STSJ Andalucía 1982/2015, 17 de Diciembre de 2015

PonenteRAUL PAEZ ESCAMEZ
ECLIES:TSJAND:2015:13109
Número de Recurso1816/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1982/2015
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2015
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA

Avda. Manuel Agustín Heredia nº 16

N.I.G.: 2906744S20150001406

Negociado: RM

Recurso: Recursos de Suplicación 1816/2015

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº9 DE MALAGA

Procedimiento origen: Despidos / Ceses en general 125/2015

Recurrente: DIPUTACION PROVINCIAL DE MALAGA

Representante: CONCEPCION SERRANO LUQUE

Recurrido: Rosalia y Saturnino

Representante:IGNACIO BARRIONUEVO SOLER

Sentencia Nº 1982/15

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. RAMÓN GÓMEZ RUIZ,

ILTMO. SR. D. RAÚL PÁEZ ESCÁMEZ

En la ciudad de Málaga a diecisiete de diciembre de dos mil quince

La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA CON SEDE EN

MÁLAGA, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen, ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el Recursos de Suplicación interpuesto por DIPUTACION PROVINCIAL DE MALAGA contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL Nº9 DE MALAGA, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. RAÚL PÁEZ ESCÁMEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Rosalia y Saturnino sobre Despidos / Ceses en general siendo demandado Rosalia y Saturnino habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 28 de Mayo de 2015 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

Primero

Que D. Saturnino y Dª. Rosalia, han prestado servicios para la empresa Publica Provincial para la Vivienda de Málaga SAU, D. Saturnino desde el 2-2-98 con la categoría profesional de coordinador de informática y salario de 3015,07 € incluida prorrata de pagas extraordinarias con reducción de jornada por guarda legal y salario de 3456,05 € sin computo de la reducción de jornada y Dª. Rosalia desde el dia 5-12-07 ostentando la categoría profesional de oficial administrativo de 1º y percibiendo un salario mensual de 2812,78 € € incluida prorrata de pagas extraordinarias.

Segundo

Que los actores el dia 29-12-14 recibieron carta de despido en el que se alegaban causas objetivas con efectos de 29-12-14, que obra a los folios 28 a 33 y 514 a 519, correspondiendo a D. Saturnino la suma de 41.993,72 € en concepto de indemnización y 1424,98 € por falta de preaviso y a Dª. Rosalia de

34.237,10 € en concepto de indemnización y 1149,64 € por falta de preaviso .

Tercero

Que el actor D. Saturnino es delegado sindical de la seccion sindical de CCOO de EMPROVIMA y Dª Rosalia no ha ostentado durante el último año la condición de representante legal de los trabajadores ni se encuentra afiliada a sindicato alguno.

Cuarto

Que la parte actora ha interpuesto reclamación previa el 26-1-15 ante la Excelentísima Diputación provincial de Málaga que fue desestimada por resolución de 19-2-15 . Y reclamaciones previas contra las empresas Empresa Publica Provincial para la Vivienda de Málaga SAU y Patronato Provincial de Turismo Málaga Costa del Sol SL .

Quinto

Que La Empresa Pública Provincial para la Vivienda de Málaga, S.A.U. (EMPROVIMA) fue constituía por tiempo indefinido el día 18 de noviembre de 1997; su capital social está íntegramente constituido y desembolsado por la Diputación Provincial de Málaga; su objeto social es la promoción y participación en aquellas actividades relativas a la ejecución de planes de urbanismo, mediante actuaciones de gestión urbanística y de promoción del suelo para fines residenciales, de equipamiento y de servicios en el ámbito de la provincia de Málaga; la actividad desarrollada ha consistido, en la promoción de viviendas de protección oficial en régimen de venta o alquiler, la gestión de Registros Públicos Municipales de demandantes de vivienda protegida así como la gestión del patrimonio propio

Sexto

En sesión del pleno de la Excelentísima Diputación Provincial de Málaga de 12-5-09 se aprobaron modificaciones de los Estatutos de la empresa EMPROVIMA que obra a los folios 555 a 560 .

Séptimo

Consta informe económico de EMPROVIMA a los folios 73 a 93 de fecha 30-9-13 en el que se describe la situación de la empresa y que concluye que a pesar de haber caído la actividad de la compañía casi un 96 % en el periodo de 2009 a 2013, los gastos de personal y servicios exteriores solo han caído un 19 % en el mismo periodo lo que provoca una situación de sobredimension de la estructura de la sociedad, las previsiones para los años 2013 y 2014 proyectan perdidas importantes en el supuesto de mantener la estructura de gastos actual, mantener el ritmo actual de ventas y a pesar de aumentar los ingresos por alquileres, recomendando dimensionar los gastos de estructura de la compañía, reduciéndolos para ponerlos en relación con el nivel de actividad actual y esperada .

