STSJ Andalucía 243/2016, 28 de Enero de 2016

PonenteANA MARIA ORELLANA CANO
ECLIES:TSJAND:2016:305
Número de Recurso3152/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución243/2016
Fecha de Resolución28 de Enero de 2016
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 3152/14 MG Sent. Núm. 243/16

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILMOS. SRES.:

DOÑA ANA MARÍA ORELLANA CANO

DOÑA EVA MARÍA GÓMEZ SÁNCHEZ

DON JESÚS SÁNCHEZ ANDRADA

En Sevilla, a 28 de enero de 2016.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 243/2016

En el recurso de suplicación interpuesto por Amarre y Desamarre Molina e Hijos SL., UTE Amarre y Desamarre Molina e Hijos S.L. y Underwater Contractors Spain S.L., contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de los de Huelva, autos nº169/13; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª ANA MARÍA ORELLANA CANO, Magistrada Especialista del Orden Jurisdiccional Social.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Darío contra FORMTEXT FORMTEXT FORMTEXT Amarre y Desamarre Molina e Hijos SL., UTE Amarre y Desamarre Molina e Hijos S.L., Unde, Subacuatica S.A. y Underwater Contractors Spain S.L., sobre FORMTEXT FORMTEXT despido, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día FORMTEXT FORMTEXT 2/5/14 por el Juzgado de referencia, en la que se FORMTEXT FORMTEXT estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

" PRIMERO. Don Darío, con DNI NUM000, ha venido prestando sus servicios por cuenta y bajo la dependencia de Subacuática, S.L., desde el 4 de agosto de 2008, con la categoría de patrón mayor de cabotaje y salario diario de 89,20 euros, incluido prorrateo de pagas extraordinarias.

Obra en autos y se dan por reproducidos la hoja de vida laboral del demandante y los recibos salariales del año 2012.

SEGUNDO

Con fecha 1 de enero de 2003 Subacuática S.A. suscribió con Petronuba S.A. contrato de los servicios del personal para las maniobras de amarre y descarga de petroleros en la monoboya SBM de Cepsa Refinería La Rábida, cuyas condiciones particulares obran en autos y se dan por reproducidas. Los principales trabajos a realizar eran los siguientes: "-Asistir a las maniobras de aproximación del petrolero a la Monoboya SBM.

-Asistir a las operaciones de amarre del petrolero a la Monoboya SBM.

-Asistir a las operaciones de descarga del petrolero una vez amarrado.

-Mantener la vigilancia durante la totalidad de la permanencia del petrolero en la Monoboya, así como durante la totalidad de la descarga del mismo, controlando cualquier posible pérdida de crudo al mar.

-Asistir a las operaciones de desamarre del petrolero, hasta que se encuentre totalmente libre de la Monoboya SBM.

-En el caso de pérdidas en la Monoboya SBM, actuar de inmediato y cerrar las válvulas de la Monoboya

6 Manifold submarino, controlar el apriete de las bridas de las mangueras flotantes ó submarinas, expansiones, etc. si la pérdida es por bridas.

-En el caso de pérdidas en la tubería submarina de crudo de 30"/36", localizar la pérdida si es posible, parar la descarga y colocar encima del punto de pérdida la campana de control de perdidas.

-Mantener de forma permanente la comunicación con CEPSA Refinería "La Rábida", Petronuba,S.A. y Subacuática,S.A.

En materia de personal, se establecía que:

"Subacuática,S.A., pondrá para el cumplimiento del presente Contrato como personal fijo, el siguiente:

Tres Técnicos Subacuáticos expertos en operaciones de descarga de petroleros en Terminales de Monoboya Offshore, con experiencia probada.

Este personal de amarre, estará compuesto por "tres Técnicos Subacuáticos", especialistas en operaciones de descarga de petroleros, con el objeto de poder localizar y controlar cualquier pérdida submarina ó en superficie, de crudo.

El "personal de amarre" estará en todo momento a disposición de CEPSA Refinería "La Rábida" y Petronuba,S.A., pero solo y exclusivamente para las operaciones de " amarre y descarga de petroleros en la Monoboya SBM".

En materia de medios personales se indicaba: "Medios que pone Petronuba S.A.": "Toda la herramienta y material necesario para las operaciones de amarre y descarga de petroleros en la Monoboya SBM".

TERCERO

En la misma fecha, las mismas partes suscribieron contrato de servicios para los trabajos de control y mantenimiento del terminal SBM de descarga de crudos e instalaciones marinas de la Refinería La Rábida de CEPSA en Huelva, estableciéndose que "Subacuática S.A." destinaría, como personal fijo, un delegado volante, de profesión ingeniero, y un Jefe de Obra con amplia experiencia en este tipo de instalaciones, cuatro Técnicos Subacuáticos, con probada experiencia en este tipo de trabajos: Un Jefe de Buceo, Un Buceador de Socorro y Dos Buceadores, más un Ayudante de Buceo y un administrativo en las oficinas de "Cepsa" Huelva.

