STSJ Galicia 1647/2015, 24 de Marzo de 2015

PonenteANTONIO JOSE GARCIA AMOR
ECLIES:TSJGAL:2015:2412
Número de Recurso4727/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1647/2015
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2015
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 15078 44 4 2014 0001222

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0004727 /2014-CON

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000430/2014 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de SANTIAGO DE COMPOSTELA

Recurrente/s: CONSELLERIA DE EDUCACION E ORDENACION UNIVERSITARIA

Abogado/a: LETRADO COMUNIDAD(SERVICIO PROVINCIAL)

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: FOGASA, Graciela

Abogado/a: MIGUEL BLANCO PEREZ

Procurador/a:

Graduado/a Social:

ILMO SR. D. ANTONIO GARCIA AMOR

ILMA SRA.Dª TERESA CONDE PUMPIDO TOURON

ILMO SR. D. RICARDO RON LATAS

En A CORUÑA, a veinticuatro de Marzo de dos mil quince.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0004727/2014, formalizado por el/la D/Dª Letrado de la Xunta de Galicia, en nombre y representación de CONSELLERIA DE EDUCACION E ORDENACION UNIVERSITARIA, contra la sentencia número 430/2014 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000430/2014, seguidos a instancia de Graciela frente a CONSELLERIA DE EDUCACION E ORDENACION UNIVERSITARIA y FOGASA, con intervención del MINISTERIO FISCAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª ANTONIO GARCIA AMOR.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Graciela presentó demanda contra CONSELLERIA DE EDUCACION E ORDENACION UNIVERSITARIA y FOGASA, con intervención del MINISTERIO FISCAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 430/2014, de fecha diecinueve de Septiembre de dos mil catorce .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

1º. - La demandante Graciela fue nombrada profesora docente de los siguientes cursos de lengua gallega (doc. n° 1 del ramo de prueba de la actora y documental del ramo de prueba de la demandada):

Curso Código IC 200715011039 (iniciación 75 horas) que tuvo lugar en Boiro desde el 23.04.07 a

28.06.07.

Curso Código CL4200815071093 (Celga 4, 75 horas), que tuvo lugar en Porto do Son desde el 15.09.08 a 13.11.08.

Curso Código CL3200915054070 (Celga 3, 75 horas), que tuvo lugar en Narón desde el 02.04,09 a

27.0.09

Colaboró como examinadora en las pruebas para la obtención del certificado de lengua gallega Celga 1, realizadas el 1.12.2007 y el 1.06.08

Colaboró como examinadora en las pruebas para la obtención del certificado de lengua gallega Celga 4, realizadas el 26 y 27 de enero y 25 de mayo de 2008 y el 15.11.08

Colaboró como examinadora en las pruebas para la obtención del certificado de lengua gallega Celga 3, realizadas el 24 de mayo de 2008.

Colaboró como examinadora en las pruebas para la obtención del certificado de lengua gallega Celga 2, realizadas el 31 de mayo de 2008.

No consta que impartiese cursos de lengua gallega en el año 2010, 2011, 2012 y 2013, ni que figurase en las listas de profesores colaboradores

