STSJ Andalucía 1581/2009, 17 de Septiembre de 2009

PonenteJOSE MANUEL GONZALEZ VIÑAS
ECLIES:TSJAND:2009:20078
Número de Recurso447/2009
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1581/2009
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2009
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA

Recurso: Recursos de Suplicación 447/2009

Sentencia Nº 1581/2009

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. RAMON GOMEZ RUIZ,

ILTMO. SR. D. JOSE MANUEL GONZALEZ VIÑAS

En la ciudad de Málaga a diecisiete de septiembre de dos mil nueve

La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA CON SEDE EN

MÁLAGA, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por María Esther contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL Nº6 DE MÁLAGA, ha sido ponente el Iltmo./Iltma Sr. /Sra D./ JOSE MANUEL GONZALEZ VIÑAS

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por María Esther sobre Incapacidad siendo demandado INSS habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 6 de Junio de 2007 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - Que el actor, Dª María Esther con DNI nº NUM000, nacido el día NUM001 /1959 con domicilio en Málaga, afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM002, encuadrado en el Régimen de la Seguridad Social Especial de Empleados del Hogar, teniendo cubierto un periodo de cotización efectivo y oportuno superior al mínimo exigido; ostentando la categoría profesional de empleada de hogar.

  2. - Que hallándose en situación de incapacidad temporal (iniciada el 04/10/05) y tramitado el oportuno expediente administrativo sobre incapacidad permanente por enfermedad común, el día 06/07/06 se elevó Propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades con el siguiente cuadro clínico residual: hepatitis crónica VHC en tratamiento; proponiendo la no calificación de incapacidad permanente. Con fecha 07/07/06 la Dirección Provincial del INSS dictó resolución denegando la calificación del trabajador como incapacitado permanente. 3º.- Que el actor formuló reclamación previa contra dicha resolución, que ha sido desestimada por Resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 14/09/06; formulándose la demanda origen del presente procedimiento.

  3. - La base reguladora asciende a la cantidad de 502'22 euros/mensuales.

  4. - El actor padece las siguientes enfermedades y secuelas: hepatitis crónica VHC en tratamiento.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte demandante, recurso que formalizó, no siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Al amparo del apartado c) del artículo 191 LPL, se denuncia por la recurrente, infracción por su no aplicación de lo dispuesto en el art. 137.5) y subsidiariamente 137.4 LGSS que considera cometidas por cuanto estima, que las limitaciones que padece le hacen tributaria de una incapacidad permanente absoluta para todo trabajo o en su defecto para su trabajo habitual de empleada de hogar.

Al respecto señalar, que la incapacidad permanente está definida en la actualidad en el artículo 136 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (con anterioridad artículo 134 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social ), redactado conforme a lo dispuesto en...

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