STSJ Cataluña 64/2016, 28 de Enero de 2016

PonenteEMILIO VICENTE BERLANGA RIBELLES
ECLIES:TSJCAT:2016:1137
Número de Recurso200/2013
ProcedimientoRECURSO ORDINARIO (LEY 1998)
Número de Resolución64/2016
Fecha de Resolución28 de Enero de 2016
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

Recurso ordinario (Ley 1998) nº 200/2013

Partes: ZAERA CALAF, S.L.

C/ ENAGAS TRANSPORTE S.A.U. Y JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA DE TARRAGONA

S E N T E N C I A N º 64

Ilmos. Sres. Magistrados:

Don Emilio Berlanga Ribelles

Don Jordi Palomer Bou

Doña Montserrat Figuera Lluch

En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de enero de dos mil dieciséis.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA (SECCION SEGUNDA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguientes sentencia en el recurso contencioso-administrativo nº 200/2013, interpuesto por la mercantil ZAERA CALAF, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales IGNACIO LOPEZ CHOCARRO y asistida de Letrado, contra JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA DE TARRAGONA, representado y defendido por el ABOGADO DEL ESTADO, y como codemandada la mercantil ENAGAS TRANSPORTE S.A.U., representada por la Procuradora de los Tribunales Mª LUISA LASARTE DIAZ y defendida por Letrado.

Ha sido Ponente el Excmo. Sr. D. Emilio Berlanga Ribelles, Presidente de la Sala, quien expresa el parecer de la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso-administrativo contra resolución de fecha 13-5-13, que fija el justiprecio de las fincas: T-T0-629 y 332 polígono 34, parcelas 46 y 9003 y T-T0 631 polígono 34 parcela 40 de Tortosa. "Proyecto: Duplicación del gasoducto Tivissa-Paterna, tramo 1: Posición 15D (t.m. tivissa)-Posición 15,12 D(t.m. Vilanova d'Alcolea) y su addenda 1)". Administración expropiante: Delegación del Gobierno de Catalunya. Beneficiario: ENAGAS, S.A.. Expte 293/12.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derechos que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Se abrió la prueba mediante Auto y, verificada la misma según obra en autos, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que evacuaron las partes y, finamente se señaló día y hora para votación y fallo que tuvo lugar el 28 de enero de 2016.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En sesión tenida el 13 de mayo de 2000 y en expediente de justiprecio número 293/2012, el Jurado Provincial de expropiación forzosa de Tarragona (JPEF, en adelante) acordó fijar en 1.376,48 € el justiprecio de la servidumbre de paso subterráneo constituida sobre las fincas T.TO-629, T-TO-632 y T.TO.631 del proyecto "duplicación del gasoducto Tivissa- Paterna. Tramo 1"; sitas todas ellas en término municipal de Vilanova d'Alcolea y propiedad de la entidad mercantil ZAERA CALAF, SL, ; siendo Administración expropiante la Delegación del Gobierno en Cataluña y beneficiaría la entidad ENAGAS, SA.

SEGU...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS 1696/2017, 8 de Noviembre de 2017
    • España
    • 8 Noviembre 2017
    ...lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sección Segunda, en el recurso contencioso administrativo número 200/13 , sobre justiprecio de finca expropiada, siendo partes recurridas «Enagás Transporte, S.A.U.», representada por la procuradora doña Pilar Irib......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR