STSJ Andalucía 2804/2014, 30 de Octubre de 2014

PonenteLUIS LOZANO MORENO
ECLIES:TSJAND:2014:9382
Número de Recurso2437/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2804/2014
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2014
EmisorSala de lo Social

Rº. 2437/13 -AU- Sent. 2804/14

Excmo. Sr.:

D. Antonio Reinoso y Reino, Presidente de la Sala

Iltmos. Sres.:

D. Luis Lozano Moreno

Dª Carmen Pérez Sibón

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En Sevilla, a treinta de octubre de dos mil catorce.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 2804/2.014

En el Recurso de Suplicación interpuesto por D. Eduardo contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº Dos de Jerez de la Frontera, dictada en los autos nº 1063/12; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. Luis Lozano Moreno, Magistrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por el recurrente contra el Servicio Andaluz de Empleo y el Consorcio Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de la Sierra de Cádiz, se celebró el Juicio y se dictó Sentencia el veinte de marzo de 2013, aclarada por auto de dos de abril del mismo año, por el Juzgado de referencia, en la que se estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

El actor ha venido prestando servicios para el Consorcio demandado desde el 1-11-04, con la categoría profesional de Titulado Grado medio con un salario mensual de 2.216'64 #. La relación laboral se sustenta en un contrato de obra o servicio que tiene como objeto la prestación de sus servicios como ALPE en Programa de Empleo y Desarrollo Local correspondiente al expediente NUM000 . El 9-9-09 se firmó un Anexo al contrato de trabajo, reconociendo la naturaleza indefinida de la relación.

SEGUNDO

En Andalucía existen 95 Consorcios Unidad Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico, 8 en la provincia de Cádiz. Los Consorcios son corporaciones de derecho público dotada de personalidad jurídica propia e independiente unos de otros, según sus propios Estatutos. El Consorcio está promovido y participado por la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, así como los Ayuntamientos incluidos en su ámbito geográfico de actuación que se incorporaron al mismo, y se integran en los órganos de dirección de los mismos. Ostenta como funciones básicas las de información y asesoramiento sobre los programas y servicios de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, la recepción y entrega de documentación, el apoyo a la tramitación administrativa, la realización de estudios y trabajos técnicos, la promoción de proyectos e iniciativas de desarrollo local, la prospección y el estudio de necesidades de la zona, el análisis del entorno socioeconómico, la promoción del autoempleo, la creación de empresas, así como la dinamización y mejora de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas en su territorio. Sus Estatutos, que damos por reproducidos, fueron publicados en el BOJA de 25 de marzo de 2.002.

TERCERO

La estructura de personal de cada Consorcio Unidad Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico (UTEDLT) está integrada por los Agentes Locales de Promoción de Empleo (ALPES) y por el Director del Consorcio. El Consorcio Unidad Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico de la Sierra de Cádiz tenía 21 trabajadores, y en los dos últimos años carecía de Director.

CUARTO

La financiación de los Consorcios viene establecida por la Orden de 21 de enero de 2004 de la Comunidad Autónoma de Andalucía, norma en la que se establecen las bases de concesión de ayudas públicas para las Corporaciones Locales, los Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico y empresas, que son calificadas como I+E y dirigidas al fomento del desarrollo local (BOJA 17 de febrero de 2004). Esa Orden fue modificada por otra de 23 de octubre de 2007 (BOJA de 16 de noviembre) y por Orden de 17 de julio de 2008 (Boja de 25 de julio).

El Servicio Andaluz de Empleo financia un porcentaje que oscila entre el 70% y el 80% de los costes laborales totales de los Agentes Locales de Promoción de Empleo (ALPES), en función del número de habitantes de los municipios en los que aquellos desarrollan su labor. Dicho porcentaje alcanza al 100% de los gastos del personal directivo de los Consorcios. Los municipios asumen los porcentajes restantes de tales costes salariales, así como la puesta a disposición de locales, mobiliario y los equipos informáticos que se especifican.

QUINTO

La dotación presupuestaria correspondiente al programa de Consorcios UTEDLT en cada uno de los años 2010, 2011 y 2012 se han venido manteniendo en los siguientes términos para cada uno de los años expresados, indicándose el origen de la dotación presupuestaria, según informe de 8 de agosto de 2012 del Servicio Andaluz de Empleo que aparece unido a los autos y se da aquí por reproducido en sus términos:

  1. - Fondos propios de la Junta de Andalucía, han sido decrecientes (2.637.156; 1.716.139; 900.000, respectivamente).

