DECRETO 146/2001, de 6 de septiembre, por el que se crea y regula el Consejo de Promoción del Desarrollo de la Comunidad de Madrid.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

Los factores sobre los que se asienta la competitividad de las empresas han ido variando a lo largo de los últimos años, siendo ahora los aspectos más relevantes los relacionados con la transferencia de tecnología y la implementación de la sociedad del conocimiento y de la información.

La liberalización de los sectores de la comunicación y la energía, unido a la importancia creciente de los aspectos tecnológicos en el desarrollo del sistema productivo, aconsejan la potenciación de las políticas de fomento y planificación de la actividad económica y el desarrollo regional a través de fórmulas de paticipación de todos los implicados en la nueva realidad socioeconómica de nuestra Región.

La estructura de la Consejería de Economía y Empleo se modificó mediante el Decreto 177/2000, de 20 de julio, para intentar adaptar la misma a los nuevos retos de la sociedad de la información y las nuevas tecnologías. De esta manera, se atribuyen al Viceconsejero funciones de estímulo de la transferencia de tecnología, fomento de la creación de instrumentos empresariales para el desarrollo de la sociedad del conocimiento o definir programas de apoyo a las empresas para el aprovechamiento de las infraestructuras de comunicación y la utilización de los servicios que provee la sociedad de la información.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y 50.2 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, oído el Consejo Económico y Social, a propuesta del Consejero de Economía y Empleo y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid en su reunión de 6 de septiembre de 2001

DISPONGO

Artículo 1

Creación, naturaleza y adscripción

  1. Se crea el Consejo de Promoción del Desarrollo de la Comunidad de Madrid como órgano colegiado, consultivo y de asesoramiento, con la finalidad de promover e impulsar, en el actual contexto de la nueva economía, el desarrollo económico de la Comunidad de Madrid para mejorar el empleo, la competitividad, la innovación, la dinamización tecnológica y la internacionalización de las empresas madrileñas, propiciando la participación y coordinación de todos los agentes implicados.

  2. A los efectos previstos en el artículo 22.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Consejo de Promoción del Desarrollo de la Comunidad de Madrid quedará adscrito a la Consejería de Economia y Empleo.

Artículo 2

Funciones

El Consejo de Promoción del Desarrollo de la Comunidad de Madrid tendrá las siguientes funciones:

  1. Elaborar propuestas de directrices económicas a largo plazo para el desarrollo económico sostenible en la Comunidad de Madrid.

  2. Actuar como órgano de concertación de los programas de desarrollo económico en la Comunidad de Madrid.

  3. Proponer la organización de actividades y eventos dirigidos a la promoción de la economía madrileña y el desarrollo del conocimiento económico de la Comunidad de Madrid.

  4. Elevar a la Consejería de Economía y Empleo propuestas de interés para las políticas comunitarias que afecten al desarrollo económico regional.

  5. Proponer actuaciones para el desarrollo integrado y equilibrado de las distintas zonas de la Comunidad de Madrid.

  6. Apoyar el dinamismo económico de la Región con la propuesta de medidas para la internacionalización de las empresas y la captación de inversiones extranjeras en Madrid.

  7. Elaborar propuestas concretas de actuación para la mejora del empleo, la competitividad y la transferencia de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR