SAP Madrid, 16 de Mayo de 2002
Ponente | LORENZO PEREZ SAN FRANCISCO |
ECLI | ES:APM:2002:6342 |
Número de Recurso | 295/2001 |
Fecha de Resolución | 16 de Mayo de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección ª |
Sentencia
En Madrid, a dieciséis de Mayo de dos mil dos.
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante PARKCENTRO SERVICIOS, S.L. representado por si y de otra, como apelada demandada COMUNIDAD DE PROPIETARIOS AVENIDA000 NUM000 - NUM001 DE MADRID representada por el Procurador Sr. Nuñez Armendariz, seguidos por el trámite de juicio de cognición.
VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Lorenzo Pérez San Francisco .
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Madrid, en fecha 29 de diciembre de 2000, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando como desestimo la demanda interpuesta por PARKCENTRO SERVICIOS, S.L., contra la Comunidad de Propietarios de la AVENIDA000 NUM000 - NUM001 , debo absolver y absuelvo a la expresada demandada de los pedimentos formulados en su contra, condenando a la parte actora al pago de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento".
Por la parte demandante se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 10/92, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 7 de mayo de 2002.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales a excepción del plazo para dictar Sentencia, por la atención debida a otros asuntos urgentes.
La parte apelante en el escrito fundamentador de su recurso de apelación, impugna la sentencia de instancia considerando que se ha violado lo dispuesto en el artículo 1.247 causa primera del Código Civil al haberse admitido como testigos a quienes tenían interés directo en el procedimiento como miembros de la Comunidad de Propietarios...
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