STSJ Castilla y León 515/2015, 3 de Julio de 2015
Ponente | SANTIAGO EZEQUIEL MARQUES FERRERO |
ECLI | ES:TSJCL:2015:2953 |
Número de Recurso | 425/2015 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 515/2015 |
Fecha de Resolución | 3 de Julio de 2015 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.CASTILLA-LEON SALA SOCIAL 1
BURGOS
SENTENCIA: 00515/2015
RECURSO DE SUPLICACION Num.: 425/2015
Ponente Ilmo. Sr. D. Santiago Ezequiel Marqués Ferrero
Secretaría de Sala: Sra. Carrero Rodríguez
SALA DE LO SOCIAL
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS
SENTENCIA Nº: 515/2015
Señores:
Ilma. Sra. Dª. María José Renedo Juárez
Presidenta
Ilmo. Sr. D. Carlos Martínez Toral
Magistrado
Ilmo. Sr. D. Santiago Ezequiel Marqués Ferrero
Magistrado
En la ciudad de Burgos, a tres de Julio de dos mil quince.
En el recurso de Suplicación número 425/2015 interpuesto por SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Segovia, en autos número 107/2015 seguidos a instancia de DON Casiano, contra el recurrente, en reclamación sobre Prestaciones Desempleo. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. Don Santiago Ezequiel Marqués Ferrero que expresa el parecer de la Sala.
En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 25 de marzo de 2015 cuya parte dispositiva dice: "FALLO.- Que, ESTIMO la demanda interpuesta por D. Casiano contra el SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, declarando nula la sanción impuesta por Resolución de 27 de noviembre de 2014, condenando a éste a abonar al actor la prestación suspendida, y demás consecuencias inherentes a la misma. Se tiene por DESISTIDA a la parte actora del ejercicio de la acción frente a la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, decretando el archivo respecto de la misma.
En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: PRIMERO.- D. Casiano, afiliado a la Seguridad Social, inscrito como demandante de empleo en la Oficina del SEPE de Segovia, es beneficiario del subsidio de desempleo que le fue reconocido en su cuantía reglamentaria por Resolución de fecha 17-07-2014, desde 14-07-2014 a 15-01-2015. SEGUNDO.- El Servicio Público de Empleo estableció, como fecha prevista de renovación de su demanda de empleo el 30-10-2014. El actor no procedió a renovar la demanda en dicha fecha. TERCERO.- El Servicio Público de Empleo remitió al demandante comunicación de propuesta de suspensión de prestaciones de fecha 12 de noviembre de 2014, entregada mediante correo con aviso de recibo en fecha 21-11-2014. CUARTO.- En fecha 21 de noviembre de 2014 el actor volvió a inscribirse como demandante de empleo. QUINTO.- El actor presentó el 25 de noviembre de 2014 escrito de alegaciones. SEXTO.- Por resolución de la Dirección Provincial de Segovia de 27 de noviembre de 2014 se acordó suspender el derecho del que es titular el actor por término de un mes, desde la fecha 30-10-2014 reduciendo el periodo de percepción durante dicha suspensión, en virtud de lo dispuesto en los arts. 24.4 y 47.1 a) de la LISOS . SEPTIMO.- El actor presenta desde mediados del mes de octubre de 2014, un síndrome ansioso-depresivo severo que le ha impedido salir de casa, tratado con psicoterapia, ansiolíticos y antidepresivos. OCTAVO.- El demandante presentó en fecha 12 de diciembre de 2014 reclamación previa, que se desestimó por resolución de la Dirección Provincial de fecha 20 de enero de 2015.
Contra dicha sentencia, interpuso recurso de Suplicación la parte demandada siendo impugnado por la contraria. Elevados los autos a este Tribunal y comunicada a las partes la designación del Ponente, le fueron, a éste, pasados los autos para su examen y resolución por la Sala.
En la resolución del presente recurso se han observado, en sustancia, las prescripciones legales vigentes.
Por el Juzgado de lo Social de Segovia se dictó sentencia con fecha 24 de Marzo de 2015, Autos nº 137/2015, que estimo la demanda sobre suspensión del subsidio por desempleo durante un mes por renovar la demanda de empleo formulada por D. Casiano frente al Servicio Público de Empleo Estatal. Contra la citada sentencia se...
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