STSJ Murcia 717/2006, 27 de Octubre de 2006

PonenteJULIAN PEREZ-TEMPLADO JORDAN
ECLIES:TSJMU:2006:2549
Número de Recurso1033/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución717/2006
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 717/2006

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA

SECCIÓN PRIMERA

compuesta por los Ilmos. Srs.:

Iltmos. Sres.:

D. ABEL ANGEL SAEZ DOMENECH

Presidente

D. JOAQUIN MORENO GRAU

D. JULIAN PEREZ TEMPLADO JORDAN

Magistrados

ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA nº 717/2006

En Murcia a veintisiete de octubre de dos mil seis.

En el recurso contencioso administrativo nº 1033/2003, tramitado por las normas del procedimiento Ordinario, y referido a: Expropiación.

Parte demandante: DON Rodrigo , DON Eusebio , DOÑA Maribel , representados por la Procuradora Doña María Soledad Cárceles Alemán y dirigidos por el Letrado Don Emilio J. Cárceles Alemán.

Parte demandada: EL JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACION FORZOSA, representado y dirigido por el Abogado del Estado.Parte codemandada: LA ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LA REGION DE MURCIA - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes, representada y dirigida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Acto administrativo impugnado: Resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de fecha 7 de octubre de 2002, recaída en expediente 52/2001 de expropiación forzosa tramitado por la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Pretensión deducida en la demanda: Sentencia por la que con estimación de la demanda, se fije una indemnización a favor de los recurrentes, por la expropiación de su finca (parcela 122, obras de desdoblamiento de la carretera Lorca-Águilas y Ronda Sur-Lorca. Tramo I: Lorca-Purias) de 45.310,51 euros y se condene a la Administración expropiante al pago de dicha suma, más sus intereses de demora y costas del presente procedimiento.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don JULIAN PEREZ TEMPLADO JORDAN, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 20 de diciembre de 2002, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser la resolución recurrida ajustada al Ordenamiento Jurídico.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 20 de octubre de 2006.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Interpone el presente recurso (nº 1033/03) la representación procesal de Don Rodrigo y otros, en solicitud sea anulada la Resolución del JEF de fecha 7-10-02, recaída en el expediente de expropiación S2/01 tramitado por la Dirección General de Carreteras, Consejería de Obras Públicas de la Comunidad Autónoma de Murcia que fijaba el montante indemnizatorio de la parcela de su propiedad sita en Lorca y afectada por la Autovía de Águilas.

A los efectos de este litigio son datos a considerar los siguientes:

Parcela expropiada de 1.731 m2, de un total de 5.000 m2 por lo que queda a la propiedad un resto de

3.269 m2. Suelo rústico plantado de olivos de riego. Fecha de expropiación 24-7-00.

Valoraciones.

Expropiado: 7.539.035 ptas. ó 45.310 €

JEF: 1.712.893 ptas. ó 10.290,74 €

Pericial Judicial: 4.389.068 ptas. ó 26.378,83 €

SEGUNDO

Sobre la materia que nos ocupa fijar la valoración de terrenos expropiados a particulares esta Sala ha tenido ocasión de pronunciarse en múltiples ocasiones.

Basta citar, como ejemplo de las tesis sostenidas en todas ellas, la Sentencia de 20 de junio de 2001, número 472/01 en cuyo...

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