SAP Huelva 253/2010, 20 de Septiembre de 2010

PonenteSANTIAGO GARCIA GARCIA
ECLIES:APH:2010:1448
Número de Recurso189/2010
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución253/2010
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA

SECCION PRIMERA

Apelación Penal

Rollo 189/10

Procedimiento 69/09

Juzgado de Menores de Huelva.

SENTENCIA Nº

SALA

Iltmos Sres. Magistrados

D. Jesús Fernández Entralgo

D. Santiago García García (Ponente).

D. Francisco Bellido Soria

En Huelva a veinte de Septiembre del año dos mil diez.

Esta Audiencia Provincial en su Sección 1ª compuesta por los Iltmos. Sres. anotados al margen, ha visto en grado de apelación el Procedimiento núm. 69/09, procedente del Juzgado de Menores de Huelva, seguido por lesiones, en virtud del recurso interpuesto por el menor Alexis, defendido por la Letrada Dª. Raquel Desiree Rodríguez Acosta, al que se opone el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Por el Juzgado de Menores de esta Ciudad, con fecha 14 de Abril de 2010, se dictó sentencia en las presentes actuaciones cuyos Hechos Probados dicen que sobre las 5.30 horas del día 1 de Enero de 2009 Alexis, de 17 años de edad, estaba en la puerta del local "El Garito" en la localidad de Nerva (Huelva) cuando dio un empujón a Benita que la hizo caer al suelo, así como propinó un puñetazo a Gregoria en la boca. Benita no sufrió lesiones pero Gregoria resultó con trauma facial con herida en labio inferior que curó en diez días impeditivos, necesitando tratamiento médico quirúrgico consistente en tres puntos de sutura.

Y termina con la parte dispositiva por la que se acuerda respecto del menor Alexis, por la comisión de un hecho constitutivo de delito de lesiones y falta de maltrato, la medida de 150 horas de prestaciones en beneficio de la comunidad con diez permanencias de fin de semana con carácter subsidiario, debiendo indemnizar a Gregoria en la cantidad de 550 euros por las lesiones, con responsabilidad civil solidaria de los padres como representantes legales.

TERCERO

Contra la anterior resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, y conferido traslado se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, donde se formó rollo de Sala y se entregó la causa al Magistrado Ponente para vista, deliberación, votación y decisión del Tribunal, lo que ha tenido lugar el pasado día 14.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos probados de la resolución recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como motivos de recurso se denuncia infracción legal del principio de presunción de inocencia del art. 24 de nuestra Constitución y error en la valoración de la prueba realizada por la juzgadora de primer grado con inmediación en el acto de la audiencia, conforme al art. 741 LECrim ., en especial en cuanto a la responsabilidad y circunstancias, negando la autoría de las lesiones.

Recurso que debe desestimarse, como consecuencia lógica de compartir la valoración de la prueba practicada con plena contradicción de partes, de los testimonios y documentos ofrecidos en el acto de la audiencia. Como demostración de la autoría y circunstancias de las lesiones por agresión a propósito del improcedente ataque del menor Alexis, empujando a Benita haciéndola caer al suelo, y propinando un puñetazo en la boca a Gregoria, que le produce un traumatismo y herida en...

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