STSJ Galicia 2038/2015, 13 de Abril de 2015

PonenteBEATRIZ RAMA INSUA
ECLIES:TSJGAL:2015:3195
Número de Recurso184/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2038/2015
Fecha de Resolución13 de Abril de 2015
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 15078 44 4 2014 0001199

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000184 /2015MRA

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000414 /2014 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de SANTIAGO DE COMPOSTELA

Recurrente/s: CONSELLERIA DE EDUCACION E ORDENACION UNIVERSITARIA

Abogado/a: LETRADO COMUNIDAD(SERVICIO PROVINCIAL)

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: Sabina

Abogado/a: MARIA MILAGROS VERDE CRESPO

Procurador/a:

Graduado/a Social:

ILMO SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR

ILMA SRª Dª BEATRIZ RAMA INSUA

ILMO SR D RICARDO RON LATAS

En A CORUÑA, a trece de Abril de dos mil quince.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0000184 /2015, formalizado por CONSELLERIA DE EDUCACION E ORDENACION UNIVERSITARIA, contra la sentencia número 405 /2014 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 2 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000414 /2014, seguidos a instancia de Sabina frente a CONSELLERIA DE EDUCACION E ORDENACION UNIVERSITARIA, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª BEATRIZ RAMA INSUA.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Sabina presentó demanda contra CONSELLERIA DE EDUCACION E ORDENACION UNIVERSITARIA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 405/2014, de fecha veinticuatro de Septiembre de dos mil catorce

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: .

  1. - La demandante Da Sabina, fue nombrada profesora docente de los siguientes cursos de lengua gallega (doc. 4 y 5 del ramo de prueba de la actora y documental del ramo de prueba de la demandada)

    Código curso: IA200615078031, Modalidad: iniciación 75 horas; Fecha de realización: 19/04/2006 a 09/06/2006.

    Código curso: CL1200815057041, Modalidad: Celga 1, 75 horas; Fecha de realización: 17/04/2008 a 27/05/2008.

    En el año 2009 fue designada como colaboradora para actuar como examinadora de las pruebas Celga

    4 Celga 1 celebradas el 23 y 31 de mayo respectivamente y Celga 3 el 28/11/2009.

    Curso Celga 3 que tuvo lugar en Valga (75 horas) que se realizo desde el 01/07/2010 a 24/08/2010.

    En el año 2010 fue designada como colaboradora para actuar como examinadora de las pruebas Celga 3 y Celga 2 celebradas el 29 y 23 de mayo de 2010 respectivamente y Celga 4 y Celga 3 el 20 y 27 de noviembre de 2010.

    En el año 2011 fue designada como colaboradora para actuar como examinadora de las pruebas Celga 4 celebrada el 18/06/2011.

    Código curso: CL3201215082030, Modalidad: Celga 3, 70 horas; Fecha de realización: 20/03/2012 a 22/05/2012.

    En el año 2012 fue designada como colaboradora para actuar como examinadora de las pruebas Celga 4 celebrada el 02/06/2012

    Código curso: CL2201315002019, Modalidad: Celga 2, 70 horas; Fecha de realización: 02/04/2013 a 27/05/2013.

    En el año 2013 fue designada como colaboradora para actuar como examinadora de las pruebas Celga 3 celebrada el 08/06/2013.

  2. - Consta en autos los pagos efectuados por la Xunta doc. n° 3 del ramo de prueba de la actora).

  3. - Consta en el ramo de prueba de la entidad demandada las actas parte de los cursos para los que fue nombrada la actora donde referencia al número de alumnos matriculados, presentados, aptos, así mismo el control de asistencia.

  4. - la Xunta de Galicia-Consellería de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria, una vez designados los profesores que impartían los cursos de lengua gallega les hacía entrega de la Documentación que obra en el doc. n° 6 del ramo de prueba de la actora, cuyo contenido se da por reproducido.

