STSJ Comunidad Valenciana 762/2008, 10 de Julio de 2008

PonenteMANUEL JOSE BAEZA DIAZ-PORTALES
ECLIES:TSJCV:2008:5044
Número de Recurso1454/2004/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución762/2008
Fecha de Resolución10 de Julio de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

762/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

En la ciudad de Valencia a diez de Julio de dos mil ocho.

En la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres D. JOSE BELLMONT MORA, Presidente D. MIGUEL ANGEL OLARTE MADERO y D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES Magistrados, ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA Nº 762/08

En el recurso contencioso administrativo nº 1454/04 interpuesto por Dª Ángeles, representada por la Procuradora Dª Elena Gil Bayo contra acuerdo adoptado con fecha 1.7.2004 por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Alicante, mediante el que se procedió a fijar en la cifra total de 391.416,79 € el justiprecio de la parcela propiedad de los actores, clasificada como urbana, y sita en la calle DIRECCION000 nº NUM000 de Orihuela (referencia catastral NUM001 ), incluida en el proyecto de expropiación de terrenos destinados a la apertura del resto de la Circunvalación de Orihuela, habiendo sido parte en los autos, como demandado el Jurado de Expropiación de Alicante, representado y asistido por el LETRADO DEL ESADO y el AYUNTAMIENTO DE ORIHUELA, representado por el Procurador Dª Paula Ramon Pratdesaba y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplicó que se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó que se dictase sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida y se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite prevenido en el art. 64 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, y cumplido dicho trámite quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación y fallo del recurso para el 9 de Julio de 2008.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo frente al acuerdo adoptado con fecha 1.7.2004 por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Alicante, mediante el que se procedió a fijar en la cifra total de 391.416,79 € el justiprecio de la parcela propiedad de los actores, clasificada como urbana, y sita en la DIRECCION000 nº NUM000 de Orihuela (referencia catastral NUM001 ), incluida en el proyecto de expropiación de terrenos destinados a la apertura del resto de la Circunvalación de Orihuela.

En la demanda de dicho recurso lo que, en esencia, trata de combatirse es el elemento empleado por el Jurado en su valoración relativo al valor de venta.

La Abogacía del Estado, así como el Ayuntamiento de Orihuela codemandado, se han opuesto a la estimación del recurso.

SEGUNDO

Es doctrina...

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