SAP Santa Cruz de Tenerife 367/2005, 31 de Octubre de 2005

PonenteEMILIO FERNANDO SUAREZ DIAZ
ECLIES:APTF:2005:2001
Número de Recurso464/2005
Número de Resolución367/2005
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 367.

Rollo nº. 464/2005

Autos nº. 350/2002.

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Pablo José Moscoso Torres.

MAGISTRADOS

Don Emilio Fernando Suárez Díaz.

Doña Aranzazu Calzadilla Medina.

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En Santa Cruz de Tenerife, a treinta y uno de octubre de dos mil cinco

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA n.º 3 DE LA LAGUNA , en los autos n.º 350/2002 seguidos por los trámites del Juicio Ordinario y promovidos, como demandante, por Paulino , representado en esa instancia por el procurador Don Reboso Machín y dirigido por el Letrado Don Santiago Hernández Bonilla , contra DON Luis Miguel , representado en esta instancia por la Procuradora Doña Milagros Mandillo y dirigido por el Letrado Don Juan Antonio Rodríguez Sánchez -Armas Y AXA AURORA IBERICA, representado por el Procurador Don Oliva Tristán y dirigido por el Letrado Juan Antonio Rodríguez Sánchez-Armas y contra Rosendo ,representado por la Procuradora Doña Falcón Lison y dirigido por la Letrada Doña Fátima Pérez Mendoza Y MAFRE GUANARTEME, representado por la Procuradora Doña Falcón Lison y dirigido por el letrado Francisco Alonso Blanco, demanda a la que se ha acumulado a la registrada con 365/01,presentada por VICAN GESTIÓN INMOBILIARIA S.L. representada por el Procurador García del Castillo y dirigido por el letrado Don Ricardo Ruiz Arcos contra DOÑA María , representada por la Procuradora Doña Pilar Reboso y dirigida por el Letrado Don Francisco Alonso Blanco Y MAPFRE GUANARTEME, representada por la Procuradora Doña Pilar Reboso, y dirigida por el Letrado Don Francisco Alonso Blanco, DON Enrique , representado por la Procuradora Doña Reboso Machín, dirigido por el Letrado Santiago Hernández Bonilla ,DON Luis Miguel , representado por la Procuradora Reboso Machín y dirigido por el Letrado Juan Antonio Rodríguez Sánchez-Armas, AXA ASEGURADORA, representada por la Procuradora Reboso Machín y dirigida por el Letrado Juan Antonio Rodríguez Sánchez-Armas Y Rosendo , representado por la Procuradora Reboso Machín y dirigido por la Letrada Fátima Pérez Mendoza , demanda a la que se han acumulado a su vez los autos registrados con el nº 506/02, promovidos por DOÑA María , representada por la Procuradora Reboso Machín, y dirigida por el Letrado Francisco Alonso Blanco contra VICAN GESTIÓN INMOBILIARIA, representada por el Procurador García Castillo y dirigida por el Letrado Ricardo Ruiz Arcos Y ZURICH S.A. , representada por el Procurador García del Castillo y dirigidopor el Letrado Ricardo Ruiz Arcos; ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON Emilio Fernando Suárez Díaz, con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados LA Ilma. Sra. Magistrado Juez Doña María del Carmen Serrano Moreno dictó sentencia el seis de mayo del dos mil cinco cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada por Don Paulino , condenando a don Luis Miguel y AXA Aurora Ibérica S.A. a pagar al actor la cantidad de 6.976,33 euros y los intereses legales. No hay condena en costas; y absolviendo de los hechos enjuiciados a don Rosendo y su aseguradora Mapfre, con condena en costas a la parte actora.

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por Vican Inmobiliaria S.L. respecto a doña María , Mapfre, don Luis Miguel , y Axa, condenando a Doña María , ya su aseguradora Mapfre a pagar conjuntamente y solidariamente al actor la cantidad de 1.466,57 euros así como los intereses legales y condenando a son Luis Miguel y Axa a indemnizar conjunta y solidariamente al actor en la cantidad de

1.436,69 euros y los interese legales. Se condena en costas a...

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