Figura en la lista general provisional de admitidos del año 2014 con una puntuación de 5,32./ 2° -Consta en autos los pagos efectuados por la Xunta de Galicia, a la actora (documental del ramo de prueba de la demandada)/ 3° - Consta en el ramo de prueba de la entidad demandada las actas de cada uno de los cursos para los que fue nombrada la actora donde se hace referencia al número de alumnos matriculados, presentados, aptos y no aptos, así mismo el control de asistencia./ 4º .- La Xunta de Galicia-Conselleria de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria, una vez designados los profesores colaboradores que impartían los cursos de lengua gallega les hacía entrega de la Documentación que obra en el doc. n° 11 del ramo de prueba de la actora, cuyo contenido se da por reproducido./ 5° - La Xunta de Galicia-Conselleria de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria, entregaba a los profesores colaboradores el Manuel de Examinadores; material didáctico (consta en autos como doc. n° 12 del ramo de prueba de la actora el MANUAL DE EXAMINADORES CURSOS CELGA); indicaba a cada uno de los profesores el lugar de impartición de los cursos; convoca los mismos, seleccionaba el alumnado, efectuaba las sustituciones de los profesores en caso de bajas, fijaba la duración de los cursos (hasta el año 2012 de 75 horas y a partir del año 2012 de 70 horas); concertaba un seguro en caso de accidentes; indicaba el día de inicio y fin del curso, así como los días y horas de impartición de los mismos, los profesores que impartían los cursos debían comunicar las incidencias de dicho horario así como las peticiones de cambio de horario que pudieran surgir (por días festivos por ejemplo), de acuerdo con el modelo de calendario y horario del curso que se les entregaba entre la documentación para el profesorado; entregaba los partes de asistencia para control de horarios que debía efectuar el profesorado; le hacía entrega de las instrucciones para la impartición de cursos, tales como modelo de evaluación, tareas del alumnado, trabajos que deberán efectuar, fijaba los parámetros de valoración oral y escrita, hacía entrega de las actas del curso (declaración testifical, doc. n° 11 del ramo de prueba de la actora)./ 6° .- La Ley 3/1983 de 15 de junio de normalización lingüística, refiere en el Titulo VI "Da Administración Autonómica e a función normalizadora"./ 7º .- Por Orden de 1 de abril de 2005 se regulan los cursos de formación en lengua gallega y las convalidaciones correspondientes (DOG N° 71, 14.04.2005). Por Resolución de 29 de diciembre de 2006 se convocan listas de profesorado colaborador para impartir os cursos de galego promovidos por la SXPL, se establecen los requisitos que deben posuír as personas aspirantes, así como os servicios de baremacion que se teran en conta para a elaboración das listas e o réximen de Chamamento para impartir os cursos (DOG N° 12, 17.01.2007) en su artículo 10.4 se dispone: Nomeamento: logo da sua aceptación o profesor o profesora recibirá o corresponden te nomeamento para o curso, en cumprimento do previsto no art. 200.3 do RDL 212000, do 16 de xuño, polo que se aproba o texto refundido da Lei de contratos das administraciones públicas. Según el art. 9 de la citada Resolución: A SXFL elaborara una única lista de profesorado colaborador para impartir os cursos de lin gua galega e/ou de linguaxes específicas no ámbito do territorio da CCAA de Galicia.... A Secretaria Xeral efectuara un pagamento único de 3000 euros por curso, no que se inclúen todos os gastos da profesora ou do profesor, incluido material e desplazamentos. En el art. 3 se enumeran los requisitos de las personas que pueden formar parte de la lista de profesorado colaborador para impartir los cursos de galego promovidas por la SXPL. Por Resolución de 8,3,2007 da SXPL, se modifica la Resolución de 29.12.2006, pola que se convocar) las listas de profesorado colaborador para impartir cursos de galego promovidos por la citada secretaria xeral (DOG N° 56, 20,03,2007). Por Orden de 16 de julio de 2007 se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (CELGAS), DOG n° 146, 30 de julio de 2007. Por Resolución de 10 de agosto de 2007 da SXPL se anuncian, con carácter gratuito, cursos de formación de lengua gallega nivel Celga 1 y Celga 4, para adultos y colectivos de Galicia, para realizar a partir de 20 de septiembre de 2007 (DOG N° 162, 22 de agosto de 2007). Por Resolución de 12 de febrero de 2008 da SXPL se anuncian, con carácter gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga 1, Celga 2, Celga 3 y Celga 4, para adultos

Por Resolución de 13 de noviembre de 2008 se anuncian, con carácter gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga 1, Celga 2, Celga 3 y Celga 4, para particulares (adultos) y colectivos de Galicia, en el año 2009 (DOG N° 234, 2 de diciembre de 2008). Por Resolución de 2 de febrero de 2009 de la SE y de la SXPL se anuncian, con carácter gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga y de extensión cultural para gallegos residentes no exterior y personas interesadas en el idioma y en la cultura de Galicia (DOG N° 28, 10 de febrero de 2009). Por Resolución de 4 de enero de 2010 de la SXPL se anuncian, con carácter voluntario y gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga 1, Celga 2, Celga 3 y Celga 4, para particulares (adultos) y colectivos de Galicia, en el año 2010 (DOG N° 5, 11 de enero de 2010). Por Resolución de 4 de junio de 2010 de la SE y de la SXPL se anuncian, con carácter gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga y de extensión cultural para gallegos residentes no exterior y personas interesadas en el idioma y en la cultura de Galicia (DOG N° 109, 10 de junio de 2010). Por Resolución de 13 de enero de 2011 de la SXPL se anuncian, con carácter voluntario y gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga 1, Celga 2, Celga 3 y Celga 4, para particulares (adultos) y colectivos de Galicia, en el año 2011 (DOG N° 12, 19 de enero de 2011). Por Resolución de 24 de junio de 2011 de la SE y de la SXPL se anuncian, con carácter gratuito, cursos de lengua gallega preparatoria para los niveles Celga y de extensión cultural para gallegos residentes no exterior y personas interesadas en el idioma y en la cultura de Galicia (DOG N° 134, 13 de julio...

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