STSJ Asturias 3084/2006, 27 de Octubre de 2006

PonenteJORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2006:5310
Número de Recurso2284/2006
Número de Resolución3084/2006
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0002284 /2006, formalizado por el Sr. Letrado D. ANDRES DE LA FUENTE FERNANDEZ, , en nombre y representación de el AYUNTAMIENTO DE GIJON, contra la sentencia de fecha diecisiete de marzo de dos mil seis, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de GIJON en sus autos número DEMANDA 0000061 /2006, seguidos a instancia de Lidia frente a MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES, AYUNTAMIENTO DE GIJON, SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA, partes demandadas, en reclamación de DESPIDO OBJETIVO, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo Sr. D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ , y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha diecisiete de marzo de dos mil seis por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. -La actora suscribió un contrato por obra o servicio determinado con el Ministerio de Educación y Ciencia, al amparo de lo dispuesto en el RD 2.104/84, con fecha de 3 de septiembre de 1.990, haciéndolo con la categoría profesional de licenciado titulado superior para prestar servicios como psicóloga y con centro de trabajo en la Agencia de Desarrollo Local de Gijón, fijándose en el referido contrato una duración estimada de tres meses con fecha de término el 31 de diciembre de 1990.

  2. -Como consecuencia del traspaso de competencias producidas a favor del Principado de Asturias en materia de enseñanza no universitaria, pasó a depender del mismo con efectos a 1 de enero de 2000.

  3. -El objeto de la obra o servicio determinado para el que fue contratada la demandante, según se refiere en el propio contrato, es el siguiente: el tipo de obra o servicio para el que se contrata se enmarca dentro del programa Servicio Técnico de Desarrollo Local de Gijón y se concreta en la realización de los siguientes cometidos: los propios de las tareas encomendadas al Servicio de acuerdo con su titulación...", viniendo la actora desarrollando programas tales como -Cursos para formadores, empresarios y agentes sociales sobre Desarrollo Local de Gijón; -Concurso de Ayudas para grupos de trabajo sobre la relación Centro docente-Empresa, -Programa de Orientación Profesional Integral;- Prácticas de alumnos/as de Hosteleria y turismo de les numero 1 , Practicas de alumnos universitarios, convenio con la Universidad; -Programa de intervención en Centros de Formación Profesional;- desarrollo de programas europeos: Euroform, Euroinfosocial, ect.

  4. -En fecha 16 de diciembre de 2.005 le ha sido notificada resolución del Principado de Asturias del siguiente tenor literal: "Disponer el cese de Doña Lidia con D.N.I. numero NUM000 , con efectos a 31 de diciembre de 2.005, por los motivos expuestos en el cuerpo de la presente resolución", señalándose como fundamento del cese que " con fecha 4 de marzo de 1.988 se firma Convenio de Colaboración entre el entonces Ministerio de Educación y Ciencia, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, cuyo objeto es la puesta en marcha de los estudios pertinentes, informes puntuales y estrategias conjuntas para procesos de desarrollo local, especificándose en las bases primera y segunda respectivamente el contenido del proyecto a realizar, y los apoyos al Servicio Técnico de Valoración que se crea en el Ayuntamiento de Gijón y que consistirán en recursos personales o financieros que comprometen las partes correspondiendo al primero de los firmantes la puesta a disposición del Plan de dos Técnicos-Titulados Superiores y un funcionario docente del cupo de la provincia de Asturias... En fecha 11 de diciembre de 1.995, para responder a los objetivos generales fijados en las bases Primera y Segunda ya citadas y al objeto redesarrollar objetivos fijados en el marco del Convenio se acuerda mantener las aportaciones tanto financieras como de personal que se prorrogaran de año en año hasta tanto finalice el programa para el cual fueron aprobadas.." Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de septiembre de 2.005 se autoriza la denuncia del mentado Convenio de Colaboración por haber perdido virtualidad en orden al fin para que fuera suscrito...

  5. -La actora, hace varios años, terminó el desarrollo del proyecto para el que fue contratada, ya quecon posterioridad pasó a formar parte del Servicio de Formación y Desarrollo Local de Gijón quedando finalmente integrada en la denominada Agencia Local de Promoción Económica y Empleo dependiente del Ayuntamiento de Gijón, viniendo desarrollando para el mismo funciones y cometidos totalmente diferenciados de aquellos para los que en un inicio fue contratada, e incluso no solo eso, sino que pasó a depender jerárquicamente y a estar íntegrada en otros Servicios diferentes, dependientes además de una administración, como es el Ayuntamiento de Gijón, diferente a aquella por la que fue contratada, dependiendo jerárquicamente y a estar integrada en otros Servicios diferencies, dependientes además de una administración, como es el Ayuntamiento de Gijón, diferente a aquella por la que fue contratada, dependiendo jerárquicamente de personal de ésta y desarrollando junto con otra compañera en su misma situación sus funciones en locales del Ayuntamiento, junto a personal y sometida a las diferente a aquella por la que fue contratada, dependiendo jerárquicamente de personal de ésta y desarrollando junto con otra compañera Ens. misma situación sus funciones en locales del Ayuntamiento, junto a personal y sometida a las directrices del...

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