  2. - Dotación proveniente de la Unión Europea, Fondo Social Europeo, se ha venido manteniendo en los tres años expresados, por importe de 3.390.828 #.

  3. - Dotación presupuestaria proveniente de la Administración Central, Ministerio de Empleo y Seguridad Social, ha sido decreciente (21.615.842; 21.200.000; 16.600.000, respectivamente).

Además de los fondos aportados por cada Ayuntamiento o Mancomunidad.

SEXTO

A la fecha de la elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Andalucía, para el ejercicio 2012, no se conocía el importe destinado por la Administración Central a las políticas activas de empleo, por lo que fueron presupuestadas cantidades similares a la del ejercicio 2011. El capítulo de gastos del presupuesto para el ejercicio de 2012 ascendía a 226.410,95 #, de los que 220.954,47 # correspondían a gastos de personal y 5.155,97 # a gastos en bienes corrientes y servicios.

En el capítulo de ingresos, se preveían 184.038,62 # por subvenciones de la Junta de Andalucía, de los que 137.161,94 # correspondían a los ALPES, y el resto al CEM. Los Ayuntamientos integrados aportaban

41.872,33 #.

SEPTIMO

La resolución del 17 de septiembre de 2012 del Servicio Andaluz de Empleo, estimó parcialmente las ayudas solicitadas para la financiación de los gastos salariales de la totalidad de los contratos del personal del Consorcio demandante correspondientes al periodo de 1 de julio al 30 septiembre 2012, desestimando las ayudas para cubrir gastos salariales a partir de dicha fecha, por falta de disponibilidad presupuestaria.

OCTAVO

El importe de las subvenciones propuestas a favor de todos los Consorcios UTEDLT de Andalucía asciende en el año 2012 a 4.898.258,75 euros, que sumado a los compromisos de carácter plurianual ya adquiridos en el año 2011 y que ascienden a 4.078.456,03 euros, comportan que en Andalucía en el año 2012 se previó destinar a créditos para el Programa de los ALPES de los Consorcios UTEDLT

8.976.714,78 euros, mientras que lo realmente asignado a la Comunidad Autónoma de Andalucía por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales de 24 de mayo de 2012 asciende a 1.107.767 euros.

NOVENO

Los Directores de los Consorcios UTEDLT tienen como funciones de su categoría las de dirigir a los ALPES, cuyos equipos de trabajo coordinan. Sus retribuciones se financian exclusivamente con cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo para Andalucía 2007-2013, contemplándose para el año 2012 una partida presupuestaria de 3.390.833 euros.

DECIMO

Existe un Convenio colectivo de ámbito territorial autonómico para los consorcios (BOJA 10-1-08). Por Acuerdo de 18 de junio de 2009, suscrito entre CCOO y UGT, se convino convocar elecciones sindicales para el personal de las UTEDLTS, y tras la celebración de las mismas, se constituyeron Comités de Empresa de los Consorcios con carácter provincial y no de empresa o de Consorcio. Las elecciones se celebraron en febrero 2010 a nivel provincial y no consta su impugnación.

El 3-2-10 se constituyó un Comité de Empresa de los Consorcios UTEDLT de la provincia de Cádiz, con cinco miembros, bajo la presidencia de Dª. Fructuoso . Este Comité se constituyó para los Consorcios de Cádiz: del Bajo Guadalquivir (aunque la Mancomunidad que forma parte abarca localidades de Sevilla: Lebrija, El Coronil, Las Cabezas de San Juan, Los Molares, Los Palacios y Villafranca, El Cuervo y Utrera, y de Cádiz: Sanlúcar de Barrameda, Rota, Chipiona y Trebujena), del Campo de Gibraltar, de La Janda, de Jerez de la Frontera y de la Sierra de Cádiz.

UNDÉCIMO

Por escrito de 1-8-12, con fecha de salida de 10-8-12, firmado por la Presidenta del Consorcio se indicó individualmente a cada uno los de los trabajadores el inicio un expediente de regulación de empleo de despido colectivo de la totalidad de su plantilla, basada en causas económicas y organizativas y se les convocaba a una reunión para el 27 de agosto a las 14 horas en Cádiz, con el fin de iniciar el período de consultas y entrega de la documentación, indicándoles que podían atribuir su representación a una comisión de tres miembros elegida democráticamente o designados por los sindicatos más representativos. Algunos de estos escritos fueron notificados por correo y otros entregados en sus domicilios, no constando su recepción por todos los trabajadores. En concreto respecto del actor se le entregó al mismo el 14-8-12.

El 14 de agosto el Comité de Empresa dirigió escrito a la Presidencia del Consorcio comunicándole que sólo al mismo le...

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