STSJ Murcia 761/2006, 10 de Noviembre de 2006

PonenteJULIAN PEREZ-TEMPLADO JORDAN
ECLIES:TSJMU:2006:2576
Número de Recurso1272/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución761/2006
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 761/2006

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA

SECCIÓN PRIMERA

compuesta por los Ilmos. Srs.:

Iltmos. Sres.:

D. MARIANO ESPINOSA DE RUEDA JOVER

Presidente

Dª MARIA CONSUELO URIS LLORET

D. JULIAN PEREZ TEMPLADO JORDAN

Magistrados

ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA nº 761/2006

En Murcia a diez de noviembre de dos mil seis.

En el recurso contencioso administrativo nº 1272/2003, tramitado por las normas del procedimiento ordinario, y referido a: expropiación.

Parte demandante: DOÑA Constanza Y DOÑA Juana , representadas por el Procurador Don Fernando García Morcillo y dirigidas por el Letrado Don Antonio García Morcillo.

Parte demandada: JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACION FORZOSA, representado y dirigido por el Abogado del Estado.Acto administrativo impugnado: Resolución de 16 de diciembre de 2002 del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa en Expediente de Expropiación número 135/2001, tramitado por la Demarcación de Carreteras del Estado a nombre de Doña Constanza y Doña Juana , propietarias de la parcela nº NUM000 , parcela NUM001 del polígono NUM002 de Alcantarilla con una superficie de 867,60 m2, afectada con motivo de la ejecución de las Obras del Proyecto "40-MU-2930. Nueva Carretera Nudos I-6 y II-6 de la A-2 de la Red Arterial de Murcia, Tramo El Palmar-Alcantarilla".

Pretensión deducida en la demanda: Sentencia por la que se deje sin efecto la resolución dictada por la Delegación del Gobierno en Murcia, Secretaría General, Jurado Provincial de Expropiación Forzosa, sobre expediente de expropiación tramitado por la demarcación de carreteras del Estado a nombre de Doña Constanza y Doña Juana , considerando la misma no ajustada a derecho y sobresaltando la obligación de la administración de abonar a éstas, la cantidad que se describe en el informe aportado por esta parte y que asciende a la suma de 37.027,60 euros.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don JULIAN PEREZ TEMPLADO JORDAN, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 14 de abril de 2003, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser la resolución recurrida ajustada al Ordenamiento Jurídico.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 3 de noviembre de 2006.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Interponen el presente recurso número 1272/03 la representación procesal de Doña Constanza y Doña Juana , contra la Resolución del Jurado de Expropiación Forzosa de fecha 16-12-02, por la que se fijaba en 1.798.980 ptas. (10.757,9 €) el justiprecio de la parcela nº NUM000 , parcela NUM001 del polígono NUM002 de Alcantarilla con una superficie de 867,60 m2, afecta a la obra pública 40-MU-2930 Nueva Carretera de la Red Arterial de Murcia tramo El Palmar-Alcantarilla. La fecha de expropiación se retrotrae a 1-10-98.

Las recurrentes solicitan 6.160.875 ptas. ó 37.027,6 €.

SEGUNDO

Sobre la materia que nos ocupa, fijar la valoración de terrenos ocupados a particulares en las expropiaciones, esta Sala ha tenido ocasión de pronunciarse en múltiples ocasiones.

Basta citar, como ejemplo de las tesis sostenidas en...

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