ATS, 25 de Noviembre de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
ECLIES:TS:2015:9377A
Número de Recurso1099/2015
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinticinco de Noviembre de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de D. Juan Ignacio presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada con fecha 13 de febrero de 2015, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 22ª), en el rollo de apelación nº 551/2014 , dimanante de los autos de juicio de modificación de medidas nº 170/2013 del Juzgado de Primera Instancia nº 29 de Madrid.

  2. - Mediante providencia de fecha 25 de marzo de 2015 se tuvo por interpuesto el recurso acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes y al Ministerio Fiscal.

  3. - La procuradora Dª Silvia González Milara, en nombre y representación de D. Juan Ignacio , presentó escrito ante esta Sala con fecha 5 de mayo de 2015 personándose en calidad de parte recurrente . La procuradora Dª María Eugenia Pato Sanz, en nombre y representación de Dª Nuria , presentó escrito ante esta Sala con fecha 8 de mayo de 2015 personándose en calidad de parte recurrida. Es interviniente el Ministerio Fiscal.

4 .- Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigidos por la disposición adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Orduña Moreno

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Juan Ignacio al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º de art. 477.2 de la LEC

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el artículo 485 LEC , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. Juan Ignacio contra la Sentencia dictada con fecha 13 de febrero de 2015, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 22ª), en el rollo de apelación nº 551/2014 , dimanante de los autos de juicio de modificación de medidas nº 170/2013 del Juzgado de Primera Instancia nº 29 de Madrid.

  2. ) De conformidad y a los fines dispuestos en el artículo 485 LEC , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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