SAP Santa Cruz de Tenerife 703/2004, 11 de Junio de 2004

PonenteJOSE LUIS GONZALEZ GONZALEZ
ECLIES:APTF:2004:1258
Número de Recurso29/2004
Número de Resolución703/2004
Fecha de Resolución11 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 703

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE

D. José Luis González González (Ponente)

MAGISTRADOS

D. Francisca Soriano Vela

D. Aurelio Santana Rodríguez

En la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife, a día 11 de Junio de Abril del año dos mil cuatro

Vista, en nombre de S.M. el Rey y en juicio oral y público ante esta Audiencia Provincial, el Procedimiento Abreviado Nº 29-04, procedente del Juzgado de Instrucción nº 4 de Santa Cruz de Tenerife , contra D. Jose Ángel , por el delito de falsedad en documento oficialy estafa en grado de tentativa, de 60 años de edad, hijo de Miguel y Adoración, natural de Santa Cruz de Tenerife; representado/s por la Sra. Medina, procuradora de los tribunales y defendido/s por el /la Letrado Sra. García Sánchez, en cuya causa es parte acusadora D. Victor Manuel , asistido del letrado Sr. Comenge Acosta y el Ministerio Fiscal,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Las diligencias penales de referencia fueron declaradas conclusas y remitidas a esta Audiencia Provincial, habiéndose procedido a su tramitación de conformidad con lo prevenido en las Leyes Procesales, señalándose para la celebración del Juicio Oral el día 9 de Junio del año en curso

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito continuado de falsedad en documento oficial del artículo 392 del Código Penal en relación con sus artículos 390.1.2.3 y 74 , como medio para cometer un delito de estafa en grado de tentativa de los artículo 248 y 250.1.2ª 16 y 62 del citado texto legal , y conceptuando responsable criminalmente del mismo a Jose Ángel

, sin que concurra en su persona circunstancia alguna modificativa de su responsabilidad criminal, pidió se le impusiera por el primero de los delitos (falsedad) la pena de DOS AÑOS de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena y multa de NUEVE MESES, con una cuota diaria de SEIS euros con de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago por insolvencia; y por el delito de Estafa, SEIS MESES de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena y multa de SEIS MESES, con igual cuota diaria de SEIS euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y costas procesales.

La Acusación particular calificó los hechos de igual forma pero solicitando que se impusiera las pena, por el delito de falsedad, de TRES AÑOS DE PRISIÓN, accesoria correspondiente y multa de DOCE MESES a razón de una cuota diaria de 6 Euros y por la Estafa la de UN AÑO Y MEDIO DE prisión, accesoria y multa de DOCE MESES con idéntica cuota diaria (6 Euros) y pago de las costas procesales. Asimismo solicita que el acusado indemnice a D. Victor Manuel con la suma de 18.000 eurosTERCERO.- La defensa del acusado negó los hechos de las acusaciones solicitando la libre absolución de su defendido.

HECHOS PROBADOS

Probado y así se declara que: en fecha no determinada del año 2001 pero con posterioridad al mes de Agosto, persona que no ha...

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