STSJ Extremadura 125/2016, 5 de Abril de 2016

PonenteMERCENARIO VILLALBA LAVA
ECLIES:TSJEXT:2016:313
Número de Recurso351/2015
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución125/2016
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2016
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES

SENTENCIA: 00125/2016

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA, INTEGRADA POR LOS ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS DEL MARGEN, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, HA DICTADO LA SIGUIENTE:

SENTENCIA NUM.125

PRESIDENTE :

DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS

MAGISTRADOS :

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA

DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU

DON CASIANO ROJAS POZO

En Cáceres a cinco de Abril de dos mil dieciséis.-Visto el recurso contencioso administrativo nº 351/15, promovido por el Procurador SR. CRESPO CANDELA, en nombre y representación del recurrente INVERSIL S.L, siendo demandada ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO Y LA JUNTA DE EXTREMADURA, ; recurso que versa sobre: Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentos.

Cuantía : 22.756,74 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO .- Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO .- Concluido los trámites de prueba o en su caso conclusiones, las partes interesaron cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado. CUARTO .- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado- Especialista D. MERCENARIO VILLALBA LAVA .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación la resolución del TEARE que le fue notificada a la recurrente el

26.05.2015 en el expediente 06/2733/2012 en la liquidación 6022020040574 en concepto de ITPAJD.

Debe tenerse presente que la reclamación 06/02676/2012 fue estimada por falta de motivación de la comprobación de valores, elevando a definitivo el valor declarado por el contribuyente.

En resolución del...

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