SAP Valladolid 99/2009, 30 de Abril de 2009
Ponente | JOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN |
ECLI | ES:APVA:2009:379 |
Número de Recurso | 93/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 99/2009 |
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª |
SENTENCIA: 00099/2009
RA
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 93 /2009
SENTENCIA Nº 99
ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
SECCION PRIMERA
Ilmo. Sr. Presidente: D. FRANCISCO SALINERO ROMAN
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL
D. JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN
En VALLADOLID, a treinta de Abril de dos mil nueve.
VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de Procedimiento Ordinario nº 462/08 del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno, seguido entre partes, de una como demandante-apelante Dª Sabina , mayor de edad, con domicilio en Laguna de Duero, representada por la Procuradora Dª Mª Consuelo Verdugo Regidor y asistida por el letrado D. Enrique Cebrián Patín, y como demandados- apelados D. Ruperto Y Dª Brigida , mayores de edad, vecinos de laguna de Duero, representados por la Procuradora Dª Aránzazu Muñoz Rodríguez y asistidos por el Letrado D. Santiago Ignacio Vegas Nieto; sobre reclamación de cantidad.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 19.1.09, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "qUE DESESTIMANDO LA DEMANDA interpuesta por Dª María Consuelo Verdugo Regidor en nombre y representación de Dª Sabina , contra D. Ruperto y Dª Brigida , representados por Dª María Aranzazu Muñoz Rodríguez, debo absolver y absuelvo a los referidos demandados de las pretensiones deducidas en su contra, sin expresa condena encostas.
Notificada a las partes la referida sentencia, por la representación de la demandante se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 29 de abril, en que ha tenido lugar lo acordado.
Vistos, siendo ponente el Ilmo. Magistrado D. JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN.
Recurre la representación procesal de Dª Sabina , la Sentencia, dictada en Instancia desestimatoria de sus pretensiones, insistiendo en sus postulados sobre producción de un enriquecimiento injusto de parte del demandado D. Ruperto y Dª Brigida , como consecuencia de las obras de acondicionamiento efectuadas a cargo y cuenta de la demandante sobre el local comercial, Bar La Espiga, propiedad de los demandados, sito en la localidad de Laguna de Duero, al objeto de poder reanudar su actividad negocial, suscribiéndose al efecto un contrato de arrendamiento con la propiedad, que había sido clausurado por orden municipal, por incumplimiento de la normativa sobre ruidos y otros particulares administrativos. Como quiera que la demandante, ante esa perspectiva invirtió la cantidad reclamada, que va a quedar en beneficio de referido local, entiende procede la condena a los demandados propietarios de la devolución del importe...
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