Octavo

Consta informe de auditoria sociolaboral y de recursos humanos de EMPROVIMA a los folios 94 a 162, de 30-9-13 que concluye la necesidad de que la empresa adopte las medidas laborales que correspondan para adecuar su plantilla al volumen de actividad y reducir sus altos costes salariales .

Noveno

El 3-11-14 se presenta propuesta de la Diputada Delegada de Economia y Hacienda al Pleno referente a la aprobación del plan de reestructuracion del Sector Publico provincial, folios 163 a 188, conclusiones, la empresa que se mantiene sera la sociedad Turismo Málaga - Costa del Sol SL que tendrá como objeto principal la planificación, el desarrollo y la promoción turística de la provincia de Málaga, esta sociedad absolvera a la SOPDE tras la absorcion sus activos, pasivos y empleos se integraran en la sociedad absorvente, respecto a EMPROVIMA SAU la reducción intensa de su actividad inmobiliaria, ha tenido como consecuencia la disminución de su volumen de negocio, cuantificando esta bajada desde 2008 en un 96 % la sociedad es inviable económicamente, la solución a adoptar sera la formula de disolución sin liquidación mediante la cesión global de sus activos ( viviendas y locales de VPO y VPP ) y pasivos ( deuda financiera y comercial ) a favor de su único socio Diputación . La asociación Patronato de Turismo Málaga - Costa del Sol, la formula es la cesión global de sus activos y pasivos a favor de uno se sus socios Diputación de Málaga .

Décimo

En sesión extraordinaria y urgente del pleno de 5-11-14 se aprobó el plan de reestructuracion del sector publico provincial .

Décimo Primero

En BOP de 10-11-14 se publico dicho plan de reestructuracion del sector publico provincial . Décimo Segundo : En escritura Publica de fecha 29-12-14 se elevo a Publico al cesión global de activos y pasivos de la Empresa Publica Provincial para la Vivienda de Málaga SA Unipersonal a la Excelentísima Diputación Provincial de Málaga ( folios 219 a 238 ).

Décimo Tercero

En acta de Junta General Extraordinaria de 21-11-14 se aprobó la cesión de activos y pasivos de EMPROVIMA a la Diputación, se aprobó la relación y valoración de activos y pasivos ( folios 257 a 264 ), en cuanto a los empleos se hace constar la decisión del cese total de sus actividades, extinguir la totalidad de los contratos de trabajo de la plantilla y proceder a su disolución sin liquidación mediante la cesión de sus activos y pasivos a su socio único Diputación de Málaga .

Décimo Cuarto

El 6 de septiembre de 2013, se celebró reunión del Consejo de Administración de la Empresa Pública Provincial para la Vivienda de Málaga, S.A.U. en la que, a propuesta de la presidenta, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: "...llevar a cabo por el procedimiento que resulte legalmente adecuado, la adopción de las medidas necesarias, incluidas las laborales, para la adecuación y/o supresión de las líneas de actividad carentes actualmente de actividad o sin previsión de la misma, manteniendo el desarrollo de aquellas actividades relacionadas con el registro de demandantes de viviendas de protección oficial, así como se acuerda autorizar a la Sra. Gerente, para tras las reuniones y negociaciones que de acuerdo con la normativa legal sean oportunos y necesarios, pueda adoptar las medidas organizativas, económicas y laborales necesarias para la adecuación de la estructura y organización de la empresa a su situación financiera y operativa actual y su previsión de actividad, para la desaparición de las líneas y áreas de actividad carentes de contenido efectivo actualmente o sin previsión inmediata de este, manteniendo el desarrollo de aquellas relacionadas con el registro de demandantes de viviendas de protección oficial, mediante la adopción de cuantas medidas organizativas, económicas y laborales fuesen necesarias al efecto, otorgándole para ello todas aquellas facultades especiales necesarias para realizar, en nombre y representación de la empresa, cuantos actos fueran necesarios o convenientes a este objeto, incluyendo -entre otros- la adopción de cuantos acuerdos sean procedentes dentro de la legalidad vigente, la firma de cuantos documentos resulten pertinentes, la negociación con los trabajadores o sus representantes legales de cuantas medidas o acuerdos resulten adecuados, la elaboración y modificación de propuestas y la valoración de las que se presenten a la empresa con este fin, la interlocución con la autoridad laboral y la inspección de trabajo, y cualesquiera otros organismos procedentes, etc..."

Décimo Quinto

El 26 de septiembre de 2013 la Gerente de la empresa comunicó al representante legal de los trabajadores el inicio de un procedimiento de despido colectivo. En...

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