SAP Orense 10/2006, 14 de Marzo de 2006

PonenteANGELA IRENE DOMINGUEZ-VIGUERA FERNANDEZ
ECLIES:APOU:2006:406
Número de Recurso11/2006
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución10/2006
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM. 10

En Ourense, a catorce de marzo de dos mil seis.

Visto el recurso de apelación núm. 11/06 que dimana del expediente 64/05 seguido en el Juzgado de Menores de Ourense por el delito de robo con violencia. Son partes, como apelantes, David , Jose Ignacio y Enrique , defendidos por la letrada Sra. Gómez Rodríguez, y, como apelado, el Ministerio Fiscal.

Es ponente la magistrada Dª. Ángela Irene Domínguez Viguera Fernández.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El Juzgado de Menores de Ourense dictó, en el expediente antes expresado, sentencia en fecha 19 de diciembre de 2005 declarando los siguientes hechos probados: " David , nacido el 25-3-1988, presenta episodio psicótico agudo, parafilia no especificada y trastorno límite de la personalidad unidos a consumo perjudicial de alcohol, consumo esporádico de cannabis y problemas paterno-filiales.- Jose Ignacio

, nacido el 7-5- 1988, tiene un trastorno disocial grave de inicio adolescente con presencia de rasgos límite de personalidad, unido a trastorno por abuso de drogas con abstinencia en medio protegido, en el marco de problemas relacionados con hechos negativos en la niñez, con el grupo de apoyo incluidas las circunstancias familiares y con otras circunstancias psicosociales.- Enrique , nacido el 9-4-1990, presenta trastorno disocial grave de inicio infantil, con rasgos narcisistas, paranoides y límites de la personalidad, trastorno por abuso de drogas con abstinencia en medio protegido, en el margo de problemas relacionados con hechos negativos ocurridos en la niñez, con el grupo de apoyo incluidas las circunstancias familiares y con otras circunstancias psicosociales.- Los tres menores estaban cumpliendo medidas judiciales en el centro de atención específica "Montefiz" de Ourense el pasado mes de septiembre. El día 3 con ocasión de una salida educativa del centro de internamiento de "Os Remedios" de Ourense, Jose Ignacio , David y Enrique se fugaron. Los tres menores se pusieron de acuerdo para conseguir dinero y marcharse a la ciudad de A Coruña, para lo cual Enrique y David decidieron realizar dos tirones, uno cada uno, con conocimiento de Jose Ignacio que igualmente deseaba obtener dinero por este ilícito procedimiento. Sobre las 11.00 h., en la confluencia de la Avda. de Santiago con la c/Rey Soto, Óscar le arrebata el bolso a Dª Clara , de setenta y siete años de edad, sin necesidad de emplear mayor fuerza física, observando la acción Jose Ignacio y David . Seguidamente los tres menores se echan a correr y al llegar a la c/San Rosendo, sobre las 11.20 h., David empuja a Dª Gabriela para quitarle la cartera, perdiendo ésta el equilibrio sin llegar a caerse, observando igualmente la acción Jose Ignacio y Enrique , siendo David inmediatamente perseguido por un joven al que David le devolvió la cartera sin oponer resistencia. Dª. Clara recuperó su bolso pero no el dinero que contenía y que ascendía a cuarenta y cuatro euros, mientras que a Dª. Gabriela le fue entregada la cartera por el joven que persiguió a David sin llegar a recuperar el dinero que contenía por importe de 150 euros. No ha quedado probado que David hubiese podido disponer de esta última cantidad". Y el siguiente "FALLO: Imponer a los menores David , Jose Ignacio y Enrique , como coautores de dos delitos de robo con violencia del art. 242.3 y uno de ellos en grado...

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