STSJ Galicia 315/2015, 21 de Mayo de 2015

JurisdicciónEspaña
Número de resolución315/2015
EmisorTribunal Superior de Justicia de Galicia, sala Contencioso Administrativo
Fecha21 Mayo 2015

T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00315/2015

Procedimiento Ordinario Nº 4192/2014

EN NOMBRE DEL REY

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA

ILMOS. SRS.

D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA - PTE.

D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ

Dª. MARÍA AZUCENA RECIO GONZÁLEZ

En la ciudad de A Coruña, a veintiuno de mayo de dos mil quince.

En el recurso contencioso-administrativo que con el número 4192/14 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por D. Victor Manuel, representado por D.ª María Castro Rey y dirigido por D. José Antonio Pérez Fernández, contra la Resolución de 22-4-13 de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Ourense. Es parte como demandada la Tesorería General de la Seguridad Social, representada y dirigida por la Letrada de la Administración de la Seguridad Social . La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso contencioso-administrativo fue presentado y tramitado en un principio en el Juzgado Nº 2 de Ourense como Procedimiento Ordinario Nº 158/2013. En él, tras ser practicadas las diligencias oportunas, se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó que se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso. Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso. El Juzgado declaró por auto de 22-6-12 su falta de competencia para el conocimiento del recurso por corresponder a esta Sala, a la que remitió las actuaciones. Aceptada la competencia propuesta por Juzgado y personadas ante ella ambas partes, que mostraron su conformidad con la convalidación de las actuaciones seguidas ante el Juzgado, se acordó esta y continuó la tramitación del recurso.

SEGUNDO

Denegado el recibimiento del pleito a prueba, una vez que cumplimentaron las partes el trámite de conclusiones quedaron los autos pendientes de señalamiento, para lo que, por providencia de 4-5-15, se fijó el día 14-5-15. TERCERO : En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Magistrado Sr. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación en el presente recurso la Resolución de 22-4-13 de la Dirección Provincial en Ourense de la Tesorería General de la Seguridad Social por la que se desestimó el recurso de alzada interpuesto contra otra de 24-1-13 de la Administración de la Seguridad Social 32/01, que acordó el alta y la baja de oficio de D.ª María Inés Silva como empleada de hogar de D. Victor Manuel durante el período 16/02/2012 a 12/03/2012.

SEGUNDO

Los actos que son objeto de impugnación en este recurso son exclusivamente los que acaban de indicarse, y por ello están fuera de lugar las alegaciones que se realizan en los fundamentos jurídicos séptimo, octavo, noveno y décimo de la demanda, pues lo que se recurre no es ni una liquidación de cuotas ni la imposición de una sanción, sino exclusivamente el acuerdo de dar de alta y...

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