SAP Ciudad Real 114/2004, 26 de Marzo de 2004

PonenteMARIA CARMEN IGLESIAS PINUAGA
ECLIES:APCR:2004:282
Número de Recurso71/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución114/2004
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 2ª

SENTENCIA: 00114/2004

AUD. PROVINCIAL SECCION N. 2

CIUDAD REAL

APELACION CIVIL

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEGUNDA

CIUDAD-REAL.

RECURSO DE APELACION 0000071 /2003 -P.

Autos: J. MENOR CUANTIA 28/01.

Juzgado: 1ª INSTANCIA Nº 1 DE MANZANARES.

Iltmo/s. Sr/es.

Presidente:

Carmen Pilar Catalán Martín de Bernardo.

Magistrado/s:

MARIA DEL CARMEN IGLESIAS PINUAGA

IGNACIO ESCRIBANO COBO

MARIA SOLEDAD SERRANO NAVARRO

SENTENCIA nº: 114/2004

En CIUDAD REAL, a veintiséis de Marzo de dos mil cuatro.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 002 de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL,los Autos de MENOR CUANTIA 0000028 /2001, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de MANZANARES, a los que ha correspondido el Rollo 0000071 /2003, en los que aparece como parte apelante Begoña , Mauricio , Juan Alberto HEREDEROS DEL FALLECIDO Gregorio representados por la Procuradora ANA OSSORIO GONZALEZ, y asistidos por el Letrado DAMASO ARCEDIANO GONZALEZ, y como apelado OBRAS Y REFORMAS PICIMAR, S.L. representado por el Procurador D. JUAN VILLALÓN CABALLERO, y asistido por el Letrado JUAN ANTONIO VALLEJO FERNANDEZ, y siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª MARIA DEL CARMEN IGLESIAS PINUAGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de MANZANARES, por el mismo se dictó sentencia con fecha 25-11-02 , cuya parte dispositiva dice: "Que estimando la demanda formulada por el Procurador Dª Gabriela Moraga Carrascosa, en nombre y representación de "Obras y Reformas Picimar S.L", debo condenar y condeno al demandado D. Gregorio a abonar al actor la cantidad de DOCE MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS EUROS CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS DE EURO (12.926,56 EUROS) (2.150.799 PTAS), más los intereses legales desde la presentación de la demanda, imponiéndose a la demanda las costas de ese proceso.".

Notificada dicha resolución a las partes, por Begoña HEREDEROS DEL FALLECIDO Juan Alberto , Mauricio , Juan Alberto se interpuso recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes fueron remitidos a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, señalándose para el acto de la votación y fallo el DIA 25 de Marzo de 2004 .

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia NFL de Manzanares, por la que se estima la demanda ejercitada, se interpone recurso de apelación por la representación procesal del demandado invocando, en primer lugar, infracción por inaplicación del art. 1967 del CC y entiende que la acción que se ejercita se encuentra prescrita.

La prescripción es un modo de extinción de las acciones por su no ejercicio durante el tiempo establecido en la Ley y se basa en la presunción de abandono del derecho por parte de su titular. Los plazos generales de prescripción se encuentran contemplados en el Art. 1963 para las acciones reales y 1964 para las acciones personales, quince años, y en los arts. 1966 a 1968 se contemplan otros plazos más cortos en...

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