SAP Badajoz 360/2010, 26 de Noviembre de 2010

PonenteJUANA CALDERON MARTIN
ECLIES:APBA:2010:1115
Número de Recurso419/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución360/2010
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BADAJOZ

SECCIÓN TERCERA

MÉRIDA

S E N T E N C I A NÚM.360/10

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DON JOSÉ MARÍA MORENO MONTERO.

MAGISTRADOS:

DOÑA JUANA CALDERÓN MARTÍN (Ponente).

DOÑA FIDELA LEONOR CERCAS DOMÍNGUEZ.

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Recurso Civil núm. 419/2010

AUTOS: JUICIO VERBAL núm. 51/2010.

Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Don Benito.

En Mérida, a veintiséis de Noviembre de dos mil diez.

VISTOS en trámite de apelación ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial los Autos nº 51/2010, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Don Benito, siendo partes: como apelante, DON Ángel Jesús, representado por la Procuradora Sra. Galán Mata, y defendido por el Letrado Sr. Martín Oncina; como apelada, CONSTRUCCIONES HERRERA CASADO S.L., representad por la Procuradora Sra. Moreno González, y defendida por el Letrado Sr. Álvarez Prieto.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan en cuanto son relación de trámites y antecedentes los de la sentencia apelada que con fecha 9 de junio de 2010, dictó la Sra. Juez de Primera Instancia núm. 1 de Don Benito.

SEGUNDO

La referida sentencia contiene el siguiente FALLO: "Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por el Procurador. D. José María Almeida en nombre y representación de CONSTRUCCIONES HERRERA CASADO S.L. contra D. Ángel Jesús debo CONDENAR Y CONDENO al demandado a formalizar y otorgar escritura pública de compraventa de los inmuebles objeto del contrato con simultánea recepción de fincas en dicho acto y subrogación en el préstamo directo, así como en las restantes condiciones pactadas en el citado contrato, con condena a la demandada del pago de las costas procesales".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de DON Ángel Jesús, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado a la parte contraria para su impugnación o adhesión; por la representación de CONSTRUCCIONES HERRERA CASADO S.L., se presentó el correspondiente escrito de impugnación del recurso y se interesó la confirmación de la sentencia impugnada, tras lo cual se remitieron los autos a este Tribunal, donde se formó el rollo de Sala, que fue seguido por sus trámites.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales

VISTO siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrado DOÑA JUANA CALDERÓN MARTÍN.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se interesa por la representación procesal del recurrente demandado, la nulidad de actuaciones al no haber resuelto la juzgadora de instancia, ni en el acto de la vista del juicio verbal ni tampoco en la sentencia recurrida, la excepción de inadecuación del procedimiento por que se ha ventilado la cuestión debatida, defecto procedimental que fue denunciado en su día en el acto de juicio, por entenderse que la cuantía asignada por la actora al procedimiento no es la adecuada, al tratarse de una pretensión de elevación a escritura pública de un contrato de venta, cuyo precio supera los límites cuantitativos legalmente previstos para el juicio verbal.

Para resolver la procedencia de la pretensión de nulidad, se debe partir del carácter necesario y no facultativo del procedimiento que la doctrina jurisprudencial le ha venido atribuyendo con relación a la normativa procesal anterior a la Ley de Enjuiciamiento Civil de 2000, pero de plena aplicación tras la vigencia de ésta como consecuencia de la naturaleza pública de la relación jurídico-procesal, la cual determina que las disposiciones que gobiernan la actividad procesal son de acatamiento imperativo para los Tribunales y las partes, y sin que su infracción pueda entenderse convalidada por aquietamiento o consentimiento alguno, ni sustituidas o modificadas por la voluntad expresa o tácita de las partes, y cuyo incumplimiento...

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