SAP Lugo 295/2015, 14 de Julio de 2015

JurisdicciónEspaña
Fecha14 Julio 2015
Número de resolución295/2015

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LUGO

SENTENCIA: 00295/2015

ILMOS. SRES:

DON JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO

DON JOSE RAFAEL PEDROSA LÓPEZ

DOÑA MARIA ZULEMA GENTO CASTRO

En Lugo, a catorce de julio de dos mil quince.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de LUGO, los Autos de DESAHUCIO 0001047/2014, procedentes del XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 4 de LUGO, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN ) 0000356/2015, en los que aparece como parte apelante, Yolanda, representado por la Procuradora de los tribunales, Sra. NEREIDA GARCIA VILAR, asistido por el Letrado D. IGNACIO DE OLIVEIRA PEREZ, y como parte apelada, Joaquín, representado por la Procuradora de los tribunales, Sra. MONICA VIÑAS ROMERO, asistido por la Letrada D.ª MARIA DEL MAR MENDOZA VILLANUEVA, sobre desahucio por precario, siendo el Magistrado Ponente el Presidente Ilmo. Sr. DON JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 4 de LUGO, se dictó sentencia con fecha 11 de mayo de 2015, en el procedimiento RECURSO DE APELACION (LECN) 0000356/2015 del que dimana este recurso.

SEGUNDO

La expresada sentencia contiene en su fallo el siguiente pronunciamiento: Estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora doña Mónica Viñas Romero, en representación de don Joaquín, se acuerda el desahucio por precario de doña Yolanda de la vivienda sita en la planta NUM000, letra NUM001, de la RONDA000 números NUM002 - NUM003, de Lugo, condenándola a dejarla libre en el plazo legalmente establecido que se fije en ejecución de sentencia, bajo apercibimiento de lanzamiento.==No se efectúa pronunciamiento sobre las costas procesales.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, y personadas las partes en legal forma, señalándose la audiencia del día 14 de julio de 2015, a las 10,30 horas, para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

PRIMERO

Consiste la contienda en la acción de desahucio por precario de la propia vivienda del actor respecto de una persona que lleva 18 años residiendo en la misma. La sentencia de...

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