STSJ Comunidad de Madrid 41/2016, 22 de Enero de 2016

PonenteMARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA
ECLIES:TSJM:2016:351
Número de Recurso864/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución41/2016
Fecha de Resolución22 de Enero de 2016
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 01 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta Baja - 28010

Teléfono: 914931977

Fax: 914931956

34002650

NIG : 28.079.00.4-2014/0044689

Procedimiento Recurso de Suplicación 864/2015-D

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 03 de Madrid Despidos / Ceses en general 997/2014

Materia : Despido

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número: 864/2015

Sentencia número: 41/2016

D

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER

Ilma. Sra. Dª MARIA JOSÉ HERNÁNDEZ VITORIA

En la Villa de Madrid, a veintidós de enero de dos mil dieciséis, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 864/2015 formalizado por el Sr. Letrado D. ALVARO SUAREZ SANCHEZ DE LEÓN en nombre y representación de "ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A." contra la sentencia de fecha 28/07/2015 dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de MADRID, en sus autos número 997/2014 seguidos a instancia de D. Inocencio frente a "ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A.", en reclamación por DESPIDO, siendo Magistrada-Ponente la Ilma. Sra. Dª. MARIA JOSÉ HERNÁNDEZ VITORIA y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

El demandante Sr D. Inocencio con DNI.. prestó servicios para la empresa demandada Atlas Servicios Empresariales SAU, con antigüedad de 31-10-2007, categoría profesional de administrativo nivel 2, y percibiendo un salario bruto mensual de 948,50 euros con inclusión de pp de pagas extras.

SEGUNDO

El trabajador el día 31-10-2007 suscribió con la empresa demandada contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo parcial, en la modalidad de obra o servicio determinado; para prestar servicios como grabador de datos, categoría profesional nivel 2, especificando un período de duración desde el 31-10-2007 hasta fin de obra o servicio. En la cláusula sexta como objeto de la obra o servicio se especifica "Obra y servicio para la externalización de la actividad de grabador de datos según contrato de arrendamiento entre Atlas Servicios Empresariales SA y AENA .

TERCERO

El 23-5-2008 se aprueba el Pliego de Prescripciones Técnicas para "el Servicio de Atención al Cliente en Acreditaciones de Seguridad y otras autorizaciones administrativas en el Aeropuerto Madrid -Barajas.

El objeto de dicho documento es determinar las prescripciones técnicas que han de regir la prestación del servicio de Acreditaciones de Seguridad así como de otras autorizaciones administrativas- . En el punto 2.1 se describe el servicio que se desarrollará por la empresa adjudicataria y que consiste en las siguientes tareas:

Confección de acreditaciones y autorizaciones personales, para lo que se realizará comprobación y seguimiento de la documentación recibida, así como información sobre el estado de la misma al interesado hasta la conclusión del proceso administrativo (elaboración de escritos, cartas, archivos, confección de acreditaciones y autorizaciones)

Confección de Autorizaciones de vehículos, así como los trámites para concederlas.

Recepción de documentación, tanto personalmente en atención al público, como vía correo electrónico, ordinario, fax o cualquier otro medio.

Archivo de la documentación generada.

El coordinador presentará presentará un informe semanal, detallando la prestación del servicio al Director del expediente o a la persona que este designe, así como informes sobre las actividades que demande el Director del expediente, relacionadas con la prestación del servicio (informes estadísticos, plazos de entrega, quejas y reclamaciones, incidencias, etc.)

Propuesta de mejoras y optimizaciones.

Atención telefónica/personal a clientes internos/externos.

Preparación y realización del proceso de emisión de Permisos de Conducción en plataforma (PCP's) y procedimientos asociados.

Control y gestión de la caducidad asociada a los PCP's.

Realización, desarrollo y análisis de diferentes procesos que acoge la oficina.

Entrega de pliegos/proyectos publicados a las empresas que lo requieran.

Recepción de ofertas presentadas por las empresas a diferentes licitaciones, atendiendo a la Norma de Contratación de Aena. Mantenimiento y actualización de la información referente al aeropuerto de Madrid-Barajas que aparece en la Web de Aena; detección de omisiones o cambios, recopilación de información y procesamiento de la información.

