STSJ Aragón 749/2014, 3 de Diciembre de 2014

PonenteJUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
ECLIES:TSJAR:2014:1720
Número de Recurso687/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución749/2014
Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00749/2014

T.S.J.ARAGON SALA SOCIALZARAGOZA

- CALLE COSO Nº 1

Tfno: 976208361

Fax:976208405

NIG: 50297 34 4 2014 0103110

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000687 /2014

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: SEGURIDAD SOCIAL 0000092 /2013 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de ZARAGOZA

Recurrente/s: Luis Pablo

Abogado/a: ANTONIO SOLER COCHI

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s:

Abogado/a:

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Rollo número 687/2014

Sentencia número 749/2014

P.

MAGISTRADOS ILMOS. Sres:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO

D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE

En Zaragoza, a tres de diciembre de dos mil catorce. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación núm. 687 de 2014 (Autos núm. 92/2013), interpuesto por la parte demandante D. Luis Pablo, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza, de fecha 23 de julio de 2014 ; siendo demandados INSS, TGSS, MAZ y CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS GARCÍA PÉREZ SL, sobre incapacidad permanente total. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Luis Pablo, contra INSS y otros ya nombrados, sobre incapacidad permanente total, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza, de fecha 23 de julio de 2014, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que desestimando como desestimo la demanda interpuesta por el actor D. Luis Pablo contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la seguridad Social, la mutua MAZ y la empresa Construcciones y Contratas García Pérez S.L, debo de absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos de la demanda".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

"PRIMERO - El actor D. Luis Pablo nació el NUM000 -1965 y esta afiliado al Régimen General de la Seguridad Social, siendo su profesión habitual la de albañil. Prestaba servicios para la empresa Construcciones y Contratas García Pérez S.L, la cual tenía concertada la cobertura de la contingencia de accidente de trabajo con la mutua MAZ.

El actor se encuentra en desempleo desde el 2-10-2012 percibiendo prestación.

La empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones de Seguridad Social respecto del actor.

SEGUNDO

Causó baja médica con fecha 20-10-2011 pasando a situación de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo. Iniciado expediente de invalidez fue emitido dictamen por el EVI con fecha 25-9-2012, dictándose por el INSS resolución desestimatoria con fecha 1-10-2012 por la que se declara al actor en situación de incapacidad permanente parcial con derecho al percibo de una cantidad a tanto alzado de 47.355,12 euros. Interpuesta reclamación previa fue desestimada quedando agotada la vía previa administrativa.

TERCERO

El actor padece, derivadas de accidente de trabajo, las siguientes lesiones: Esguince de muñeca derecha, inestabilidad DISI, Anquilosis de la muñeca derecha por artrodesis completa. Puño y pinza completa. En estudio de fuerza manual efectuado el 27-11-2012 concluyó que existe en el gesto de empuñadura un déficit de fuerza moderado de un 53% en la mano derecha respecto a su contralateral, y un déficit de fuerza moderado de un 53% en la pinza terminolateral de la mano derecha respecto a su contralateral. Gammagrafía (28-11-2012): no hay DSR y estudio compatible con necrosis semilunar. TC 4- 12-2012: informa de paciente intervenido de atroclesis con MOS e injertos óseos, se observa fusión de ganchoso con el hueso grande y este con el escafoides, puentes óseos radiocarpianos dorsales, subluxación de semilunar con desplazamiento volar y rotación dorsal, no presenta imágenes concluyentes de osteonecrosis. Con fecha 30-8-2013 es diagnosticado de Dolor y sintomatología compatible con compresión del túnel carpiano por el semilunar, por lo que se incluyó por el Servicio de Traumatología del H. Royo Villanova en lista de espera quirúrgica para descompresión quirúrgica y retirada de la placa, ya que presenta dificultad para la flexoextensión de dedos lo que podría ser debido a adherencias tendinosas. Con fecha 8-1-2014 fue intervenido por MAZ procediéndose a la extracción del material de osteosíntesis encontrando movilidad en foco, se cruentó dicho foco y se aplicó injerto estructural de cresta ilíaca así como fijación del montaje mediante placa, pasando a situación de incapacidad temporal, siendo dado de alta el 4-6-2014. Presenta muñeca y mano derechas sin signos distróficos. No presenta inflamación, cicatriz quirúrgica de 12 cm en dorso muñeca y antebrazo derechos, que no está adherida a planos profundos y no presenta signos de patología cicatricial, balance articular de muñeca derecha 0°, la pronosupinación de antebrazo derecho es completa y simétrica a antebrazo colateral. El balance muscular de puño y pinza es 5/5 y simétrico con un leve déficit para la prensa cilíndrica para la mano derecha de 4+/5 respecto a extremidad contralateral. CUARTO.- La base reguladora asciende a 1.951,08 euros mensuales para el supuesto de incapacidad permanente total. No...

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