En cuanto a los medios que suministraba Subacuática S.A. eran los siguientes:

"a).-Material de inmersión:

Dos compresores Luchard de 35 m3/hora estacionarios, con filtro.

Bauer P60.600 L/M automático con Monitor Securus, para la carga de aire respirable de buceo.

Seis equipos autónomos bibotellas Subacua de 15x2 litros para 220 bar de carga, con doble gritería y reserva mecánica.

Cinco monobotellas Subacua de 15 litros para 220 bar de carga, con doble gritería, para emergencia y trabajos a pequeña profundidad.

Catorce chalecos hidrostáticos de 150 N, para bibotellas.

Catorce chalecos hidrostáticos de 150 N, para monobotellas.

Dieciséis bocinas acústicas de comunicación y emergencia para uso submarino y de superficie.

Seis reguladores principales Poseidón 5000

Seis reguladores de emergencia ScubaPro Mark-10 Seis ordenadores de buceo profesionales de consola con brújula incorporada Uwatec.

Dos lectores de datos de los ordenadores Uwatec para cargar la información y poder pasarla al ordenador.

Un ordenador PC portátil instalado en el "Platero" para procesar los datos de inmersión y sacar las graficas de las inmersiones de cada buceador.

Dieciséis trajes completos húmedos de buceo.

Dos trajes completos secos de volumen variable, con la ropa interior de abrigo para trabajos en aguas contaminadas y en trabajos de corte y soldadura eléctrica submarina.

b).-Dos teléfonos submarinos "sin hilos" con un alcance de comunicación submarina de 300 m., dos estaciones de superficie para poderse comunicar entre los buceadores y la superficie indistintamente Ocean Ref. (USA).

Un teléfono con línea de vida para buceadores SSS. con caretas completas AGA y sistema integrado de comunicación submarina entre los buceadores y la superficie.

c).-Todo el material ligero de buceo necesario: Aletas, caretas, cuchillos, relojes, linternas, pizarras de inteligencia, líneas de vida y de pareja, tubas, tablas de descompresión US Navy para uso subacuático, cinturones de lastre, etc.

d) Las herramientas de uso normal ó frecuente manuales, según la experiencia obtenida hasta la fecha, serán por cuenta de Subacuática S.A.

Una herramienta submarina neumática Ingersoll Rand, para desconexión y conexión de mangueras flotantes y submarinas, incluyendo las mangueras, vasos y trócolas.

e).-Vehículos:

Dos furgonetas para el movimiento del material a que hace referencia las Condiciones Particulares del presente contrato.

f).-Almacén:

Subacuática,S.A. dispondrá de un almacén de trabajo en los terrenos de contratistas de la Refinería "La Rábida" y otro para material de buceo y compresores estacionarios para carga de aire de buceo.

g).-Oficina:

Subacuática,S.A. dispondrá de una oficina para el presente Contrato, con un administrativo, dotada de radio VHF, teléfonos, fax, contestador automático, informática, línea ADSL telefónica y todos los elementos de una oficina moderna en Huelva capital".

CUARTO

La Unión Temporal de Empresas Underwater Contractors Spain SLU-Amarre y Desamarre Molina e Hijos S.L. se constituyó el día 22 de mayo de 2012, teniendo por objeto social: "el servicio de asistencia a operaciones de intervención antipolución en la monoboya de Cepsa, servicios de inspección y mantenimiento de las instalaciones marinas de Cepsa, Servicio de intervenciones antipolución en las instalaciones marinas de Cepsa".

QUINTO

Con fecha 8 de junio de 2012 Cepsa dirige un burofax a Subacuática S.A. del siguiente tenor literal:

"En relación con el concurso convocado por CEPSA para la adjudicación del contrato de prestación de servicios a CEPSA y a su filial CEPSA PETRONUBA, S.A. de inspección y mantenimiento, asistencia a operaciones e intervención antipolución en monoboya e instalaciones marinas de la refinería de petróleos de CEPSA "La Rábida" (Palos de la Frontera -Huelva-), en el que SUBACUÁTICA, S.A. ha participado mediante la presentación de su oferta de fecha 9 de marzo de 2012, lamentamos comunicarle que su Compañía no ha resultado adjudicataria de dicho contrato, por no haber sido la oferta de SUBACUÁTICA, S.A. la más ventajosa de entre las presentadas.

Por ello, a partir del próximo 31 de diciembre de 2012 ni CEPSA ni CEPSA PETRONUBA, S.A. solicitarán a SUBACUÁTICA, S.A. nuevos servicios de inspección o/y mantenimiento, asistencia a operaciones e intervención antipolución en la monoboya o en las instalaciones marinas de la refinería de La Rábida, ni ningún otro servicio, al ser realizados todos ellos desde el día 1 de enero de 2013, inclusive, por la empresa seleccionada en el mencionado concurso. Sin otro particular que agradecerle los servicios prestados por su Compañía en los últimos años, le saluda muy atentamente".

SEXTO

El día 4 de diciembre de 2012 Subacuática S.A. notifica al actor una carta en la que se le indicaba que a partir del 31 de diciembre de 2011 dicha mercantil...

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