STSJ Galicia 1032/2016, 23 de Febrero de 2016

PonenteRICARDO PEDRO RON LATAS
ECLIES:TSJGAL:2016:752
Número de Recurso4161/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1032/2016
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2016
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax: 881881133 /981184853

NIG: 15078 44 4 2014 0002490

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0004161 /2015 GA

Procedimiento origen: DESPIDO/CESES EN GENERAL 851/2014

Sobre: DESPIDO DISCIPLINARIO

RECURRENTE/S D/ña CONSELLERIA DE EDUCACION E ORDENACION UNIVERSITARIA

ABOGADO/A: LETRADO COMUNIDAD

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: MINISTERIO FISCAL, Rosa, ESCOLA GALEGA DE ADMINISTRACION PUBLICA

ABOGADO/A:, ROSA MARIA VILA AMARELLE, LETRADO COMUNIDAD

PROCURADOR:,,

GRADUADO/A SOCIAL:,,

ILMO SR. D. ANTONIO J. GARCÍA AMOR

ILMA SRª Dª BEATRIZ RAMA INSUA

ILMO SR D RICARDO RON LATAS

En A CORUÑA, a veintitrés de Febrero de dos mil dieciséis.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACIÓN 4161/2015, formalizado por el Letrado de la XUNTA DE GALICIA, en nombre y representación de la CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN E ORDENACIÓN UNIVERSITARIA, contra la sentencia número 155/2015 dictada por el XDO. DO SOCIAL N. 2 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 851/2014, seguidos a instancia de Dª Rosa frente a la CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN E ORDENACIÓN UNIVERSITARIA, la ESCOLA GALEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, con la intervención del MINISTERIO FISCAL siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. RICARDO RON LATAS.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª Rosa presentó demanda contra la CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN E ORDENACIÓN UNIVERSITARIA, ESCOLA GALEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha ocho de Abril de dos mil quince .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: "Primero.- La demandante doña Rosa fue nombrada profesora docente de los siguientes cursos de lengua gallega: Con duración entre el 9 de marzo de 2.011 y el 6 de mayo de 2.011, curso de Lenguaje Administrativo Superior con Código NUM001 de 75 horas de duración impartido en las instalaciones del EGAP./ Con duración entre el 5 de septiembre de 2.011 y el 12 de noviembre de 2.011, curso de Lenguaje Administrativo Medio a través de teleformación con Código NUM003 de 75 horas de duración, resultando designada también como evaluadora./ Con duración entre el 12 de marzo de 2.012 y el 13 de mayo de 2.012, curso de Lenguaje Administrativo Medio a través de teleformación con Código NUM004 ./ Con duración entre el 16 de abril de 2.012 y el 13 de mayo de 2.012, curso de Lenguaje Administrativo Superior con Código NUM002 de 75 horas de duración impartido en las instalaciones del EGAP./ Con duración entre el 2 de septiembre de 2.013 y el 27 de octubre de 2.013, curso de Lenguaje Administrativo Medio a través de teleformación con Código NUM005, resultando también designada como evaluadora en las pruebas de este curso el día 9 de noviembre de 2.013, curso impartido a medio de convenio de colaboración con la EGAP para la formación del personal de Justicia./ Segundo.- La Xunta de Galicía-Conselleria de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria, una vez designados los profesores colaboradores que impartían los cursos de lengua gallega les hacía entrega de la Documentación, del Manual de Examinadores; material didáctico, indicaba a cada uno de los profesores el lugar de impartición de los cursos; convocaba los mismos, seleccionaba el alumnado, efectuaba las sustituciones de los profesores en caso de bajas, fijaba la duración de los cursos (hasta el año 2012 de 75 horas y a partir del año 2012 de 70 horas); concertaba un seguro en caso de accidentes; indicaba el día de inicio y fin del curso, así como los días y horas de impartición de los mismos./ Los profesores que impartían los cursos debían comunicar las incidencias de dicho horario así como las peticiones de cambio de horario que pudieran surgir (por días festivos por ejemplo), de acuerdo con el modelo de calendario y horario del curso que se les entregaba entre la documentación para el profesorado; entregaban los partes de asistencia para control de horarios que debía efectuar el profesorado; les hacían entrega de las instrucciones para la impartición de cursos, tales como modelo de evaluación, tareas del alumnado, trabajos que deberán efectuar, fijaban los parámetros de valoración oral y escrita, hacían entrega de las actas del curso./ Tercero.- La Ley 3/1983 de 15 de junio de normalización lingüística, refiere en el Titulo VI "Da Administración Autonómica e a función normalizadora"./ Cuarto.- Por Orden de 1 de abril de 2005 se regulan los cursos de formación en lengua gallega y las convalidaciones correspondientes (DOG N° 71, 14.04.2005)./ Quinto.- Por Resolución de 29 de diciembre de 2006 se convocan las listas de profesorado colaborador para impartir los cursos de galego promovidos por la SXPL, se establecen los requisitos que deben poseer las personas aspirantes, así como los servicios de baremación que se tendrán en cuenta para la elaboración de las listas y el régimen de llamamiento para impartir los cursos (DOG N° 12, 17.01.2007) en su artículo 10.4 se dispone: «Nomeamento: logo da sua aceptación o profesor o profesora recibirá o correspondente nomeamento para o curso, en cumprimento do previsto no art. 200.3 do RDL 2/2000, do 16 de xuño, polo que se aproba o texto refundido da Leí de contratos das administraciones públicas»./ Según el art. 9 de la citada Resolución: «A SXPL elaborara una única lista de profesorado colaborador para impartir os cursos de lingua galega e/ou de linguaxes especificas no ámbito do territorio da CCAA de Galicia.... A Secretaria Xeral efectuare un pagamento único de 3000 euros por curso, no que se inclúen todos os gastos da profesora ou do profesor, incluido material e desplazamentos»./ En el art. 3 se enumeran los requisitos de las personas que pueden formar parte de la lista de profesorado colaborador para impartir los cursos de galego promovidas por la SXPL./ Sexto.- Por Resolución de 8.3.2007 da SXPL, se modifica la Resolución de 29.12.2006, pola que se convocan las listas de profesorado colaborador para impartir cursos de galego promovidos por la citada secretaria xeral (DOG N° 56, 20.03.2007)./ Séptimo.- Por Orden de 16 de julio de 2007 se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (CELGAS), DOG nº 146, 30 de julio de 2007./ Octavo,- Por Resolución de 10 de agosto de 2007 da SXPL se anuncian, con carácter gratuito, cursos de formación de lengua gallega nivel Celga 1 y Celga 4, para adultos y colectivos de Galicia, para realizar a partir de 20 de septiembre de 2007 (DOG N° 162, 22 de agosto de 2007)./ Noveno.- Por Resolución de 12 de febrero de 2008 da SXPL se anuncian, con carácter gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga 1, Celga 2, y Celga 4, para adultos y colectivos de Galicia, en el año 2008 (DOG N° 35, 19 de febrero de 2008)./ Décimo.- Por Resolución de 13 de noviembre de 2008 se anuncian, con carácter gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga 1, Celga 2, Celga 3 y Celga 4, para particulares (adultos) y colectivos de Galicia, en el año 2009 (DOG N° 234, 2 de diciembre de 2008)./ Décimoprimero.- Por Resolución de 2 de febrero de 2009 de la SE y de la SXPL se anuncian, con carácter gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga y de extensión cultural para gallegos residentes no exterior y personas interesadas en el idioma y en la cultura de Galicia (DOG N° 28, 10 de febrero de 2009)./

