SAP Salamanca 7/2016, 18 de Enero de 2016

PonenteJOSE ANTONIO VEGA BRAVO
ECLIES:APSA:2016:7
Número de Recurso485/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución7/2016
Fecha de Resolución18 de Enero de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SALAMANCA

SENTENCIA: 00007/2016

SENTENCIA NÚMERO: 7/2016

ILMO. SR. PRESIDENTE:

DON JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DON JOSE ANTONIO VEGA BRAVO

DOÑA MARIA LUISA MARRO RODRIGUEZ

En la ciudad de Salamanca a dieciocho de Enero de dos mil dieciséis.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación el JUICIO DE LIQUIDACIÓN SOCIEDAD DE GANANCIALES Nº 1594/2014 del Juzgado de Primera Instancia Nº8 Salamanca, Rollo de Sala Nº485/2015; han sido partes en este recurso: como demandante-apelanteDON Evelio representado por la Procuradora Doña María Teresa Fernando Iglesias y bajo la dirección del Letrado Don Manuel Santos Pérez Moneo y como demandado-apelado DOÑA Almudena representada por la Procuradora Doña María Ángeles Prieto Laffargue y bajo la dirección de la Letrada Doña Ana Briz García.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día 1 de septiembre de 2015 por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia Nº8 de Salamanca se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda de inventario presentada por la Procuradora Doña María Teresa Fernando Iglesias en nombre y representación de D. Evelio contra Doña Almudena debo declarar y declaro como inventario de la sociedad ganancial:

    Activo:

    1. Vivienda en planta NUM000 letra NUM001 del edificio sito en CALLE000, DIRECCION000 y CALLE001 de Salamanca.

    2. Taladro de pilas con cargador y estuche, taladro eléctrico con accesorio y estuche, soldador eléctrico de estaño con accesorio y estuche, soldador de soldar plástico eléctrico con cartuchos, pistola de silicona, martillos, juegos destornilladores, llaves grifa y allen, banco de trabajo con tornillos y herramientas y vestuario laboral.

    3. Ajuar de vivienda consistente en modular grande, mesa de comedor con siete sillas, sofás de tres y dos plazas, mesita baja, estantería negra, espejo, reloj de pared, cortinas, dos lámparas de píe, lámpara de techo, televisor plasma 42", equipo música y alfombra, vitrina en pasillo, en dormitorio hijos mueble nido con literas y dos camas, lámpara de techo, store, ordenador de sobremesa con impresora, ordenador portátil y televisor, en dormitorio matrimonio, cama, dos mesillas con lámpara, coqueta, descalzador, mesita baja, cortinas y lámpara de techo; en cocina amueblada de dos filas de armarios y electrodomésticos (televisión, congelador, frigorífico, microondas, vitroceramica, lavadora y horno) además de varios cuadros y vajilla y objetos de uso y ornamentación habituales.

    4. Suzuky matrícula N-....-CNC .

    5. Moto derbi de 49 cc.

    6. Saldo cuentas de Caja Duero NUM002 y NUM003 a fecha de 10-7-14.

    7. Colgante de oro de cuello con mano.

    No ha lugar a imponer costas.

  2. - Contra referida sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandante quien después de hacer las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones terminó suplicando. "se dicte resolución por la que revoque parcialmente la sentencia de instancia en el sentido de incluir en la misma todas y cada una de las partidas que han sido objeto del presente recurso a saber:

    Activo: saldos de las cuentas NUM002 y NUM003 de caja Duero a fecha 31/10/13, por importes respectivos de 637,00 euros y 100,37 euros.

    Pasivo: Deudas de la Sociedad de Gananciales frente a don Evelio :

    Jazztel..................................................................................148,76€

    VISA.....................................................................................287,10€

    Cuota préstamo.......................................................................121,22€

    Seguro domestico...................................................................149,59€

    Corte Inglés............................................................................59,00€

    Recibo Agua...........................................................................62,54€

    Gastos telefónicos..................................................................593,02€

    Pago deuda por disposición tarjeta crédito...................................391,70€

    Pago deuda por disposición tarjeta crédito..................................470,03€

    1. Deudas de la Sra. Almudena Frente a Don Evelio :

    Retirada efectivo Sra. Almudena .............................................400,00€

    50% IBI 2º semestre 2013 y 1º semestre 2014...............................259,74€

    Dado traslado de dicho escrito a la representación jurídica de la parte contraria por la misma se presentó escrito en tiempo y forma oponiéndose al recurso de apelación e impugnando la Sentencia para terminar Suplicando: "se dicte otra que confirme íntegramente la recurrida con expresa imposición de costas al apelante."

  3. - Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno Rollo y se señaló para la votación y fallo del presente recurso de apelación el día 15 de enero de 2016 pasando los autos al Ilmo. Sr. MagistradoPonente para dictar sentencia.

  4. - Observadas las formalidades legales.

    Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON JOSE ANTONIO VEGA BRAVO .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora fundamentó su recurso de apelación en el error en la valoración de la prueba respecto de la fecha de disolución de la sociedad de gananciales, que en el presente caso ha de ser la fecha del abandono de la vivienda; así como error en la valoración de la prueba respecto a la exclusión de distintas...

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