ATS, 11 de Marzo de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
Número de Recurso1208/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a once de Marzo de dos mil quince.

HECHOS

  1. La representación procesal de Serafin presentó escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 24 de febrero de 2014, por la Audiencia Provincial de Vizcaya (sección 4ª) en el rollo de apelación nº 614/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 386/2012 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Gernika.

  2. Mediante diligencia de ordenación de 11 de abril de 2014 se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes.

  3. Por diligencia de ordenación de 22 de julio de 2014 se tuvo por personada a la procuradora Rocío Marsal Alonso, designada por el turno de oficio, en nombre y representación de Serafin , en concepto de parte recurrente. El procurador Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de Mapfre Familiar, S.A., presentó escrito ante esta Sala con fecha 7 de mayo de 2014, personándose en calidad de parte recurrida.

  4. La parte recurrente ha no constituido los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, al ser beneficiaria del derecho de asistencia jurídica gratuita.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Javier Orduña Moreno , a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación, al amparo del ordinal 3º del art. 477.2 LEC , interpuestos por la representación procesal de Serafin , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 485 y 474 LEC , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. Admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por la representación procesal de Serafin contra la Sentencia dictada, con fecha 24 de febrero de 2014, por la Audiencia Provincial de Vizcaya (sección 4ª) en el rollo de apelación nº 614/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 386/2012 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Gernika.

  2. Entregar copia del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra este Auto no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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