STSJ Castilla y León 515/2015, 3 de Julio de 2015

PonenteSANTIAGO EZEQUIEL MARQUES FERRERO
ECLIES:TSJCL:2015:2953
Número de Recurso425/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución515/2015
Fecha de Resolución 3 de Julio de 2015
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SALA SOCIAL 1

BURGOS

SENTENCIA: 00515/2015

RECURSO DE SUPLICACION Num.: 425/2015

Ponente Ilmo. Sr. D. Santiago Ezequiel Marqués Ferrero

Secretaría de Sala: Sra. Carrero Rodríguez

SALA DE LO SOCIAL

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE

CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS

SENTENCIA Nº: 515/2015

Señores:

Ilma. Sra. Dª. María José Renedo Juárez

Presidenta

Ilmo. Sr. D. Carlos Martínez Toral

Magistrado

Ilmo. Sr. D. Santiago Ezequiel Marqués Ferrero

Magistrado

En la ciudad de Burgos, a tres de Julio de dos mil quince.

En el recurso de Suplicación número 425/2015 interpuesto por SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Segovia, en autos número 107/2015 seguidos a instancia de DON Casiano, contra el recurrente, en reclamación sobre Prestaciones Desempleo. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. Don Santiago Ezequiel Marqués Ferrero que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 25 de marzo de 2015 cuya parte dispositiva dice: "FALLO.- Que, ESTIMO la demanda interpuesta por D. Casiano contra el SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, declarando nula la sanción impuesta por Resolución de 27 de noviembre de 2014, condenando a éste a abonar al actor la prestación suspendida, y demás consecuencias inherentes a la misma. Se tiene por DESISTIDA a la parte actora del ejercicio de la acción frente a la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, decretando el archivo respecto de la misma.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: PRIMERO.- D. Casiano, afiliado a la Seguridad Social, inscrito como demandante de empleo en la Oficina del SEPE de Segovia, es beneficiario del subsidio de desempleo que le fue reconocido en su cuantía reglamentaria por Resolución de fecha 17-07-2014, desde 14-07-2014 a 15-01-2015. SEGUNDO.- El Servicio Público de Empleo estableció, como fecha prevista de renovación de su demanda de empleo el 30-10-2014. El actor no procedió a renovar la demanda en dicha fecha. TERCERO.- El Servicio Público de Empleo remitió al demandante comunicación de propuesta de suspensión de prestaciones de fecha 12 de noviembre de 2014, entregada mediante correo con aviso de recibo en fecha 21-11-2014. CUARTO.- En fecha 21 de noviembre de 2014 el actor volvió a inscribirse como demandante de empleo. QUINTO.- El actor presentó el 25 de noviembre de 2014 escrito de alegaciones. SEXTO.- Por resolución de la Dirección Provincial de Segovia de 27 de noviembre de 2014 se acordó suspender el derecho del que es titular el actor por término de un mes, desde la fecha 30-10-2014 reduciendo el periodo de percepción durante dicha suspensión, en virtud de lo dispuesto en los arts. 24.4 y 47.1 a) de la LISOS . SEPTIMO.- El actor presenta desde mediados del mes de octubre de 2014, un síndrome ansioso-depresivo severo que le ha impedido salir de casa, tratado con psicoterapia, ansiolíticos y antidepresivos. OCTAVO.- El demandante presentó en fecha 12 de diciembre de 2014 reclamación previa, que se desestimó por resolución de la Dirección Provincial de fecha 20 de enero de 2015.

TERCERO

Contra dicha sentencia, interpuso recurso de Suplicación la parte demandada siendo impugnado por la contraria. Elevados los autos a este Tribunal y comunicada a las partes la designación del Ponente, le fueron, a éste, pasados los autos para su examen y resolución por la Sala.

CUARTO

En la resolución del presente recurso se han observado, en sustancia, las prescripciones legales vigentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Social de Segovia se dictó sentencia con fecha 24 de Marzo de 2015, Autos nº 137/2015, que estimo la demanda sobre suspensión del subsidio por desempleo durante un mes por renovar la demanda de empleo formulada por D. Casiano frente al Servicio Público de Empleo Estatal. Contra la citada sentencia se...

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