra afecto de incapacidad permanente total, absolviendo a las entidades demandadas de los pedimentos efectuados en su contra".

CUARTO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado por la parte contraria MUTUA UNIVERSAL, pasándose los autos a la ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor formula recurso frente a la sentencia de instancia que ha desestimado su demanda, en la que solicitaba el reconocimiento del grado total de incapacidad, para el desarrollo de la profesión habitual de policía local.

En el escrito de recurso, articula dos motivos.

En el primero de ellos, con fundamento en el art. 193. b) LRJS, insta la revisión de los hechos probados y en el segundo, con adecuado amparo en el art. 193. c) LRJS, denuncia la infracción de lo dispuesto en el art. 137.4 LGSS,...

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