  5. - la Xunta de Galicia-Consellería de Cultura, Educación e ordenación universitaria, entregaba a los profesores colaboradores el Manual de Examinadores; material didáctico (consta en autos como doc. nº 7 del ramo de prueba de la actora el MANUAL DE EXAMINADORES CURSO CELGA, año 2013 y como doc. n° 8 del ramo de prueba de la actora material didáctico, acompañado de carta del Secretario Xeral de política Lingüística, cuyo contenido se da íntegramente por reproducido y en la que se indica entre otras cosas, que "este manual será de uso personal para vostede na impartición do curso separatorio nivel Celga 2, mentres seus alumnos podrán adquirirlo nas librerías, será polo tanto o manual de referencia na aula de galego.... tamen aproveito para informarle que nos vindeiros meses estara a disposición do profesorado e alumnado o manual correspondente ao certificado Celga 3...como complemento ao manual aula de Galego 2, Terán a sus disposición na web da SXPL www.xunta. es/ linguagalega/celga o libro do profesor de Aula de Galego 2, en formato PDF, no que podera atopar reconmendacions, actividades a maiores e suxexxtions para o desnvolvemento de cada das unidades que conforman o manual") ; indicaba a cada uno de los profesores el lugar de impartición de los cursos; convoca los mismos seleccionaba el alumnado, efectuaba las sustituciones de los profesores en caso de bajas, fijaba la duración de los cursos (hasta el año 2012 de 75 horas y a partir del año 2012 de 70 horas); se concertaba un seguro en caso de accidentes; indicaba el día de inicio y fin del curso, así como los días y horas de impartición de los mismos, los profesores que impartían los cursos debían comunicar las incidencias de dicho horario así como las peticiones de cambio de horario que pudieran surgir (por días festivos por ejemplo), de acuerdo con el modelo de calendario y horario del curso que se les entregaba entre la documentación para el profesorado; entregaba los partes de asistencia para control de horarios que debía efectuar el profesorado; le hacía entrega de las instrucciones para la impartición de cursos, tales como modelo de evaluación, tareas del alumnado a do, trabajos que deberán efectuar, fijaba los parámetros de valoración oral y escrita, hacia entrega de las actas del curso declaración testifical, doc. n° 8 del ramo de prueba de la actora)

  6. - La Ley 3/1983 de 15 de junio de normalización lingüística, refiere en el Titulo VI "Da Administración Autonómica e a función normalizadora" (.

  7. - Por (doc. n° 9 del ramo de prueba de la actora y documental de la demandada)

    Orden de 1 de abril de 2005 por la que se regulan los cursos de formación en lengua gallega y las convalidaciones correspondientes (DOG N° 71, 14.04.2005).

    Resolución de 29 de diciembre de 2006 pola que se convocan listas de profesorado colaborador para impartir os cursos de galego promovidos por la SXPL, se establecen los requisitos que deben posuir as personas aspirantes, así como os servicios de baremacion que se teran en corita para a elaboración das listas e o réximen de chamamento apra impartir os cursos (DOG N° 12, 17.01.2007) en cuyo artículo 10.4 se dispone:

    Nomeamento: logo da sua aceptación o profesor o profesora recibirá o correspondente nomeamento para o curso, en cumprimento do previsto no art. 200.3 do RDL 2/2000, do 16 de xuño, polo que se aproba o texto refundido da Lei de contratos das administraciones públicas.

    Según el art. 9 de la citada Resolución: A SXPL elaborara una única lista de profesorado colaborador para impartir os cursos de lingua galega e/ou de linguaxes especificas no ámbito do territorio da CCAA de Galicia.... A Secretaria Xeral efectuara un pagamento único de 3000 euros por curso, no que se inclúen todos os gastos da profesora ou do profesor, incluido material e desplazamentos.

    En el art. 3 se enumeran los requisitos de las personas que pueden formar parte de la lista de profesorado colaborador para impartir los cursos de galego promovidas por la SXPL.

    Resolución de 8.3.2007 da SXPL, pola que se modifica

    la Resolución de 29.12.2006, pola que se convocan las listas de profesorado colaborador para impartir cursos de galego promovidos por la citada secretaria xeral (DOG N° 56, 20.03.2007).

    Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan

    los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (CELGAS), DOG n° 146, 30 de julio de 2007.

    Resolución de 10 de agosto de 2007 da SXPL por la que

    se anuncian, con carácter gratuito, cursos de formación de lengua gallega nivel Celga 1 y Celga 4, para adultos y colectivos de Galicia, para realizar a partir de 20 de septiembre de 2007 (DOG N° 162, 22 de agosto de 2007)

    . Resolución de 12 de febrero de 2008 da SXPL por la que se anuncian, con carácter gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga 1, Celga 2, Celga 3 y Celga 4, para adultos y colectivos de Galicia, en el año 2008 (DOG N° 35, 19 de febrero de 2008).

    Resolución de 13 de noviembre de 2008 por la que se

    anuncian, con carácter gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga 1, Celga 2, Celga 3 y Celga 4, para particulares (adultos) y colectivos de Galicia, en el año 2009 (DOG N° 234, 2 de diciembre de 2008).

    Resolución de 2 de febrero de 2009 de la SE y de la SXPL por la que se anuncian, con carácter gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga y de extensión cultural para gallegos residentes no exterior y personas interesadas en el idioma y en la cultura de Galicia (DOG N° 28, 10 de febrero de 2009).

    Resolución de 4 de enero de 2010 de la SXPL por la

    que se anuncian, con carácter voluntario y gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga 1,...

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