El lugar de ejecución se fija en el Aeropuerto Madrid- Barajas ; la duración del contrato de 3 años, pudiendo prorrogarse por mutuo acuerdo entre las partes, por un periodo de dos años; siendo la forma de contratación por concurso público.

CUARTO

En el año 2008 se creó en el Aeropuerto de Madrid-Barajas la Oficina Saeta (Servicio Aeroportuario Especializado en Trámites Administrativos) situada en la Terminal-2. Saeta está constituida por las siguientes oficinas: el Registro General, la gestión de acreditaciones, autorizaciones de vehículos, gestión de permisos de circulación en plataforma (PCP), el Centro de Documentación y el Servicio de Conserjería.

QUINTO

El 29-7-2008 se publica el Pliego de Clausulas Administrativas particulares para la contratación de servicios por el procedimiento abierto de concurso nº MAD 932/08 de 29-7-2008, siendo licitadora y adjudicataria la empresa demandada Atlas Servicios Empresariales SA.

SEXTO

El 22-4-2009 Atlas Servicios Empresariales SA como empresa adjudicataria del contrato MAD 932/2008 titulado "Servicio de Atención al Cliente en Acreditaciones de Seguridad y otras Autorizaciones administrativas en el Aeropuerto Madrid. Barajas.", suscribió con AENA contrato para la prestación de dichos servicios.

SÉPTIMO

El 31 de marzo de 2009, la empresa demandada comunico al actor, que era adjudicataria del concurso MAD 932/08 en Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea; y que su contrato de trabajo quedaba prorrogado automáticamente hasta el termino del indicado concurso que, previsiblemente sería el día 30-4-2012. Con fecha 1 de mayo de 2009, la empresa y el trabajador acuerdan la modificación del contrato de trabajo firmado entre las partes el día 31-10-2007, en los términos que se especifican : categoría profesional : el trabajador prestará servicios como administrativo incluido en el grupo profesional /categoría/ nivel 3, de acuerdo con el sistema de clasificación vigente en la empresa, en el centro de trabajo: Aeropuerto Madrid Barajas-Oficina SAETA-Terminal 2.; siendo la jornada de trabajos: A tiempo parcial de 7 horas diarias de lunes a viernes; remuneración 1.030,33 euros brutos, sueldo 948,51 euros y plus transporte mensual de 81,82 euros.

OCTAVO

El 30-4-2012 la empresa demandada acuerda que el actor preste sus servicios en el servicio que la empresa tiene externalizado en AENA Aeropuertos SA, realizando funciones de Emisión de tarjetas de Seguridad y PCP; en la cláusula segunda y tercera acuerdan reducir su salario, medidas que entraran en vigor el día 1-5-2013 con una validez de un año hasta el 30-4-2014.

NOVENO

El 21-3-3-2013 el Organismo AENA, Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea y la empresa demandada Atlas Servicios Empresariales SA acuerdan prorrogar el contrato de arrendamiento de servicios por un período de un año desde el 1 de mayo de 2013 al 31-4- 2014.

DÉCIMO

El 30-4-2013 los trabajadores y la empresa demandada llegaron a un Acuerdo de reducción temporal del salario, por el cual reducían un 12% el salario bruto anual por un año. Dicha reducción entró en vigor el día 1-5-2013, aplicándose a partir de la nómina de mayo de 2013 con una validez de un año, hasta el 30 de abril de 2014.

UNDÉCIMO

En septiembre de 2013 se publica el Pliego de condiciones técnicas del Expd.MAD 341/2013 "expe. Servicio de Atención al Cliente en acreditaciones de Seguridad y otras Autorizaciones Administrativas en el Aeropuerto Madrid-Barajas" y en diciembre de 2013 se publica el Pliego de Prescripciones Administrativas del exp MAD 341/2013, licitando la empresa Eulen SA, que resultó adjudicataria de dicho servicio con fecha 20 de mayo de 2014 y por un plazo de ejecución de 12 meses.

DUODÉCIMO

La empresa demandada el 30-4-2014 no procedió a regularizar los salarios de los trabajadores, manteniendo la rebaja del 12% en dichos salarios .

DÉCIMOTERCERO

El 11-7-2014 el demandante presento papeleta de conciliación ante el SMAC en reclamación de cantidad contra la empresa demandada con la pretensión de que se le abonase la cantidad reclamada al no haber procedido la...

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