STSJ Comunidad de Madrid 497/2005, 10 de Junio de 2005

PonenteENRIQUE JUANES FRAGA
ECLIES:TSJM:2005:12617
Número de Recurso1357/2005
Número de Resolución497/2005
Fecha de Resolución10 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº

En el recurso de suplicación nº 1357/05 interpuesto por el Letrado Dª Mª DEL ROCÍO FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ en nombre y representación de Dª Beatriz Y Dª María del Pilar y por la Letrado Dª Loreto Gil Ferro en nombre de EMPRESA MUNICIPAL DEL SUELO S.A (EMS), contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 26 de los de MADRID, de fecha 8 DE OCTUBRE DE 2003 , ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. ENRIQUE JUANES FRAGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 138/03 del Juzgado de lo Social nº 26 de los de Madrid

, se presentó demanda por Dª Beatriz Y Dª María del Pilar contra, FEDERACION MADRILEÑA DE SQUASH, CIUDAD DEPORTIVA DELA COMUNIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID, INSTITUTO MADRILEÑO DEL DEPORTE EL ESPARCIMIENTO Y LA RECREACION, EMPRESA MUNICPAL DEL SUELO S.A. en reclamación de CANTIDAD, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en 8 DE OCTUBRE DE 2003 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

" Que estimo en parte la demanda interpuesta por Beatriz y María del Pilar contra FEDERACION MADRILEÑA DE ESQUASH, CIUDAD DEPORTIVA DELA CAM, AYUNTAMIENTO DE MADRID, INSTITUTO MADRILEÑO DEL DEPORTE, ESPARCIMIENTO Y RECREACION Y EMPRESA MUNICIPAL DEL SUELO S.A., y declaro el derecho de las actoras a ser trabajadoras con una relación laboral indefinida de la EMPRESA MUNICIPAL DEL SUELO SA desde el 4.12.00, Beatriz y desde el 3.04.01, María del Pilar

."

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

PRIMERO

E1 4.12.2000 Beatriz suscribe contrato de trabajo por tiempo indefinido con federación Madrileña de Squash para prestar servicios como auxiliar administrativo.

(doc. n° 1 de la prueba de la actora).

SEGUNDO

María del Pilar prestó servicios para Federación Madrileña de Squash desde el

2.4.2001.

(doc. n° 3 de la actora).

E1 15.6.2001 le comunica que el 2.7.2001 cesará en la prestación de servicios.

(doc. 98 de la actora).

E1 30.7.2001, suscribe contrato de trabajo de duración determinada con Federación Madrileña de Squash, para prestar servicios como monitora con la categoría de ayudante no titulado.

(doc. n° 10 de la actora).

TERCERO

El 3.3.1994 fue constituida la empresa pública "CIUDAD DEPORTIVA DE LA COMUNIDAD DE MADRID SA", cuyo capital social fue suscrito por la Administración de la Comunidad de Madrid.

(doc. n° 1 del IMDER).

La empresa Ciudad Deportiva de la Comunidad de Madrid SA es una anónima participada al cien por ciento por la Comunidad de Madrid y constituída el 9 de Junio 94, con el fin de gestionar el Estadio de las instalacioners deportivas sitas en el Paseo de Arcentales (el Complejo deportivo llamado coloquialmente "La Peineta"), con domicilio Social en Madrid C/Alcalá 31 y una Agencia central sita en el Paseo de Arcentales. (folios 1990 y s.s.).

La Federación Madrileña de Squash es una entidad sin ánimo de lucro cuyos objetivos son la promoción y desarrollo del deporte del squash en la Comunidad de Madrid.

Ambas entidades firmaron con fecha 1 Diciembre 94 un acuerdo de colaboración para el desarrollo y la promoción del deporte del Squash y las actividades complementarias que se realicen en el CentroDeportivo ubicado en las Instalaciones del Estadio de la Comunidad de Madrid. Dicho Acuerdo obra en autos, dándose por reproducido (folios 821 y s.s y repetido luego en la documental de Ciudad deportiva, a los folios 960 y s.s) y ha sido objeto de renovaciones en los años 95,96 (dos veces) y 2000, que obran a los folios 911 y s.s).

De dicho acuerdo cabe destacar que:

  1. La Federación Madrileña de Squash "se compromete mediante la firma de este acuerdo, a la prestación con su propio personal y sin ánimo de lucro, de la asistencia técnica necesaria para el desarrollo del squash y actividades complementarias dentro de las dependencias del Estadio de la Comunidad de Madrid".

  2. La "finalidad que se persigue con este acuerdo es la promoción del deporte en general y del squash en particular".

  3. Ciudad deportiva de la Comunidad de Madrid SA (que a la razón estaba representada por D. Antonio como Director) abonará ala Federación Madrileña por la prestación de sus servicios la cantidad de

    1.618.200 ptas mensuales, más un 10% delos beneficios obtenidos anualmente.