Décixrtosegundo.- Por Resolución de 4 de enero de 2010 de la SXPL se anuncian, con carácter voluntario y gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga 1, Celga 2, Celga 3 y Celga 4, para particulares (adultos) y colectivos de Galicia, en el año 2010 (DOG N° 5, 11 de enero de 2010)./ Décimotercero.- Por Resolución de 4 de junio de 2010 de la SE y de la SXPL se anuncian, con carácter gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga y de extensión cultural para gallegos residentes no exterior y personas interesadas en el idioma y en la cultura de Galicia (DOG N° 109, l0 de junio de 2010)./ Décimocuarto.- Por Resolución de 13 de enero de 2011 de la SXPL se anuncian, con carácter voluntario y gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga 1, Celga 2, Celga 3 y Celga 4, para particulares (adultos) y colectivos de Galicia, en el año 2011 (DOG N° 12, 19 de enero de 2011)./ Décimoquinto.- Por Resolución de 24 de junio de 2011 de la SE y de la SXPL se anuncian, con carácter gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga y de extensión cultural para gallegos residentes no exterior y personas interesadas en el idioma y en la cultura de Galicia (DOG N° 134, 13 de julio de 2011)./ Décimosexto- Por Orden de 4 de enero de 2012 de la SXPL se anuncian, con carácter voluntario y gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga 1, Celga 2, Celga 3 y Celga 4, para particulares (adultos) y colectivos de Galicia, en el año 2012 (DOG N° 5, 9 de enero de 2012)./ DécimoseptimoPor Resolución de 27 de diciembre de 2012 de la SXPL se anuncian, con carácter voluntario y gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga 1, Celga 2, Celga 3 y Celga 4, para particulares (adultos) y colectivos de Galicia, en el año 2013 (DOG N° 4, 7 de enero de 2013)./...

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