SAP Madrid 188/2015, 27 de Julio de 2015
Ponente | MANUEL CHACON ALONSO |
ECLI | ES:APM:2015:9816 |
Número de Recurso | 286/2015 |
Procedimiento | PENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS |
Número de Resolución | 188/2015 |
Fecha de Resolución | 27 de Julio de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª |
Sección nº 01 de la Audiencia Provincial de Madrid
C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 4 - 28035
Teléfono: 914934435,914934730/553
Fax: 914934551
AFR46
37050100
N.I.G.: 28.079.00.1-2015/0005355
Apelación Juicio de Faltas 286/2015
Origen :Juzgado de Instrucción nº 13 de Madrid
Juicio de Faltas 1060/2014
Apelante: D./Dña. Esteban
Letrado D./Dña. FRANCISCO JAVIER DE MURGA FLORIDO
Apelado: D./Dña. Elena y D./Dña. Heraclio
Letrado D./Dña. LUIS MIGUEL GOMEZ PARRA
S E N T E N C I A Nº 188/2015
Audiencia Provincial de Madrid
Sección Primera
Magistrado
D. Manuel Chacón Alonso
En Madrid, a veintisiete de julio de dos mil quince.
Visto en segunda instancia por el Ilmo. Sr. Magistrado al margen señalado, actuando como Tribunal unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el recurso de apelación contra la sentencia de 5 de noviembre de 2014 del Juzgado de Instrucción nº 13 de Madrid en el juicio de faltas nº 1060/2014; habiendo sido partes, de un lado como apelante Dº Esteban, y de otro como apelado Dª Elena y Dº Heraclio .
Con fecha 5 de noviembre de 2014 se dictó sentencia en el procedimiento de Juicio de faltas de referencia por el Juzgado de Instrucción nº 13 de Madrid, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
" Que debo absolver y absuelvo libremente de la falta que se imputa en los presentes autos a Elena, Paulino, Heraclio y Teofilo, declarando las costas de oficio." Y como hechos probados se hacían constar:
" Presentada denuncia por insultos y amenazas contra Elena, Paulino, Heraclio y Teofilo no ha acreditado que fueran los autores del hecho."
Notificada dicha resolución a las partes, por el Sr. D. Esteban,r se interpuso recurso de apelación.
Admitido en ambos efectos el recurso, y previo traslado del mismo a las demás partes, siendo impugnado por Dª Elena y Dº Heraclio, se elevaron los autos originales a este tribunal.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan los contenidos en la sentencia de instancia.
Se interpone recurso de apelación por Dº Esteban, contra la sentencia referida, que absuelve a Elena, Paulino, Heraclio y Teofilo de la falta de amenazas del artículo 620.2 del Código Penal que se les imputaba, viniendo a alegar error en la valoración de la prueba y vulneración del derecho a la utilización de los hechos de prueba pertinentes para la defensa.
Refiere que queda claro que el autor de las amenazas son Elena, o su marido Dº Paulino o personas de su entorno, en este caso Dº Heraclio o Teofilo .
Alega que se le ha denegado indebidamente una prueba esencial para la acreditación de los hechos a lo largo del procedimiento penal, consistente en la declaración en estrados de los cuatro denunciados así como la comprobación de voz de tres de ellos ( Paulino, Heraclio y Teofilo ), y que se oficiara a las compañías de teléfonos correspondientes a fin de que facilitaran el registro de llamadas entrantes y salientes.
En el recurso que ahora se examina se invoca como motivo de queja un supuesto error en la valoración de la prueba, pero debe destacarse que la sentencia de primera instancia ha sido dictada valorando especialmente las declaraciones de partes...
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SAP Madrid 824/2015, 26 de Noviembre de 2015
...reflejaron dos versiones diferentes sobre los mismos hechos. Y así, por ejemplo, entre otras muchas, la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 1ª) de 27 de Julio de 2015 dice: "Vista así la cuestión, entiendo que debe procederse a la absolución de los denunciados, pues la e......