SAP Toledo 308/1998, 26 de Octubre de 1998

PonenteJOSE LUIS QUESADA VAREA
Número de Recurso94/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución308/1998
Fecha de Resolución26 de Octubre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Toledo

SENTENCIA Nº 308

En la ciudad de Toledo, a veintiséis de octubre de mil novecientos noventa y ocho.

Esta Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Sres. expresados al margen, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente

SENTENCIA

Visto el presente recurso de apelación civil, rollo de Sala número 94/98, dimanante del juicio de Menor Cuantía número 175/97 del Juzgado de 1ª Instancia número 3 de Talavera , en el que son partes, como apelante, CONSTRUCCIONES ADELAYMI, S.L., representada por la Procuradora Sra. Bravo Tirado y dirigida por el Letrado Sr. Sastre Martínez, y, como apelados, D. Carlos Ramón , Dolores Y D. Cornelio , representados por el Procurador Sr. Sánchez Coronado y dirigidos por el Letrado Sr. Díaz Zorita; siendo ponente el Ilmo. Magistrado D. JOSÉ LUIS QUESADA VAREA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

? En el procedimiento de referencia, el día 25 de marzo de 1998 recayó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo ESTIMAR Y ESTIMO parcialmente la demanda que sirve de origen a este proceso y, en su consecuencia, condenar al demandado CONSTRUCCIONES ADELAYMI S.L. a que tan pronto sea firme esta resolución se proceda a la cancelación de la inscripción causada en elRegistro de la Propiedad núm. 1 de esta ciudad por el contrato de permuta a favor de la sociedad demandada que consta al Tomo NUM000 , Libro NUM001 , Folios NUM002 y NUM003 Finca NUM004 , así como asientos posteriores a dicha inscripción. Se declara resuelto el contrato de permuta concertado por las partes en escritura otorgada el día 3 de julio de 1995 entre el Notario de esta ciudad D. Julio Gómez-Amat Fernández, bajo el número 1.210 de su Protocolo, así como a devolver a los actores la casa número NUM005 del PASEO000 de ésta ciudad objeto de posesión en el estado en que actualmente se encuentra la finca, con reserva expresa de las acciones que puedan asistirles para reclamar en su momento la indemnización de daños y perjuicios por el desmérito que haya podido sufrir con motivo de las obras realizadas en ella por la demandada".

Posteriormente, con fecha 2 de abril de 1998, se dictó auto de aclaración de sentencia en el que se acordaba: "que debía aclarar y aclaraba la sentencia dictada con fecha veinticinco de marzo en el sentido de condenar en costas a la parte demandada".

TERCERO

Contra dicha resolución, la Procuradora Sra. Bravo Tirado, en representación de CONSTRUCCIONES ADELAYMI, S.L., interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial a los oportunos efectos.

CUARTO

Hecho el correspondiente señalamiento, la vista tuvo lugar el día 21 de septiembre del actual, en la que el Letrado de la parte apelante, Sra. Sastre Martínez, solicitó la revocación de la sentencia recurrida y que se dictase otra por la que se desestimen los pedimentos de la demanda, estimando que la misma infringe los artículo 1.091 y 1.281.2 del Código Penal y además incurre en incongruencia. El letrado de la parte apelada, Sr. Díaz Zorita Ruiz, solicitó la confirmación de la resolución recurrida, con expresa condena en costas de la alzada a la parte apelante por estimar que la demandada no había cumplido sus obligaciones al haber sido declarada en suspensión de pagos, por lo que procede la resolución del contrato.

QUINTO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Declarada en primera instancia la resolución del contrato de permuta celebrado entre las partes y por el cual los actores, actuales recurridos, permutaban el solar de su propiedad a cambio de ciertos locales que se comprometía a construir la entidad apelante, impugna ésta dicha decisión con fundamento en tres esenciales argumentos, consistentes en la ausencia en el contrato de toda previsión de resolución en caso de incumplimiento de...

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