STSJ Comunidad Valenciana 488/2009, 17 de Febrero de 2009
Ponente | TERESA PILAR BLANCO PERTEGAZ |
ECLI | ES:TSJCV:2009:272 |
Número de Recurso | 1673/2008/ |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 488/2009 |
Fecha de Resolución | 17 de Febrero de 2009 |
Emisor | Sala de lo Social |
488/2009
2
R. C.sent.nº 1.673/08
Recurso contra Sentencia núm. 1.673 de 2.008
Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro
Presidente
Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz
Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar Chalver
En Valencia, a diecisiete de febrero de dos mil nueve.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 488 de 2.009
En el Recurso de Suplicación núm. 1673/08, interpuesto contra la sentencia de fecha 29 de enero de 2.008, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Castellón, en los autos núm. 354/07, seguidos sobre JUBILACION, a instancia de D. Avelino, representado por el letrado D.Agustín Delgado, contra la TESORERIA GENERAL SEGURIDAD SOCIAL, INSTITUTO NACIONAL SEGURIDAD SOCIAL, representado por la letrada de la Seg.Social, e INDUSTRIAS VINAMOBEL S.L. y en los que es recurrente el codemandado INSS, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz.
La sentencia recurrida de fecha 29 de enero de 2.008 dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando la demanda interpuesta por D. Avelino contra el INSS-TESORERIA GENERAL SEGURIDAD SOCIAL y la empresa VINAMOBEL S.L., se declara el derecho del actor a percibir la pensión de jubilación sobre la base reguladora de 1.785'78 euros, condenando a la demandada INSS-TESORERIA GENERAL SEGURIDAD SOCIAL a estar y pasar por esta declaración y al pago de la suma correspondiente a dicha obligación, sin perjuicio de la responsabilidad de la empresa en los términos expresados en los anteriores Fundamentos Jurídicos".
Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- Al demandante Avelino, con DNI NUM000, le fue reconocida pensión de jubilación al cumplir los 65 años, con una base reguladora que valoró los meses de enero a noviembre de 1995 aplicando el salario mínimo interprofesional y no el salario bruto mensual que percibía en la empresa VINAMOBEL S.L., en la que causó alta el 3 de febrero de 1994 hasta el 19 de noviembre de 1995, que ascendía a 435.132 pesetas, con una base de cotización de 362.190 pesetas (hechos no controvertidos y prueba documental consistente en nóminas de enero a noviembre de 1995 -folios 113 a 122- y vida laboral folio 138). SEGUNDO.- Disconforme la parte actora, interpuso reclamación previa el día 5 de enero de 2007 que se resolvió en sentido desestimatorio en fecha 27 de febrero de 2007, reiterando que entre enero y noviembre de 1995 sólo se ha computado el salario mínimo interprofesional para el cálculo de la base reguladora porque no existen cotizaciones a nombre del actor (folio 6). TERCERO.- La base reguladora inicial ascendía a 1.690'66 euros y la correspondiente a las cotizaciones que deberían haberse efectuado asciende a 1785'78 euros (hechos no controvertidos y folio 142). CUARTO.- en fecha 18 de abril de 2007 se interpuso reclamación judicial que ha dado lugar a este expediente."
Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte codemandada INSS, el cual fue impugnado por la parte demandante. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.
ÚNICO.- Contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. Dos de los de Castellón que estima la demanda interpuesta por D. Avelino contra el...
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