STSJ Castilla y León 204/2016, 30 de Marzo de 2016

PonenteRAQUEL VICENTE ANDRES
ECLIES:TSJCL:2016:1161
Número de Recurso160/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución204/2016
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2016
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SALA SOCIAL 1

BURGOS

SENTENCIA: 00204/2016

RECURSO DE SUPLICACIÓN Num.: 160/2016

Ponente Ilma. Sra. Dª. Raquel Vicente Andrés

Secretaría de Sala: Sra. Carrero Rodríguez

SALA DE LO SOCIAL

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE

CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS

SENTENCIA Nº: 204/2016

Señores:

Ilma. Sra. Dª. María José Renedo Juárez

Presidenta

Ilmo. Sr. D. Santiago Ezequiel Marqués Ferrero

Magistrado

Ilma. Sra. Dª. Raquel Vicente Andrés

Magistrada

_______________________

En la ciudad de Burgos, a treinta de Marzo de dos mil dieciséis.

En el recurso de Suplicación número 160/2016, interpuesto por DOÑA Montserrat, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Burgos, en autos número 667/2015, seguidos a instancia de la recurrente, contra, SINTER IBÉRICA PACKAGING S.A. anteriormente llamada STORK INTER IBÉRICA S.A. y MAREL FOOD SYSTEMS S.L., en reclamación sobre Despido. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª Raquel Vicente Andrés, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 30 de noviembre de 2015, cuya parte dispositiva dice: Que rechazando la excepción de Falta de Legitimación Pasiva que ha sido alegada por la empresa MAREL FOOD SYSTEMS S.L., y entrando a conocer sobre el fondo del asunto, desestimando la demanda presentada por DOÑA Montserrat contra SINTER IBÉRICA PACKAGING S.A.,( anteriormente llamada STORK INTER IBERICA S.A., MAREL FOOD SYSTEMS S.L., debo declarar y declaro procedente el despido operado, absolviendo a las empresas STORK INTER IBERICA S.A., actualmente denominada SINTER IBÉRICA PACKAGING S.A., y MAREL FOOD SYSTEMS S.L., de los pedimentos contenidos en la demanda.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: PRIMERO .-DOÑA Montserrat ha venido prestando servicios para la empresa STORK INTER IBERICA S.A., actualmente denominada SINTER IBÉRICA PACKAGING S.A., con una antigüedad de 15 de julio de 1.974, ostentando la categoría profesional de Oficial de 1ª Administrativo y salario mensual bruto con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 3.510,02 €, desarrollando su actividad con jornada a tiempo completo, en la localidad de Burgos, percibiendo su salario con periodicidad mensual mediante transferencia bancaria, en virtud de hojas salariales. SEGUNDO .- Mediante escritura pública de fecha 9 de marzo de 2.015 se produjo el cambio de denominación social de la Entidad STORK INTER IBÉRICA S.A., pasando a denominarse SINTER IBÉRICA PACKAGING S.A., estando dedicada a la actividad de fabricación, importación, exportación, comercialización e instalación y mantenimiento de toda clase de maquinaria y utillaje, destinados a mataderos y salas de despiece, así como de válvulas, bombas centrífugas y otros elementos para el trasiego de líquidos y la asesoría de estudios técnicos relacionados con dichas actividades. Su domicilio social está ubicado en la localidad de Burgos, Polígono Industrial Gamonal calle la Ribera s/n. Es una Sociedad Unipersonal cuyo único socio es Groupe Saint Jacques. TERCERO. - Mediante escritura pública de fecha 9 de marzo de 2.015 se elevó a público el contrato de compraventa otorgado en fecha 27 de febrero de 2.015 por el que la sociedad holandesa Marel Holding BV vendió a la sociedad francesa Groupe Saint Jackes las 71 acciones nominativas de 1.420,58 € de valor nominal cada una de ellas, que representa la totalidad del capital social de la compañía mercantil de nacionalidad española denominada STORK INTER IBERICA S.A., siendo el precio de la compraventa de 1 €. CUARTO .- La Entidad MAREL FOOD SYSTEMS S.L., de nacionalidad española, domiciliada en Barcelona, pertenece al grupo Marel Holding BV., la cual en fecha 27 de febrero de 2.015 ingresó en la cuenta bancaria de STORK SINTER IBERICA S.A. la cantidad de 2.329.067,12 €. QUINTO. - En fecha 15 de julio de 2.015 la empresa SINTER IBERICA PACKAGING S.A., notificó comunicación a la actora del tenor literal que obra como documento número 1 del ramo de prueba de la parte actora, cuyo contenido se da por reproducido. SEXTO .- En el primer semestre de 2.012 el volumen de pedidos en la empresa STORK INTER IBÉRICA S.A., actualmente denominada SINTER IBERICA PACKAGING S.A., ascendió a 3.000.000 € aproximadamente, siendo en el primer semestre de 2.013 de 2.545.000 €, en el primer semestre de 2.014 de 1.829.000 € y en el primer semestre de 2.015 de 1.537.000 €. En el segundo semestre de 2.012 fue de

2.362.000 €, siendo en el segundo semestre de 2.013 de 1.389.000 €, en el segundo semestre de 2.014 de

2.519.000, siendo en el segundo semestre de 2.015 de 1.057.000 €. SÉPTIMO .- El volumen de negocio, los costes de personal y el resultado contable de STORK INTER IBÉRICA S.A., actualmente denominada SINTER IBÉRICA PACKAGING S.A., durante los años 2.011, 2.012 y 2.013 son los siguientes:

Año Volumen de negocio Costes de personal Resultado contable

2.011 6.670.143 € 2.795.583 € -287.664 €

2.012 4.747.989 € 2.658.674 € -690.994 €

2.013 4.726.130 € 2.308.856 € -489.435 €

habiéndose cerrado el ejercicio 2.014 con una cifra de negocio de 3.255.065 € y unos costes de personal de 2.168.842 €, habiendo ascendido las pérdidas del ejercicio a 945.559 €. La capacidad de producción de STORK INTER IBÉRICA S.A., actualmente denominada SINTER IBERICA PACKAGING S.A., con la plantilla que tenía antes de efectuar despidos por causas organizativas, incluida la actora, era de más de 45.000 horas/año en M.O.D., pudiendo atender una cartera de pedidos que le permitiría facturar en torno a 6.500.000 €. OCTAVO. - En el mes de octubre de 2.009 STORK INTER IBERICA S.A., actualmente denominada SINTER IBERICA PACKAGING S.A., llevó a cabo un descenso de plantilla mediante bajas incentivadas la mayor parte, habiendo pactado en el año 2.011 la empresa con su Comité de Empresa una reducción de jornada y salarios para la plantilla formada en esos momentos por 49 trabajadores, de alrededor del 11%, habiendo promovido en 2.013 un ERTE de un año de duración, en el que se aplicaron de manera combinada reducciones de jornada y suspensiones de contratos de trabajo. NOVENO. - Aproximadamente un tercio de las tareas realizadas en el departamento de administración de la empresa STORK INTER IBERICA S.A., actualmente denominada SINTER IBERICA PACKAGING S.A., son proporcionales a los proyectos realizados o a la...

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