  4. Será obligtación de laq Federación Madrileña de Squash, entre otras "Porporcionar el personal de su plantilla, debidamente capacitado, necesario para el desarrollo de los servicios y actividades realizadas en el Centro Deportivo, exonerado de toda responsabilidad o Ciudad Deportiva de la Comunidad de Madrid Sal,.

  5. Una de las modificaciones del Convenio, la de fecha 6 de Junio 96, tuvo lugar con el fin de "Coordinar y adaptarse a la vigencia de los contratos por lanzamiento de nueva actividad formalizados con algunos de los trabajadores (folio 961) de la Federación Madrileña de Squash en el Centro deportivo del Estadio, con lo que se amplio la duración del Convenio en 14 días para no "dificultar cualquier toma de decisión al respecto". Igualmente el 30 Diciembre 99 se novó el Acuerdo en lo relativo al importe a la Federación Madrileña de Squash, "por necesidades de coordinación y adaptación de la situación laboral de los trabajadores del Centro Deportivo del Estadio de la Comunidad.

    (hechos probados 1°, 2°, 3° de la sentencia del J. Social n° 19 de Madrid, autos 686/2002 y acumulados).

    En la renovación, efectuada el 24.10.2000, del acuerdo de colaboración se modificó la estipulación quinta que quedó redactada en los siguientes términos:

    "Ciudad Deportiva de la Comunidad de Madrid, SA, abonará a la Federación Madrileña de Squash un 10% de los beneficios obtenidos anualmente en el Centro Deportivo, basados en los siguientes criterios de determinación:

    Ingresos totales por inscripciones, cuotas o cualquier evento que se efectúe,

    .Menos: Gastos, los de personal en plantilla o autónomos (incluido el Director del Centro Deportivo).

    .Estos importes serán obtenidos sin IVA.

    .Se establece en cualquier caso, una línea económica, que garantizará unos mínimos y máximos a percibir por este concepto, por la citada Federación.

    Estos importes serán:

    .Mínimo: 6 millones.

    .Máximo: 10 millones.

    Estos importes resultantes, no incluyen IVA correspondiente".

    (doc. n° 2 del IMDER).

CUARTO

La empresa Ciudad Deportiva de la Comunidad de Madrid SA tiene un Director Gerente(actualmente el Sr. D. Alvaro , hasta hace poco el Sr. Luis Enrique ) que a su vez nombra a un Director del Centro Deportivo, personal de plantilla de la empresa Ciudad Deportiva, que inicialmente entre 1994 y 1997 fue el Sr. Víctor .

Existe a su vez desde el 1.4.02 un director Técnico de todo el Complejo deportivo, que es el Sr. Lucio (Director de Operaciones), personal de plantilla de la empresa Ciudad Deportiva de la Comunidad de Madrid. Desde que en 1997 salió Víctor , existe un director Técnico del Centro Deportivo en plantilla de la Federación Madrileña de Squash que es el Sr. Ignacio , ocupándose también de la Dirección del Centro Deportivo Sr. Luis Enrique al menos hasta el final del año 2001. (hecho probado 5° de la sentencia del J. Social 19 de Madrid, autos 686/2002 ).

QUINTO

E1 24.7.2002, el Presidente de la Comunidad de Madrid y el Alcalde del Ayto de Madrid firman un convenio de colaboración para la regularización de fincas de uso deportivo y para el desarrollo urbanístico de las mismas. (doc. n°3 del IMDER, en virtud del cual "existe un Convenio de Colaboración de fecha 24 de Julio 2002 entre el Excmo. Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid (obra en autos, folios 1030 y s.s.) en virtud del cual la Comunidad de Madrid disolverá la empresa Ciudad Deportiva de la Comunidad de Madrid SA y el Ayuntamiento se subrogará en las condiciones que actualmente ostenta la Comunidad de Madrid con la Federación de Squash para la Gestión del Centro Deportivo".

(hecho probado 8° de la sentencia del J. Social n° 19 de Madrid, autos

686/2002).

SEXTO

Por la ley de la Comunidad de Madrid, publicada en el BOCM de 23.12.2002, se disuelve la empresa pública o Ciudad Deportiva de la Comunidad de Madrid, SA", realizándose la cesión global de su activo y pasivo al Instituto Madrileño del Deporte, el Esparcimiento y la Recreación, y el personal se integró como personal laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid, con el mismo carácter temporal o fijo de su relación de empleo, en el IMDER.

(doc. n° 4 de la Empresa Municipal del Suelo SA - EMS SA).

SEPTIMO

E1 31.1.2003 el Ayto de Madrid-Gerencia de Urbanismo y la Empresa Minicipal del Suelo SA (EMSA, SA) firman un convenio...

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