STSJ Galicia 2863/2015, 22 de Mayo de 2015
Ponente | LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO |
ECLI | ES:TSJGAL:2015:3999 |
Número de Recurso | 2134/2013 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 2863/2015 |
Fecha de Resolución | 22 de Mayo de 2015 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA
PLAZA DE GALICIA
Tfno: 981184 845/959/939
Fax:881881133 /981184853
NIG: 15036 44 4 2012 0000062
402250
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002134 /2013 CRS
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: SEGURIDAD SOCIAL 0000031 /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de FERROL
Recurrente/s: Anibal
Abogado/a: MANUEL CASAL FRAGA
Procurador/a: FAX 981- 312 014
Recurrido/s: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL
Abogado/a: LETRADO Seguridad Social.
Recurrido/s: MUTUA FREMAP
Abogado/a: Mª ANGELES GOMEZ LAGE
Procurador/a:FAX 151 890
Recurrido/s: TRNASPORTES Y MUDANZAS FERROLTERRA S.L.
LUGAR PENEDO -BARALLOBRE 4, 15528 FENE FERROL A CORUÑA.
ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS
D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE
Presidente
D. JOSE ELIAS LOPEZ PAZ
D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.
En A CORUÑA, a veintidos de Mayo de dos mil quince.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NO MBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0002134 /2013, formalizado por el letrado Manuel Casal Fraga, en nombre y representación de Anibal, contra la sentencia número 593 /2012 dictada por XDO. DO SOCIAL
N. 2 de FERROL en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000031 /2012, seguidos a instancia de Anibal frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA FREMAP, TRANSPORTES Y MUDANZAS FERROLTERRA SL, siendo MagistradoPonente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Anibal presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA FREMAP, TRANSPORTES Y MUDANZAS FERROLTERRA SL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 593 /2012, de fecha once de Diciembre de dos mil doce, por la que se desestimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
El actor, D. Anibal, nacido con fecha NUM000 -69 y afiliado a la Seguridad Social, Régimen General, con el número NUM001 desarrolla la actividad de propietario de Conductor de camión en la empresa demandada que tiene concertadas las contingencias profesionales y la Incapacidad Temporal con la Mutua demandada Fremap.
Con fecha 28-03-11 el demandante causó baja médica, tramitada por enfermedad común; y tramitado expediente de Incapacidad, con fecha 22-08-11 se emitió Informe de Valoración Médica, siendo dictada resolución por el demandado Instituto Nacional de la Seguridad Social el 25-08-11 que calificó al actor como Incapacitado Permanente en grado de Total, derivada de enfermedad común, con derecho a percibir una prestación del 55% de su base reguladora de 1.112'73 euros, con efectos de 24-08-11. Formulada reclamación previa, fue expresamente desestimada. TERCERO.- Al actor se le ha objetivado el siguiente cuadro clínico: En 30-03-11: Probable síndrome de Brugada. Fibrilación ventricular secundaria. Implante de DAI monocameral. Ausencia de cardiopatía estructural. Posible base de "canalopatía cardiaca". CUARTO.- Como consecuencia del cuadro clínico descrito el demandante porta dispositivo normofuncionante, debiendo evitar actividades expuestas a golpes o contusiones, así como la carga de pesos y ejercicios continuados con los brazos; también está contraindicada la exposición a campos electromagnéticos. QUINTO.- Tramitado expediente de determinación de contingencia, con fecha 20-09-11 se emitió Informe Médico, concluyendo con la presencia de una patología derivada de Enfermedad Común. SEXTO.- El demandante sufrió un episodio de pérdida de conocimiento el día 28-03-11 cuando trabajaba en la nave cargando un camión, con rápida recuperación; fue trasladado a hospital, donde sufrió episodio similar. Se realizó Test de Flecainida y Estudio Genético para el Síndrome de Brugada concluyéndose con informe negativo, al no identificarse mutaciones relacionadas con la enfermedad. Posible enfermedad de bex "caralopatía cardiaca". SEPTIMO.- El promedio de las bases de cotización del actor del año inmediato anterior a la fecha del accidente asciende a 1.365'69 euros mensuales.
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
FALLO
Desestimo la demanda formulada por D. Anibal, frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA FREMAP Y TRANSPORTES Y MUDANZAS FERROLTERRA, S.L., a quienes absuelvo de las pretensiones deducidas en su contra.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte actora, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
Recurre el trabajador el rechazo de su demanda, aquietándose al relato de los hechos declarados probados y denunciando -vía artículo 193.c) LJS- la infracción por inaplicación del artículo 115.1, 2 .e y f ), y 3 LGSS . SEGUNDO.-...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba